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Ayudas al fomento de Actividades empresariales, comerciales, de servicios y de hostelería en el ...

Publicado el 06/05/2020 (Nº 84)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE MONZÓN. SECRETARIA GENERAL

Texto completo:

Ayudas al fomento de Actividades empresariales, comerciales, de servicios y de hostelería en el municipio de Monzón ejercicio 2020

BDNS (Identif.): 504807

Por Decreto de Alcaldía n.º 613 de fecha 28 de abril de 2020, se aprueba la Convocatoria de Ayudas al Fomento de Actividades empresariales, comerciales, de servicios y de hostelería en el municipio de Monzón durante el ejercicio 2020, cuyo extracto de la convocatoria se transcribe a continuación para su publicación:

“1º.- Objeto Es objeto de esta Convocatoria la concesión de Ayudas al Fomento en la nueva generación de actividades empresariales, comerciales, de servicios y de Hostelería de producción de bienes y servicios en el municipio de Monzón, según las bases recogidas en la modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Monzón acordada en Acuerdo de Pleno de 26 de diciembre de 2019, en concreto: - Primera instalación de actividades de las determinadas anteriormente y, por tanto, apertura de nuevos establecimientos, ya sea por nueva instalación o por traslado. - Ampliación de actividades existentes y modificación o alteración de actividades existentes que requieran un nuevo título habilitante o modificación del título habilitante previo, en cuyo caso deberá haberse producido una inversión mínima de 5.000 € - Cambio de titularidad de actividades existentes. El mismo no podrá ser consecuencia de un simple cambio de persona jurídica integrada por los mismos titulares

2º.- Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima. Se destinará a la concesión de estas subvenciones la siguiente cantidad consignada en el presupuesto vigente:

Partida presupuestaria: 2020-9200-48909, “Subvenciones Fomento Actividades Empresariales”: 35.000 €.

3º.- Régimen de concesión y convocatoria. La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento simplificado selectivo único.

4º Requisitos de los beneficiarios. 1.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad dentro del municipio y ejecuten las actuaciones señaladas anteriormente en el objeto de la presente convocatoria. 2.- Sólo podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que acrediten que el inicio de la actividad o de la ampliación de la existente se ha producido dentro de los diez meses anteriores a la publicación de la presente convocatoria. 3.- No podrán tener la condición de beneficiario de estas subvenciones aquellas personas que concurran en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5º.- Compatibilidad Dada la coyuntura económica existente a la fecha de la presente convocatoria, las ayudas reguladas en la misma son compatibles con cualquier otra subvención concedida por otra Administración Pública y por el mismo Ayuntamiento de Monzón en otros procedimientos convocados a tal efecto.

6º.- Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento. El órgano instructor será la Técnico de Administración General adscrita al Departamento de Contratación. La instrucción comprenderá las siguientes actividades. - Petición de cuantos informes se estimen necesarios para resolver. - Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme a los criterios, formas y prioridades, que se definen en esta convocatoria. Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al Comité de Técnicos que estará constituido por la Secretaria General, una Arquitecta Técnica del Departamento de Urbanismo y la Técnico adscrita al Departamento de Urbanismo. A la vista del expediente y del informe del Comité de Técnicos, el órgano instructor formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada. - La relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención. - La cuantía específica de la subvención. - Especificación de la evaluación y los criterios seguidos para efectuarla. De dicha propuesta se dará audiencia por término de 10 días (hábiles) a los interesados para que puedan presentar alegaciones. Una vez transcurrido el plazo determinado en el anterior párrafo, sin haberse presentado alegaciones o con contestación a las mismas, se procederá a la concesión de las subvenciones acordada por el órgano competente notificándose a los interesados que hayan presentado solicitud.

7º.- Plazo y forma de presentación de solicitudes y documentación complementaria. El plazo de presentación de las solicitudes de obtención de subvenciones dirigidas al órgano convocante y suscritas por el beneficiario o personas que lo representen, junto con la documentación aneja, será el 30 de junio de 2020. Al ser personas físicas bajo la modalidad de autónomos o personas jurídicas, todo el procedimiento tiene que realizarse electrónicamente. La presentación de la solicitud de subvención, así como toda la documentación que se debe acompañar a la misma se realizará a través del trámite Subvenciones que se halla en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Monzón a la que se accede desde la web www.monzon.es o con la URL http://sedeelectronica.monzon.es Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Instancia según Anexo I: Datos de la persona física o jurídica para la solicitud de la Ayuda contemplada en esta convocatoria, dicho Anexo (firmado electrónicamente) deberá ser presentado acompañado de la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada de documentos nacional de identidad o del pasaporte, en caso de ciudadanos de la Unión Europea, o de la tarjeta de la residencia en vigor, en caso de otras nacionalidades. - Fotocopia compulsada de la tarjeta del IAE como autónoma o Escritura de Constitución de la Sociedad como persona jurídica debidamente inscrita en el Registro Oficial correspondiente. - Licencia de Actividad y Obras o Declaración responsable del nuevo establecimiento establecido y Cambio de titularidad si el nuevo establecimiento es por traspaso de uno ya existente, donde conste la ubicación de la instalación y el plazo de inicio de la misma. - Licencia de Actividad y Obras o Declaración responsable o Modificación del título habilitante original, según el caso, si se trata de ampliación de la actividad ya existente, donde conste la ubicación de dicha ampliación y el plazo de inicio de la misma. - Una relación de los gastos que ha supuesto la inversión realizada tanto por la constitución de un nuevo establecimiento o por la ampliación del existente (en este caso último la inversión mínima será de 5.000 €). - Las facturas o títulos similares que acrediten la inversión así como la acreditación del pago de los mismos.

8º.- Subsanación de defectos. La comprobación de que la solicitud reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria y de que se aporta la documentación a que se refiere el párrafo anterior, competerá al órgano instructor unipersonal que podrá requerir la subsanación de conformidad con el artículo 18.2 de la Ley de Subvenciones de Aragón.

9º.- Criterios de reparto de las solicitudes admitidas. .- El importe total destinado a las ayudas de esta convocatoria será de 35.000 €, distribuido de la siguiente forma y de acuerdo a los siguientes criterios de prioridades: Siempre y cuando cumplan todas las condiciones y justificaciones determinadas en la convocatoria, los solicitantes cuyo nuevo negocio o actividad o ampliación de la misma, estén ubicadas en la delimitación del Casco Antiguo de Monzón que se ha acordado para las ayudas del Área de Rehabilitación Urbana en este ejercicio incluyendo la totalidad de la Calle Pano, Joaquín Costa, Blas Sorribas y Plaza Santo Domingo de Monzón, así como en los núcleos de Selgua y Conchel, podrán alcanzar un máximo de 5.000 € Siempre y cuando cumplan todas las condiciones y justificaciones determinadas en la convocatoria, los solicitantes cuyo nuevo negocio o actividad o ampliación de la misma, estén ubicadas en el resto de vías públicas de Monzón, podrán alcanzar un máximo de 2.500 €. El reparto entre todos los solicitantes se realizará, teniendo en cuenta el total de la partida presupuestaria, y en función de la inversión realizada por cada uno de ellos, adoptando este criterio de forma proporcional, entre los gastos realizados y la disponibilidad presupuestaria.

10º.- Obligaciones de los beneficiarios de la subvención. 1.- Aceptar la subvención concedida. 2.- Comprometerse a promover la difusión de Monzón, en sus escaparates, como ciudad impulsora de los emprendedores. 3.-Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan establecerse.

11º.- Plazo de resolución y notificación. El plazo máximo para la resolución y su notificación será de seis meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. La ausencia de resolución dentro del plazo indicado tendrá efectos desestimatorios.

12º.- Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa. La Resolución de la Convocatoria, pone fin a la vía administrativa pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la misma en el BOP de Huesca ante el órgano que dictó la Resolución o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Huesca, a contar del modo antes descrito, siempre y cuando a la fecha de la citada publicación esté levantada la suspensión de términos y plazos, en vigor en estos momentos. En caso contrario los citados plazos se empezarán a computar desde el día siguiente a la publicación del levantamiento de la suspensión citada por la Administración competente.

13º- Medios de notificación o publicación, de conformidad con la Ley 39/15 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de la LPAC. Las notificaciones electrónicas estarán disponibles: La Sede Electrónica del ayuntamiento de Monzón a la que se accede desde la web www.monzon.es o con la URL http://sedeelectronica.monzon.es en la opción del menú “Consulta de trámites” La Carpeta Ciudadana, URL https://sede.administracion.gob.es/carpeta

Para acceder a la misma necesitará disponer del certificado electrónico del representante. Asimismo, se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Monzón.

14º.- Justificación de la subvención concedida De conformidad con lo previsto en el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

15º.- Forma de pago de la subvención. Una vez adquiera firmeza en vía administrativa la Resolución por la que se concede la subvención por el órgano competente, se abonará el 100 % de la subvención concedida.

16º.- REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES 16.1.- Son causas de reintegro de las ayudas contempladas en esta convocatoria los casos regulados en el art. 37 de la LGS, que, por su naturaleza, resulten compatibles con lo previsto en aquéllas. 16.2.- Será asimismo de aplicación, en relación con cuanto se refiere al reintegro de las ayudas mencionadas, lo previsto, en general, en el Título II de dicha ley.

17.-INFORMACION EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios propios como Ayuntamiento. Dichos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted y tramitar la subvención objeto de la presente, lo que nos permite el us de su información personal dentro de la legalidad. Asimismo, también pueden ser usados para otras actividades, como enviarle publicidad o promocionar nuestras actividades. En este sentido, hemos incluido en el Anexo I de la presente unas casillas de marcación para que usted no dé permiso para enviarle comunicaciones informativas a través de medios electrónicos. Sólo el personal de nuestra entidad que esté debidamente autorizado podrá tener conocimiento de la información que le pedimos. Asimismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Igualmente tendrán conocimiento de su información aquellas entidades públicas o privadas a las cuales estemos obligados a facilitar sus datos personales con motivo del cumplimiento de alguna ley. No está prevista la transferencia de su información personal fuera del Espacio Económico Europeo. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes. Una vez finalizados los plazos legales aplicables, procederemos a eliminarlos de forma segura. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla y eliminarla una finalizada nuestra relación, en el caso de que ello se legalmente posible. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI, para poder identificarle:

AYUNTAMIENTO DE MONZON

PLAZA MAYOR 4, CP 22400 MONZON (Huesca)

Dirección de contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos: aeneriz@audidat.com.

En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos por nuestra entidad, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos ( www.aepd.es)

ANEXO I A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS Y DE HOSTELERÍAS DURANTE EL AÑO 2020

SOLICITUD DE SUBVENCION Datos de identificación de la subvención SECCIÓN GESTORA: CONCEJALÍA DE COMERCIO Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe presupuesto: Convocatoria: Nº BOP Fecha BOP Datos de identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: NIF / CIF Dirección: Municipio / Provincia: Datos bancarios para el ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail: Datos de identificación del representante (Cuando el solicitante sea una razón social u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: Cargo o representación: Dirección: Mu nicipio / Provincia: Dirección electrónicas a efecto de notificaciones: Municipio / Provincia: Código Postal: Teléfono: Fax: e- mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario:

Acreditación del Alta como Autónomo en la Seguridad Social o en el caso de personas jurídicas Escritura pública de su constitución debidamente inscrita en el Registro Oficial correspondiente.

Licencia de Actividad y Obra, Declaración Responsable o Cambio de Titularidad según corresponda, como título habilitante de la nueva actividad, o ampliación de la misma, donde conste la ubicación de la instalación y la fecha de inicio de la actividad o ampliación.

Relación de gastos de inversión con las facturas o título similar justificativo de los mismos.

Justificantes de los pagos realizados, en relación a los gastos de inversión. Consiente el uso de mis datos personales para recibir comunicaciones informativas del Ayuntamiento. Marque la siguiente casilla en caso de NO estar conforme

Podrá retirar este consentimiento en cualquier momento.

Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario.

El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Ayuntamiento de Monzón, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.

Protección de datos.

Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios propios como Ayuntamiento. Puede ejercitar sus derechos de protección de datos realizando una solicitud escrito a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE MONZON, PLAZA MAYOR 4, CP 22400, MONZON (Huesca).

Dirección de contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos: aeneriz@audidat.comMás información en nuestra web www.monzon.es y en nuestras dependencias.

Monzón, 5 de mayo de 2020. El Alcalde, Isaac Claver Ortigosa