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El Pleno del Ayuntamiento de Benasque, en sesión celebrada el día 27 de julio de 2018, adoptó entre ...

Publicado el 31/07/2018 (Nº 146)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE BENASQUE

Texto completo:

El Pleno del Ayuntamiento de Benasque, en sesión celebrada el día 27 de julio de 2018, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Visto que, por esta Presidencia se detectó la necesidad de realizar la contratación de las obras consistentes en Proyecto de ejecución Ampliación Centro Docente de Enseñanza Infantil La Mainada Benasque debido a la necesidad de cumplir los ratios de alumno/aula habida cuenta la normativa existente en la materia y los convenios correspondientes suscritos con el Gobierno de Aragón. Aprobado el Proyecto de Obras correspondiente, efectuado el replanteo y existiendo la disponibilidad de los terrenos, se incorpora el mismo a este expediente de contratación. Dada la característica de la obra, por esta Presidencia se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento abierto, mediante tramitación Ordinaria. Visto que se emitió Informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, a los efectos de determinar el órgano competente para contratar. Visto que se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que, por Resolución de Alcaldía de fecha de firma electrónica, se aprobó iniciar el expediente para la contratación referenciada motivando la necesidad e idoneidad de la contratación propuesta. Visto que se redactaron e incorporaron al expediente las condiciones jurídicas, económicas y técnicas de ejecución del contrato. Visto que, por Secretaria Intervención, se realizó la retención de crédito oportuna, se emitió informe de los servicios jurídicos sobre las condiciones jurídicas, económicas y técnicas de ejecución del contrato, y se emitió informe de fiscalización del expediente con las conclusiones siguientes: de conformidad. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 y en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO:

PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto y tramitación Ordinaria para la obra consistente en Proyecto de ejecución Ampliación Centro Docente de Enseñanza Infantil La Mainada Benasque.

SEGUNDO. Autorizar, en cuantía de TRESCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS (311.379,50 €).

Importe 257.388,43 € Impuestos 21% Total 311.379,50 € el gasto que para este Ayuntamiento de la Villa de Benasque (Huesca) representa la contratación referenciada, con cargo a la aplicación

Ejercicio 2018 Aplicación presupuestaria 3210.60900 Importe 257.338,43 € Impuestos 54.041,07 € Total 311.379,50 € RC 3863 del estado de gastos del Presupuesto Municipal de este Ayuntamiento de la Villa de Benasque (Huesca) para el ejercicio 2018.

TERCERO. Aprobar las condiciones jurídicas, económicas y técnicas de ejecución del contrato que regirán el contrato de obras consistentes en Proyecto de ejecución Ampliación Centro Docente de Enseñanza Infantil La Mainada Benasque por procedimiento abierto mediante tramitación Ordinaria.

CUARTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de contratante anuncio de licitación, para que durante el plazo de veintiséis días puedan presentar las proposiciones que estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento de la Villa de Benasque (Huesca) [dirección https://http://benasque.sedelectronica.es].

QUINTO. Que por la unidad técnica de la entidad contratante se proceda a la recepción de las ofertas, valoración de las proposiciones y se eleve propuesta de adjudicación al órgano de contratación.

SEXTO.-Delegar en la Alcaldía Presidencia el ejercicio de las siguientes atribuciones de este Pleno relativas a la realización de cuantos actos jurídicos en derecho procedan relativos a la contratación y adjudicación de este expediente.

SEPTIMO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

OCTAVO. El órgano delegado ha de informar a este Pleno, a posteriori, en cada Pleno que se convoque y, en todo cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

NOVENO. Los actos dictados por esta Alcaldía Presidencia en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por este Pleno del Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a este Pleno la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse contra dichos actos.

DÉCIMO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante este Pleno expresa manifestación de no aceptación delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

UNDÉCIMO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

DÉCIMOSEGUNDO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que delegación se establecen en dichas normas.

Sometida la propuesta a votación, se acuerda aprobarla por unanimidad de los/as Sres/as Concejales.

Benasque, 30 de julio de 2018. El Alcalde, José Ignacio Abadías Mora