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Por Decreto de Alcaldía  n.º 27 de fecha 18/04/2017, se han aprobado las BASES QUE HAN DE REGIR LA ...

Publicado el 20/04/2017 (Nº 74)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: ENTIDADES LOCALES MENORES

Texto completo:

Por Decreto de Alcaldía  n.º 27 de fecha 18/04/2017, se han aprobado las BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE MÉRITOS, DE DOS  MONITORES DE TIEMPO LIBRE (LUDOTECA), COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL CON CONTRATO DE  OBRA O SERVICIO DURANTE EL VERANO DE 2017, PARA LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE ESCARRILLA, cuyo contenido en extracto es el siguiente:

(Las bases completas se pueden consultar en la  web www.escarrilla.es)

Naturaleza y características de la plaza:

Es objeto de las presentes bases,  la selección de dos monitores de tiempo libre (ludoteca),  Grupo C2, Nivel 14, como personal laboral temporal, con contrato de obra o servicio, con jornada completa ,  para las siguientes fechas:

Del 22 de junio al 8 de septiembre 2017.

Requisitos de los aspirantes:

Para ser admitido a la realización al Concurso de Méritos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público. b) Titulación de monitor de tiempo libre. Carnet de manipulador de alimentos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Estar capacitado para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo, que se acreditara mediante certificado médico oficial.

Documentación exigible, plazo y lugar para su presentación:

El anuncio de la convocatoria serán publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios de  la Entidad Local Menor, así como en la página web www.escarrilla.es

Los interesados deberán presentar la siguiente documentación en las Oficinas del Registro general de la Entidad Local Menor,  en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia:

Modelo de instancia que figura como anexo I. Fotocopia de la titulación que posibilite la presentación a esta convocatoria. Fotocopia del D.N.I., pasaporte o carnet de conducir. Declaración jurada según modelo adjunto. Currículum vitae, y documentos acreditativos de los méritos alegados para su valoración de la base séptima.

Será necesaria la compulsa de los documentos presentados. El Tribunal queda facultado para comprobar la veracidad de los mismos, siendo eliminados del proceso selectivo, en el caso de no existir correspondencia con los originales.

La acreditación de la experiencia profesional deberá realizarse mediante certificaciones oficiales descriptivas del tiempo, funciones desarrolladas y organismo o empresa en que se ha prestado servicio (certificado de empresa o documento oficial semejante).

La formación sólo se valorará si se acredita el número de horas.

No se admitirá otro documento ni acreditación con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no valorándose aquellos méritos que a juicio del Tribunal no se encuentren claramente documentados.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido anteriormente para la presentación de solicitudes. Transcurrido éste no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

En el tablón de anuncios y página web de la Entidad Local Menor, se facilitará información sobre el proceso selectivo y de cuantos actos se deriven del mismo, a efectos de notificaciones y comunicaciones oficiales.

Proceso selectivo:

La primera fase de la selección se llevará a cabo mediante valoración de méritos, del siguiente modo:

1. Experiencia laboral: Por tiempo de servicio como Monitor de Tiempo Libre al servicio de cualquier Administración Pública: 0,20 puntos por mes, hasta 3 puntos. Por tiempo de servicio como Monitor de Tiempo Libre en Empresas privadas o como profesional autónomo: 0,10 puntos por mes hasta 3 puntos. Máximo por ambos apartados: 6 puntos.

2. Formación permanente: - Por cada curso de formación, impartido en centro oficial, que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo al que se opta, con una duración mínima de 20 horas: 0,10 puntos. Los cursos de más de 20 horas se valorarán a 0,10 puntos por cada 20 h. Máximo: 4 puntos.

La calificación final de esta fase de cada Aspirante vendrá dada por la suma de las obtenidas en los apartados de experiencia y formación.

La segunda fase del proceso selectivo, consistirá en una entrevista personal que realizarán los miembros del Tribunal.

La puntuación máxima para la fase de entrevista personal es de 5 puntos.

Por tanto la puntuación total a alcanzar en el periodo selectivo será de 15 puntos.

Escarrilla, 18 de abril de 2017. El Alcalde Pedáneo, Álvaro Castillo Rico

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIA

D………………………………………., D.N.I. nº …………………………….., con domicilio en …………………………………….., y teléfono/móvil ……………………., enterado de las Bases de selección de  dos Monitores de Tiempo Libre (Ludoteca) para la Entidad Local Menor de Escarrilla, como personal laboral temporal, durante el verano 2.017,  acepta dichas Bases, cumple con los requisitos exigidos y solicita formar parte de dicha selección, aportando la siguiente documentación:

_ _ _ _ En                                , a             , de                           de 2017. Fdo:

DECLARACIÓN JURADA

D. / Dª. _________________________________________________

Con D.N.I. nº. ______________________________

DECLARA

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. No padecer enfermedad ni estar afecto por limitaciones física, o psíquicas que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias del puesto. 

En                              , a           , de                           de 2017. Fdo: