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Aprobado el Padrón de las Tasas por el suministro de Agua Potable, y Canon de Saneamiento ...

Publicado el 28/10/2014 (Nº 205)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ALCAMPELL

Texto completo:

Aprobado el Padrón de las Tasas por el suministro de Agua Potable, y Canon de Saneamiento correspondientes al primer semestre del año 2014 por acuerdo de Pleno del 11 de Julio de 2014, se comunica a los abonados que dichos padrones quedan expuestos en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de Alcampell por plazo de 15 días, al objeto de presentar los interesados reclamaciones sobre el mismo. Asimismo se comunica que el periodo de recaudación será de dos meses a partir de la fecha de publicación en el BOP. Transcurrido ese plazo las deudas serán exigidas por el Procedimiento de Apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. REGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS AGUA POTABLE. Recurso de Reposición ante el Pleno del Ayuntamiento por el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de exposición pública del padrón. Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación de la Resolución del Recurso de Reposición si fuese expresa y si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. CANON DE SANEAMIENTO. Con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el Instituto Aragonés del Agua en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de inicio del período voluntario de cobranza o, en su caso, al de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso de Reposición. Contra su desestimación, expresa o presunta, cabe Recurso Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de la  reclamación si fuese expresa, y si no lo fuese en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. No podrá simultanearse la interposición del Recurso de Reposición y la Reclamación Económico-Administrativa.

Alcampell, a 27 de octubre de 2014. El Alcalde-Presidente, Josep Anton Chauvell Larrégola