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La Comisión de Gobierno en sesión de fecha 1 de septiembre ...

Publicado el 16/09/2004 (Nº 178)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL. AYUNTAMIENTOS
Emisor: AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO

Texto completo:

La Comisión de Gobierno en sesión de fecha 1 de septiembre de 2004 acordó convocar pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de Operario de Servicios Múltiples, para la Brigada de Obras (Pintor) vacante en la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, aprobando las bases que han de seguir las mismas y cuyo contenido es el siguiente: BASES DE LA CONVOCATORIA, PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN, UNA PLAZA DE OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, PARA LA BRIGADA DE OBRAS (AYUDANTE DE ELECTRICISTA), VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO. 1. - OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante Concurso Oposición de una plaza de Operario de Servicios Múltiples para la Brigada de Obras (ayudante de electricista), Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, Grupo E, Nivel 14, incluida en la plantilla de personal funcionario y en la Oferta de Empleo Público. Esta convocatoria se rige, además de por las presentes Bases, por la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, actualizada por Ley 57/03, de Modernización del Gobierno Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, Real Decreto 896/91, por el que se aprueban las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, y Ley 7/99, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. 2. - REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: Ser ciudadano de la Unión Europea. Tener cumplidos 18 años. Estar en posesión de Certificado de Escolaridad. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desarrollo de las funciones propias del cargo. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los requisitos exigidos se entenderán referidos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. 3. – INSTANCIAS. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sabiñánigo, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, pudiendo presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la solicitud se acompañará una fotocopia del DNI, el resguardo de haber abonado los derechos de examen, que asciende a 6,90 €, y la documentación compulsada acreditativa de los méritos que se aleguen en la fase de Concurso. 4.- ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES, PUBLICACIÓN, FECHAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS Y VALORACIÓN DE MÉRITOS. Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía Presidencia dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, dándose un plazo de diez días hábiles para subsanar defectos. Transcurrido dicho plazo se publicará, asimismo en el Tablón de Anuncios, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador y la fecha de examen que como mínimo será una vez transcurridos 3 meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. La duración máxima del proceso de selección será de 6 meses, a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. 5. – TRIBUNAL. El Tribunal Calificador estará integrado por 5 miembros, titulares o suplentes, indistintamente: Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue. Vocales: un representante de la Comunidad Autónoma a propuesta del Instituto Aragonés de Administración Pública, dos representantes del servicio designados por la Alcaldía, y un vocal designado por la Junta de Representación Sindical. La Secretaria de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará como Secretario del Tribunal. Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los aspirantes cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso Oposición, en todo lo no previsto en estas Bases. 6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES. Fase de Oposición: Consistirá en la realización de los siguientes ejercicios: 1º Ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario de 25 preguntas con respuestas múltiples, relacionadas con el temario que figura como Anexo a estas Bases, y en un tiempo máximo de 75 minutos. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio, será calificado de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos, para acceder al siguiente. 2º Ejercicio: Consistirá en una prueba práctica, relacionada con las funciones del puesto de trabajo en la Brigada de Obras. Se valorará la preparación de los aspirantes en relación con los trabajos a desarrollar. Dicha prueba se valorará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para optar a la fase de Concurso, un mínimo de 5 puntos. Fase de Concurso: Se valorarán los méritos del siguiente modo: - Por cada mes de trabajo en la Administración Pública en plazas de cometidos similares, 0,10 puntos por mes, con un máximo de 3 puntos. - Por cada mes trabajo en la empresa privada en plazas de cometidos similares, 0,05 puntos por mes, con un máximo de 3 puntos. - Formación Profesional: Por asistencia o impartición de cursos de formación y perfeccionamiento profesional impartidos en Centros Oficiales, o pertenecientes a los planes de Formación Continua de los Trabajadores (públicos y privados), que hayan versado sobre materias directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con una duración mínima de 10 horas, se puntuarán a razón de 0,01 puntos por hora y hasta un máximo de 100 horas por curso. La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de 2,50 puntos. 7.- NOMBRAMIENTO. Determinada la puntuación de los aspirantes el Tribunal hará público el nombre de la persona propuesta, y lo elevará al Sr. Alcalde del Ayuntamiento como propuesta de nombramiento. 8.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN. En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquél en que se hiciera público el nombre de la persona seleccionada, éste deberá presentar en las Oficinas Municipales la siguiente documentación: - Certificado de Escolaridad. - Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desarrollo de las funciones propias del cargo. - Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor no se presentara la documentación o careciera de alguno de los requisitos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones. La toma de posesión se producirá en el plazo máximo de 30 días hábiles, a contar desde la notificación del nombramiento. 9.- IMPUGNACIÓN Y SUPLETORIEDAD. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ANEXO 1.- La Constitución Española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. 2.- El municipio. Organización y competencias. 3.- El personal al servicio de la Administración Local. Clases. 4.- Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local. 5.- Conceptos fundamentales en materia de electricidad: Ley de Ohm. Leyes de Kirchoff. Resistencia, bobinas y condensadores. Fuentes de tensión (pilas). Tensión, corriente y factor de potencia. Energía, potencia activa, reactiva y aparente. Efecto joule. Mejora del factor de potencia. Sistemas monofásicos y trifásicos. 6.- Lámparas: tipos principales. Equipos auxiliares. Aplicaciones preferentes. Consideraciones lumínicas y económicas. Cálculos elementales de iluminación. 7.- Instalaciones de alumbrado público: ITC MIE BT 09. Redes. Puntos de luz. Sistemas de ahorro. Legalización de instalaciones de AP. Protección contra los contactos indirectos. 8.- Instalaciones en locales de pública concurrencia: suministros ordinario y complementario. Alumbrados especiales de emergencia y señalización ITC MIE BT 025. 9.- Sistemas de puesta a tierra: electrodos captatierra. Línea de enlace con tierra. Punto de puesta a tierra. Conductores de protección. Redes equipotenciales. Red de distribución pública en España. Esquema normalizado. Interruptores diferenciales Instalaciones de pararrayos. 10.- Seguridad en instalaciones eléctricas. Protección contra contactos directos e indirectos. Sabiñánigo, a 6 de septiembre de 2004.- El alcalde, Carlos Iglesias Estaún.