Advertido error material de trascripción en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ...
Advertido error material de trascripción en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la contratación de la obra “Refuerzo de firme en el acceso a Valsalada” (TM Almudévar), en lo relativo al importe a exigir en cuanto a volumen de obra ejecutada que acredite la solvencia técnica suficiente para ejecutar el contrato, que se indica en anexo II del Pliego de claúsulas administrativas particulares que rige el procedimiento; por Decreto de Presidencia núm. 2310 de 13 de septiembre de 2017 se ha resuelto la siguiente corrección en dicho Pliego:
Donde dice, en el anexo II en lo relativo al requisito de solvencia técnica o profesional del art. 76 TRLCSP:
"a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes. Criterios de selección: Se adjuntará relación de obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, que sean obras de características similares a la que ahora se licita en tipología y volumen, acompañadas de certificados de buena ejecución para las más importantes. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y resto de extremos indicados en el art. 76.1.a) del TRLCSP. El importe anual acumulado (IVA no incluido) en el año de mayor ejecución, entre los diez, deberá ser igual o superior a 112.728,14 € (70% del valor estimado del presente contrato).";
Debe decir:
"a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes. Criterios de selección: Se adjuntará relación de obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, que sean obras de características similares a la que ahora se licita en tipología y volumen, acompañadas de certificados de buena ejecución para las más importantes. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y resto de extremos indicados en el art. 76.1.a) del TRLCSP. El importe anual acumulado (IVA no incluido) en el año de mayor ejecución, entre los diez, deberá ser igual o superior a 202.235,59 € (70% del valor estimado del presente contrato).".
La presente corrección implicará la apertura de un nuevo periodo de presentación de proposiciones de veintiseis días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la provincia.
Huesca, 13 de septiembre de 2017. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer