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TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA PARA USOS DOMÉSTICOS E INDUSTRIALES E ...

Publicado el 28/10/2014 (Nº 205)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: ENTIDAD LOCAL MENOR DE PIEDRAFITA DE JACA

Texto completo:

TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA PARA USOS DOMÉSTICOS E INDUSTRIALES E IMPUESTO CONTAMINACIÓN AGUAS, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014     Aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de octubre de 2014 el Padrón de la Tasa por Prestación del Servicio de Suministro de Agua para Usos Domésticos e Industriales e Impuesto contaminación de aguas de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al año 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza.

Exposición pública: El Padrón de la Tasa por Prestación del Servicio de Suministro de Agua para Usos Domésticos e Industriales e Impuesto contaminación de aguas de la Comunidad Autónoma de Aragón  se encuentra expuesto al público por plazo de 15 días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Plazo de ingreso: El plazo para el pago voluntario será de dos meses, quedando fijado para el presente periodo de devengo desde el día 17de noviembre 2014 al 17 de enero de 2015, ambos inclusive.

Lugar y forma de pago: El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas de la Entidad en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago, podrán reclamarla en la entidad, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

Procedimiento de apremio: Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General  Tributaria y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora.

Régimen de recursos:

Tasa por Prestación del Servicio de Suministro de Agua para Usos Domésticos e Industriales (la liquidación no agota la vía administrativa) -Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de la exposición pública del Padrón. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

              Impuesto contaminación de aguas de la Comunidad Autónoma de Aragón (la liquidación no agota la vía administrativa): -Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago. -Reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago o, en su caso, al de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso previo de reposición - No podrá simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económica administrativa.

Piedrafita de Jaca a 27 de octubre de 2014. El Alcalde Pedáneo, Pascual Fanlo Pelegay