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CORRECCION DE ERRORES DEL ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA, Nº 52 ...

Publicado el 20/03/2014 (Nº 54)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Emisor: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE. SECRETARÍA GENERAL

Texto completo:

CORRECCION DE ERRORES DEL ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA, Nº 52 DE FECHA 18 DE MARZO DE 2014, RELATIVO A LA RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLITICA FORESTAL.

DONDE DICE: CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO, DEBE DECIR: DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLITICA FORESTAL. SE AÑADE ANEXO

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal por la que se somete a información publica la relación de bienes y derechos afectados y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización del ‘Proyecto Constructivo ”Embalse de Regulación Sauvella” en el T.M. de Tamarite de Litera (Huesca)’. Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes “El Puntal”. Expediente: 12.21.302

El Real Decreto Ley 10/2005, de 20 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras adversidades climáticas,  en su artículo 7.1 declara de interés general determinadas obras de mejora y modernización de regadíos que figuran en su Anexo, entre las que se encuentra el “Depósito de regulación “Sauvella”, en la Comunidad de Regantes “El Puntal” en el T.M. de Tamarite de Litera (Huesca)”. Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, y la de urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. Mediante Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de 7 diciembre de 2012, se aprueba el ‘Proyecto Constructivo “Embalse de Regulación Sauvella” en el T.M. de Tamarite de Litera (Huesca)’.

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 17 de febrero de 2014.

Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.

Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes “El Puntal”, Casilla de la Mencheta, 22549 – La Melusa, Tamarite de Litera (Huesca), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, y en las oficinas de la Comunidad de Regantes “El Puntal”, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de Binéfar, Esplús y Tamarite de Litera.

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que los días 28 y 29 de abril de 2014 comparezcan en los Ayuntamientos de Binéfar, Esplús y Tamarite de Litera, o en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y si procedieran, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso y si fuera preciso, a la finca afectada para la toma de datos.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Huesca.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, en dos diarios de la provincia de Huesca, en formato resumen, y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos arriba referenciados, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes “El Puntal” ostenta la condición de entidad beneficiaria.

Madrid, 10 de marzo de 2014 EL SUBDIRECTOR GENERAL DE REGADÍOS Y ECONOMÍA DEL AGUA Joaquín Rodríguez Chaparro

Madrid, 12 de marzo de 2014 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE P.D.: Orden AAA/838/2012, de 20 de abril (BOE nº 98 de 24-04-2012) modificada por Orden  AAA/1402/2012, de 19 junio, y Orden AAA/443/2013, de 13 de marzo

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL Begoña Nieto Gilarte

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del ‘Proyecto Constructivo “Embalse de Regulación Sauvella” en el T.M. de Tamarite de Litera (Huesca)’. Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes “El Puntal”. Expediente: 12.21.302