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ANUNCIO AVISO DEL SERVICIO PROVINCIAL DE HUESCA, RELATIVO ...

Publicado el 25/05/2012 (Nº 98)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

ANUNCIO AVISO DEL SERVICIO PROVINCIAL DE HUESCA, RELATIVO A LA TOMA DE POSESIÓN DE LAS FINCAS DE REEMPLAZO DE BARBUÉS (HUESCA) Se pone en conocimiento de todos los interesados en la Concentración Parcelaria de la zona de Barbués (Huesca), declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 197/2004, de 7 de septiembre, del Gobierno de Aragón (Boletín Oficial de Aragón número 111, de 20 de septiembre de 2004). Al mismo tiempo, se comunica que teniendo en cuenta el artículo 3º del Decreto 197/2004 del Gobierno de Aragón de 7 de septiembre, así como la autorización de la Dirección General de Desarrollo Rural de 7 de marzo de 2007, la concentración se tramitará por el procedimiento simplificado, tal como prevé el artículo 201 de la ley de Reforma y Desarrollo Agrario. Primero.-Que finalizada la publicación del Acuerdo de Concentración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, una vez efectuado el replanteo y amojonamiento de las nuevas fincas de reemplazo, este Servicio Provincial ha resuelto dar la Toma de Posesión de las fincas de reemplazo. Segundo.-A estos efectos se hace constar que la fecha de toma de posesión será el día siguiente al de la última publicación de este aviso en el «Boletín Oficial de Aragón», en el «Boletín Oficial de La Provincia» o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barbués, sin perjuicio de respetar los casos de parcelas que tengan cosechas pendientes de recolección en la presente campaña, que se entenderán entregadas a los nuevos propietarios, tan pronto como sea efectuada la recolección de la cosecha, con la fecha límite del 31 de julio de 2012 para los cereales de invierno y del 31 de diciembre para el resto de los cereales y cultivos. Tercero.-Que a tenor de lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de las mismas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al 2 % entre la cabida de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración. Durante el plazo de estos treinta días para su consulta por parte de los interesados, se expondrá un plano de amojonamiento en el local que habilite el Ayuntamiento. Cuarto.-Mientras no se realicen las obras y mejoras previstas en dicha zona de concentración parcelaria, deberán mantenerse los caminos actuales que sean necesarios para acceder a las nuevas fincas. Quinto.-De igual modo, mientras no se ejecute el proyecto de modernización del regadío previsto para dicha zona y salvo autorización expresa de la Comunidad de Regantes “Molinar del Flumen”, deberán mantenerse tanto las acequias de riego actuales necesarias para el riego de las nuevas fincas, como los desagües existentes para la correcta evacuación de las aguas. Sexto.-Para la preparación de las nuevas fincas, en cuanto a la roturación de terrenos de uso forestal, se actuará de acuerdo a lo previsto en: -Ley 15/2006 de 28 de diciembre, de Montes de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» n.º 149 de 30 de diciembre de 2006). -Orden del Departamento de Agricultura y Alimentación de 25 de mayo de 2007, sobre la puesta en cultivos de terrenos de uso forestal en zonas regables («Boletín Oficial de Aragón» n.º 72, de 18 de junio de 2007). -Resolución de 17 de diciembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter a Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto de Concentración Parcelaria de Barbués (Huesca), promovido por el Departamento de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón. («Boletín Oficial de Aragón» n.º 9, de 23 de enero de 2008). Huesca, 22 de mayo de 2012. El Director del Servicio Provincial, Fernando Fidalgo Ciprés