No habiendo sido posible la notificación personal de expediente sancionador, habiéndose intentado ...
No habiendo sido posible la notificación personal de expediente sancionador, habiéndose intentado por dos veces, a tenor de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común la notificación se realiza por medio del presente anuncio, que se insertará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOP de Huesca. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe servir de notificación inicial, informándoles así mismo que:
El denunciado podrá formular las alegaciones que estime pertinentes, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.
Sabiñánigo, 6 de abril de 2015. El Alcalde, Jesús Lasierra Asín