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CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICION PARA LA PROVISION DE CUATRO PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICIA ...

Publicado el 24/09/2015 (Nº 183)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA

Texto completo:

CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICION PARA LA PROVISION DE CUATRO PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE JACA, POR EL SISTEMA DE PROMOCION INTERNA.

La Alcaldía-Presidencia por Resolución num. 1918/2015 de fecha 8 de septiembre de 2015, acordó convocar Concurso- Oposición para la provisión en propiedad de cuatro plazas de OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL de la Plantilla de personal funcionario de esta Corporación, por el sistema de promoción interna, aprobando las bases que han de regir el mismo y cuyo contenido es el siguiente:

PRIMERA: Número, denominación y características de la plaza convocada. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de  cuatro plazas de OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL de la plantilla de personal funcionario,  por el sistema de promoción interna, incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2015 , y cuyas características son las siguientes:

Denominación de la Plaza: OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL Número de Plazas:    4 Grupo: C1 Escala: ADMINISTRACION ESPECIAL       Subescala: SERVICIOS ESPECIALES. Clase: POLICIA LOCAL Categoría: OFICIAL Sistema de provisión: PROMOCION INTERNA

SEGUNDA: Requisitos que deben cumplir los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias: a) Ser funcionario de carrera, del Excmo. Ayuntamiento de Jaca, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala servicios especiales, Clase Policía Local, Categoría Policía Local  y contar, al menos con dos años de antigüedad, en dicha Escala y Subescala, Clase y categoría. b) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones.

TERCERA: Solicitudes: Forma y plazo de presentación.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaca, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el " Boletín Oficial del Estado". En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/79 de 5 de abril. Las bases íntegras se publicarán en el B.O.P. y B.O.A y los posteriores anuncios se publicarán en el " Boletín Oficial de la Provincia de Huesca". A la instancia se acompañará: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. b) Documentación, compulsada, acreditativa de los méritos que se aleguen para la Fase de Concurso, indicando el idioma o idiomas al que optará, en su caso, en el cuarto ejercicio.

CUARTA: Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal. La resolución se publicará en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes, excluidos, y determinando lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y orden de actuación. Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

QUINTA: Tribunal.

El Tribunal calificador, de conformidad con la legislación vigente, estará constituido de la siguiente forma: PRESIDENTE:    El Jefe de la Policía Local de Jaca, o funcionario de la Policía Local en quien delegue. VOCALES:    Un representante de la Comunidad Autónoma, un representante de la Jefatura Provincial de Tráfico, dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento designados por la Alcaldía uno de ellos actuará como secretario del Tribunal. Podrá asistir con voz pero sin voto, un representante de cada una de las Secciones Sindicales con representación en el Ayuntamiento de Jaca. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Igualmente el Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponde al grupo funcionarial en que se integra la plaza. Para la realización de la prueba psicotécnica el Tribunal contará con el asesoramiento de un especialista .

SEXTA: PROCESO SELECTIVO

FASE DE OPOSICION. Ejercicios de la Oposición.- Serán los siguientes: Primer Ejercicio.-  De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una o varias pruebas PSICOTECNICA en la que se valorará la aptitud de los aspirantes para ocupar el puesto objeto  de la convocatoria; en especial su capacidad de decisión, de mando y adecuada personalidad. Este ejercicio se calificará de APTO o NO APTO. Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio .Consistirá en contestar por escrito, durante un plazo máximo de 2 horas, a un cuestionario no inferior a 40 preguntas, con respuestas alternativas, relacionadas con el programa Anexo de la Convocatoria. En este ejercicio se valorará el conocimiento que los aspirantes tengan sobre los temas que componen el citado programa de la convocatoria. Tercer Ejercicio.- Prueba práctica. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver, por escrito, en el plazo máximo de dos horas, un mínimo de dos supuestos prácticos relacionados con el ejercicio de las funciones propias de la plaza convocada  y de las materias establecidas en el temario anexo que se acompaña a las presentes Bases. Cuarto ejercicio.- Prueba de idiomas. De carácter opcional y no eliminatorio.

Consistirá en mantener una conversación en francés o inglés, o en ambos idiomas, con un miembro del Tribunal o persona designada por él, durante un período máximo de 15 minutos. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Local donde se haya celebrado la prueba. Los ejercicios  segundo y  tercero  se calificarán, cada uno de ellos, hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada aspirante, en los diferentes ejercicios, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistente a la sesión. El ejercicio cuarto será voluntario y servirá para subir la puntuación obtenida en los ejercicios anteriores de aquellos que deseen realizarlo, no pudiendo puntuarse en más de dos puntos cada idioma. La calificación final de la fase de oposición, se obtendrá sumando las calificaciones obtenidas en los ejercicios segundo, tercero y cuarto. Los aspirantes que superen la fase de oposición pasaran a la fase de Concurso.

FASE DE CONCURSO. Consistirá en la valoración de méritos alegados por los aspirantes para esta fase. Se valorarán los méritos que a continuación se citan en la forma que en cada caso se indica: * Antigüedad:  Se valorarán los servicios prestados, en  el  cuerpo de Policía Local, se valorará a razón de 0,18 puntos por año completo o parte proporcional, hasta un máximo de 3 puntos. * Permisos de conducción: . Superiores al BTP, Se valorará a 0,1 punto por permiso hasta un máximo de 1 punto. * Titulación académica superior a la de Bachiller superior o equivalente: . Se valorará 0,3 puntos por cada Título Superior hasta un máximo de 1 punto. * Formación: Se valorarán, hasta un máximo de 3 puntos los cursos, cursillos o seminarios relacionados     con las funciones del puesto: a) de 20 a 39 hs de duración:         0,05 puntos, por cada uno. a) de 40 a 60 hs de duración:         0,1  puntos, por cada uno. b) de 61 a 100 hs de duración:        0,2 puntos, por cada uno. c) de más de 100 hs de duración:    0,3 puntos, por cada uno. * Experiencia: Se valorarán los servicios prestados, aunque sea accidentalmente, en plaza de Oficial de la Policía Local, o puesto de superior categoría si así lo considera el Tribunal Calificador,  de la siguiente manera: . 0,36 puntos por año o parte proporcional hasta un máximo de 2.5 puntos. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de Oposición y la obtenida en la fase de Concurso, y se hará pública en el Local donde se haya celebrado la última prueba.

SEPTIMA: Propuesta de Nombramiento. Concluidas las pruebas, y hecha pública la relación de seleccionados, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento, en ningún caso el número de aprobados podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.

OCTAVA: Presentación de documentos y toma de posesión. El aspirante propuesto aportará ante la Corporación para su nombramiento, y dentro del plazo de veinte días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria: . Fotocopia compulsada del título académico original exigido para acceder a la plaza. El funcionario propuesto estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento. Cumplidos los requisitos precedentes, el órgano competente efectuará el nombramiento del aspirante propuesto, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

NOVENA: Legislación aplicable. Esta convocatoria se rige: por este pliego de bases; Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Ley 23/89, de 28 de Julio, de Modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y los Pactos de aplicación al personal funcionario y Convenio Colectivo del Personal laboral del Ayuntamiento de Jaca. La presente convocatoria unitaria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Jaca, 8 septiembre de 2015. El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas

ANEXO I

Programa del Concurso-oposición para cubrir en propiedad,  4 plazas de OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, por el sistema de promoción interna. TEMA 1: La Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad , (Títulos I y V. De los cuerpos y Fuerzas de Seguridad. De las Policías Locales) TEMA 2: La Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. TEMA 3: Policías Locales: Normativa Autonómica:      -Ley de Coordinación de Policía Local en Aragón. -Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales  en Aragón TEMA 4: La Policía Judicial.Normativa vigente. TEMA 5: Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responabildidad de los menores y al Real Decreto 1774/04 de 30 de julio de desarrrollo de la L.O. 5/2000 TEMA 6: Ley Organica 4/2000, del 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y R.D. 557/2011. TEMA 7: Espectáculos públicos y actividades recreativas. Especial referencia a la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón Ley 11/05 de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos y establecimientos públicos en la Comunidad Autonóma de Aragón. TEMA 8: Ley de Enjuiciamiento Criminal: Libro II Títulos I,II y VI (Capitulo II y IV) y Título VIII TEMA 9: Código Penal: Ley Orgáncia 10/95 de 23 de noviembre, Libro I, Títulos I y II ( De la infracción penal y de las personas criminalmente responsables de los delitos) TEMA 10: Código Penal: Libro II, Títulos I, III, VI, VII, VIII, IX, X. ( Delitos y us penas. Del homicidio y sus formas, de las lesiones, delitos contra la libertad, de las torturas y otros delitos contra la integridad moral, delitos cotra la libertad e indemnidad sexuales, de la omisión del deber de socorro, delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio) TEMA 11: Código Penal: Libro II, Títulos XI y XIII  ( Delitos contra el honor, delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconomico) TEMA 12: Código Penal: Libro II, Título XVII (Capítulos III y IV de los delitos contra la salud pública. De los delitos contra la seguridad vial ) TEMA 13: Código Penal: Libro II, Título XIX (Capítulos I, II, III, IV, V, IX de la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos. Del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguri delitos. De la desobediencia y denegación de auxilio. De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos. Del cohecho. De las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función). TEMA 14: Código Penal: Libro II, Titulo XXI (Capítulo V de los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales). TEMA 15: Código Penal: Libro II. Título XXII (Capítulo II y III De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos) CIRCULACIÓN, TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL TEMA 17: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. TEMA 18: Reglamento General de Circulación.               TEMA 19: Reglamento General de Conductores.

TEMA 20: Reglamento General de Vehículos TEMA 21:  Alcoholemia y circulación. TEMA 22: Los Accidentes de Tráfico: Investigación. Atestados. TEMA 23: Seguridad Vial. Señalización.

DERECHO MUNICIPAL, NORMATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE JACA TEMA 24: Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Vehículos. TEMA 25: Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección del Medio Ambiente contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones. TEMA 26: Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Ordenación de Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública. TEMA 27: Ordenanza Municipal de Control y Tenencia de Animales. TEMA 28: Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Jaca. TEMA 29: Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación de Vía Pública con mesas y Sillas. TEMA 30: Reglamento Municipal de Autotaxis.