Bases de Convocatoria.

Publicado el 24/08/2004 (Nº 161)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: VIVEL DEL RIO

Texto completo:

Bases de Convocatoria. Primera.- Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Auxiliar Administrativo, que está dotada presupuestariamente, mediante el sistema de Oposición, en turno libre, vacantes en la plantilla funcionarial, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente. Segunda.- Condiciones de los Aspirantes. - Nacionalidad española. - Tener cumplidos dieciocho años de edad. - No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de Auxiliar Administrativo. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. - Estar en posesión del Titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia). Tercera.- Solicitudes. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente del Concejo de Vivel del Río en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en el Registro General del Concejo, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no habiéndose suscrito convenio alguno con otra Administración. La solicitud vendrá acompañada de los siguientes documentos: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Cuarta.- Admisión de Aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente del Concejo de Vivel del Río dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la provincia, concediéndose un plazo de quince días a efectos de reclamaciones. Asimismo, de conformidad con el artículo 71 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se concederá un plazo de diez días para subsanar deficiencias. En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación. La fecha, lugar y hora de las pruebas, y las calificaciones obtenidas se publicarán del mismo modo indicado en esta base Quinta.- El tribunal calificador estará formado por: Presidente.- El Alcalde-Presidente del Concejo de Vivel del Río. Vocales: - Un representante nombrado a propuesta de la Diputación Provincial de Teruel, que actuará como secretario. - Un representante de la Comunidad Autónoma, nombrado a propuesta del Instituto Aragonés de Administración Pública. - Un representante a propuesta de los sindicatos más representativos en la función pública local. El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que habrán de designarse juntamente con los titulares. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los casos legalmente previstos, notificándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados en los mismos supuestos. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros. Los acuerdos del Tribunal sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Sexta.- El Proceso de selección consistirá en la realización de los siguientes ejercicios: Primer ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en procesar un texto administrativo, que facilitará el Tribunal, en un ordenador del Ayuntamiento, utilizando el procesador Microsoft Word. El tiempo empleado será de 30 minutos y se valorará el grado de exactitud del documento obtenido. Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Este ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de sesenta minutos, un tema señalado por el Tribunal relacionado con las materias del programa. Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel de formación general, la composición gramatical y la claridad de exposición. Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Este ejercicio consistirá en contestar, oralmente, en un periodo máximo de veinte minutos, dos temas extraídos al azar entre los que figuran en el programa anejo a la convocatoria. La realización de las pruebas de este ejercicio será pública y se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos. Séptima.- Sistema de calificación. 1. Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. 2. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios. Octava.- Relación de aprobados. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará la propuesta al Presidente de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente. Novena.- Presentación de Documentos. Presentación de documentos y toma de posesión: El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del plazo de cinco días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria. a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública. b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función. Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación. Décima.- Incidencias. En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la legislación de acceso a la función pública, disponiendo el Tribunal de la facultad de resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso de selección. En caso de empate en las decisiones del Tribunal, el voto del Presidente tendrá carácter dirimente. Undécima.- Recursos. Frente a las bases y al acto de convocatoria podrá interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso- administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde su publicación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Programa del segundo y tercer ejercicio: Tema 1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Tema 2. La Organización territorial del Estado. La Comunidades Autónomas. La Diputación General de Aragón: estructura, órganos y competencias. Tema 3. La Administración Local. Entidades que comprende. El Municipio: elementos y competencias. Tema 4. La organización Municipal. Organos de Gobierno y órganos complementarios, composición y competencias. Organización del Concejo. Tema 5. El personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública local. Organización y situaciones administrativas. Tema 6. Derechos y deberes de los/as funcionarios/as. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Tema 7. Funcionamiento de los órganos de gobierno municipales. Tema 8. Los contratos administrativos: concepto y clases. La selección del contratista. Derechos y deberes del contratista y de la Administración. Tema 9. El gasto público en la Administración Local. El proceso de ejecución del gasto en la Administración Local. El control del gasto público. Tema 10. El presupuesto de la Administración Local: concepto y estructura de gastos e ingresos. Tema 11. Las reclamaciones y recursos contra los actos y acuerdos de las Corporaciones Locales. Concepto y clases de recursos. Tema 12. El registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Especial referencia al ámbito local. Tema 13. Recurso de la Hacienda Municipal: tributos, precios públicos, ingresos patrimoniales. Ordenanzas fiscales. Elaboración y aprobación. Procedimientos administrativos de gestión tributaria. Tema 14. El acto administrativo. Procedimiento administrativo: fases. Eficacia y validez de los actos administrativos. Tema 15. El padrón municipal de habitantes. Tema 16. El dominio público local. El Patrimonio privado de la Administración. Tema 17. La responsabilidad de la Administración. Tema 18. Intervención administrativa local en la actividad privada. Procedimiento de concesión de licencias. Tema 19. Fases del procedimiento Administrativo Local. Tema 20. Aplicaciones informáticas en la Administración. Proceso de textos. Bases de Datos. Hoja de cálculo. Vivel del Río, 5 de agosto de 2004.-El Alcalde, Ramón Juan Sancho.