Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

CONVOCATORIA para cubrir la vacante de Juez de Paz SUSTITUTO, del municipio de Esplús, (Huesca), de ...

Publicado el 28/10/2014 (Nº 205)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ESPLÚS

Texto completo:

CONVOCATORIA para cubrir la vacante de Juez de Paz SUSTITUTO, del municipio de Esplús, (Huesca), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 y siguientes de la ley 6/1985, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial y los artículos 4 y siguientes del Reglamento de los Jueces de Paz,  3/1995, de 7 de junio, y, con arreglo a las siguientes BASES:

Primera: Es objeto de esta Convocatoria la provisión del cargo de Juez de Paz TITULAR del Municipio de Esplús, (Huesca), el cual ha quedado vacante por la renuncia del titular.

Segunda: Los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos: a) ser español.- b) ser mayor de edad.- c) no estar incurso en las causas de incapacidad, que establece el artículo 303 de la ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial d) no estar incurso en causa de incompatibilidad y prohibiciones a que hace referencia el artículo 14 del Reglamento de los Jueces de Paz de 7 de junio de 1995.

Tercera: Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes, deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones legalmente exigidas, se dirigirán al Alcalde de la Corporación, y se presentarán en el Registro del Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas.

Cuarta: El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente,  en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinta: La elección de Juez de Paz Sustituto, se efectuará por el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros del mismo, entre las personas, que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. En el supuesto de que no hubiera solicitantes el Pleno elegirá libremente, respetando siempre los mismos requisitos de procedimiento.

Esplús, a 27 de octubre de 2014. El Alcalde-Presidente