Publicación de notificación a la empresa Gestión de Centros de Atención del Parque Cultural de Albarracín

Publicado el 07/03/2013 (Nº 46)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Bezas
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Texto completo:

En relación al Expediente 2012 “ Resolución del Contrato Administrativo de Servicios de GESTIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN DEL PARQUE CULTURAL DE ALBARRACÍN: CENTROS DE VISITANTES DE BEZAS Y PUNTO DE INFORMACIÓN DEL NAVAZO DE ALBARRACIN firmado el 20 de junio de 2011 entre las partes Ayuntamiento de Bezas y Empresa Gestora de Parques Culturales de Aragón SL, intentada la notificación de Resolución de Contrato Administrativo de Servicios por incumplimiento del contratista y no habiendose podido practicar la misma, de conformidad con lo preceptuado en el art. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Ley 30/1992 de 26 de noviembre, se procede a publicar el contenido integro de la Resolución del Contrato: EXCMO.AYUNTAMIENTO DE BEZAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 9/2013 «Visto que con fecha 2 DE NOVIEMBRE DE 2012, se inició el procedimiento por informe-denuncia del responsable del contrato de servicio ATENCIÓN Y GESTION DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DEL PARQUE CULTURAL DE ALBARRACÍN: CENTRO DE VISITANTES DE BEZAS Y PUNTO DE INFORMACIÓN DEL NAVAZO DE ALBARRACIN. en relación con la posible resolución del contrato de servicios, adjudicado a la empresa GESTORA DE PARQUES CULTURALES DE ARAGON SL, con domicilio social en Barrio San Antonio nº 1 Planta 1 puerta A Barrio Villaspesa CP 44190 ( Teruel ), por incumplimiento imputable al contratista por causa de Desde el 1 de septiembre de 2012 los centros permanecen cerrados hasta la fecha y con fechas anteriores que constan en el Informe incumplimiento reiterado de la apertura de los centros DE BEZAS Y ALBARRACIN. Incumplimiento del contrato y pliego firmado por la empresa el 20 de junio de 2011. Se valoran los daños y perjuicios en 4.080,29euros. Visto que con fecha 10 de diciembre de 2012, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Visto que con fecha 17 de diciembre de 2012 se realizaron los trámites de audiencia al contratista con envió de carta certificada con acuse de recibo e inserción en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE TERUEL EL DÍA 3 DE ENERO DE 2013 Y EDICITO EN EL TABLON DE ANUNCIOS DEL AYUNTAMIENTO DE BEZAS. Visto que con fecha 31 DE ENERO DE 2013, los servicios jurídicos emitieron informe en el que se ratificaba el incumplimiento del contratista. Visto las delegaciones del Pleno a favor del Sr.Alcalde de fecha 15 de diciembre de 2012 por el que delega la rescisión del contrato de servicios. Visto el Informe de Secretaría de fecha 31 DE ENERO DE 2013, se adopta el siguiente acuerdo, ACUERDO PRIMERO. Resolver el contrato de servicios de DE ATENCIÓN Y GESTIÓN DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DEL PARQUE CULTURAL DE ALBARRACÍN: CENTRO DE VISITANTES DE BEZAS Y PUNTO DE INFORMACIÓN DEL NAVAZO DE ALBARRACIN, suscrito en fecha 20 DE JUNIO DE 2011 por la empresa GESTORA DE PARQUES CULTURAL DE ARAGON SL y por este Ayuntamiento, a causa de incumplimiento contractual imputable al contratista subsumible en el artículo 223 Apartados d) f) h) i) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreasí como en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares previamente aceptados por ambas partes, por las causas indicadas en el expediente y que sucintamente son las siguientes: Desde el 1 de septiembre de 2012 los centros permanecen cerrados hasta la fecha y con fechas anteriores que constan en el Informe incumplimiento reiterado de la apertura de los centros DE BEZAS Y ALBARRACIN. SEGUNDO. Incautar la garantía constituida por la empresa GESTORA DE PARQUES CULTURALES DE ARAGON SL por un importe de 339,98 euros, de conformidad con el artículo 225.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. TERCERO. Reclamar al contratista indemnización por daños y perjuicios por una cuantía de 4.080,29 euros, de la que se deducirá el importe de la garantía incautada. CUARTO. Notificar a los interesados a los efectos oportunos mediante notificación en domicilio y en caso de ser devuelta la carta mediante inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de TERUEL Y Tablón de Edictos del Ayuntamiento Del presente Decreto de Alcaldía se da traslado al Gobierno de Aragón, Subdelegación del Gobierno en Teruel, y se informará en el próximo Pleno Ordinario que se celebre. Se transcribe al Libro de Decretos de Alcaldía Hoja T0090952-T009053. Bezas a 4 de febrero de 2013.-EL ALCALDE, ALEJANDRO ALONSO MARTINEZ. Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de BEZAS, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de TERUEL, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. EL ALCALDE.-ALEJANDRO ALONSO MARTINEZ.