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NOTIFICACIÓN COLECTIVA DEL PADRÓN DE AGUA, BASURAS Y CANON DE SANEAMIENTO DEL CUARTO TRIMESTRE DEL ...

Publicado el 20/03/2014 (Nº 54)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE HUESCA. GESTIÓN TRIBUTARIA

Texto completo:

NOTIFICACIÓN COLECTIVA DEL PADRÓN DE AGUA, BASURAS Y CANON DE SANEAMIENTO DEL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO 2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se procede a la NOTIFICACIÓN COLECTIVA, mediante la exposición al público durante el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia, del PADRÓN DE AGUA, BASURAS Y CANON DE SANEAMIENTO DEL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO 2013, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2014001543, de 19 de marzo de 2014. Este Padrón comprende la Tasa municipal por el suministro de agua potable (e I.V.A.), la Tasa municipal por recogida domiciliaria de basuras y el Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Padrón podrá ser examinado por los interesados en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Huesca (Plaza de la Catedral, nº 1).

El régimen de recursos es el siguiente:

-   Tasa municipal por el suministro de agua potable y Tasa municipal por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos y su destrucción y tratamiento sanitario (la Liquidación no agota la vía administrativa):

Se podrá interponer recurso de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Huesca, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del Padrón; este recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se haya notificado resolución expresa. Y, posteriormente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; o en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que dicho recurso deba entenderse desestimado por silencio administrativo.

-   Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón (la Liquidación no agota la vía administrativa):

Se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago; este recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se haya notificado resolución expresa.

Se podrá interponer reclamación económico-administrativa, ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago o, en su caso, al de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso previo de reposición; esta reclamación económico-administrativa se entenderá desestimada si transcurre un año desde su interposición sin que se haya notificado resolución expresa.  Contra su desestimación expresa o presunta se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de la reclamación si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que dicha reclamación económico-administrativa deba entenderse desestimada por silencio administrativo.

No podrá simultanearse la interposición del recurso de reposición y de la reclamación económico-administrativa.

Huesca, 19 de marzo de 2014. La Alcaldesa, Ana Alós López.