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Por Resolución de Presidencia nº 2017-0661 de fecha 25 de octubre, se aprobaron las bases y la ...

Publicado el 02/11/2017 (Nº 208)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA

Texto completo:

Por Resolución de Presidencia nº 2017-0661 de fecha 25 de octubre, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de Conductor Maquinista del Servicio de RSU para esta Comarca, mediante sistema de concurso-oposición por promoción interna.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR MAQUINISTA DEL SERVICIO DE RESIDUOS VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria Es objeto de las presentes bases la provisión de una plaza de conductor maquinista del servicio de residuos vacante en la plantilla de personal laboral de la Comarca de La Litera, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición. La referida plaza se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2017 aprobada por Resolución de Presidencia nº 2017-0627, de fecha 3 de octubre de 2017 , y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, número 190, de fecha 5 de octubre de 2017 cuyas características son: Denominación de la plaza: Conductor maquinista del Servicio de Residuos. Número de plazas: 1 Grupo: C2, Nivel: 16 Requisitos de acceso: ESO-Equivalente, permiso de conducción C y B y Certificado de Aptitud Profesional Funciones: Con el grado de responsabilidad, dificultad y complejidad del nivel de formación exigido para la provisión del puesto de trabajo, realiza los trabajos propios del oficio de conductor con la categoría profesional de oficial; lleva a cabo la conducción de los vehículos disponibles en el parque móvil comarcal.: pala camión, furgoneta, etc Es responsable de inspeccionar, poner a punto, velar por el buen estado y mantener limpio el vehículo o vehículos que tenga adscritos; colabora en el traslado de materiales y actividades relacionadas con el servicio asignado. Participa en aquellas otras funciones del ámbito de la RRSU que le sean encomendadas, siguiendo las directrices de sus superiores. Por ejemplo, el control de vehículos en el vertedero, así como de cantidades vertidas. Es responsable del equipo. Comunica las incidencias ocurridas durante el servicio. Otras funciones de su categoría que le puedan ser encomendadas, de acuerdo a la descripción recogida en la RPT en vigor. El sistema selectivo es el concurso-oposición.

SEGUNDA. Modalidad del Contrato La modalidad del contrato es laboral fijo, en régimen de dedicación a tiempo completo. Las condiciones serán las establecidas en el Convenio Colectivo del personal laboral de la Comarca de La Litera/La Llitera.

TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario: — Ostentar la cualidad de personal laboral fijo perteneciente al grupo inmediatamente inferior con una antigüedad de más de dos años como personal laboral en su puesto de trabajo, según lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, aplicado por analogía. — Estar en posesión de la titulación oficial exigida para el acceso a la superior categoría, o acreditar diez años de antigüedad en la categoría profesional inmediatamente inferior para el acceso a aquellas categorías que no requieran una titulación específica. (art. 17.3.b C.Colectivo) — Estar en posesión del permiso de conducción C y B. — Estar en posesión del Certificado de Aptitud Profesional en vigor. — No haber sido despedido mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que se pertenecía. — Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. — Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca de la Litera/La Llitera y se presentarán en el Registro de entrada de la Comarca o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y, en su caso, en la página web de la Comarca así como en el tablón de anuncios. La solicitud deberá ir acompañada de: — Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte. — Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen. — La titulación necesaria acceder a las plazas: fotocopia de la titulación exigida y del permiso de conducción y CAP.

QUINTA. Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Comarca, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Comarca. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse las pruebas. Los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se expondrán en el tablón de anuncios de la Comarca, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas.

SEXTA. Tribunal Calificador El Órgano de selección será colegiado, en número de cinco miembros y su composición se ajustará a lo establecido en el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del empleado público. Lo integrarán un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario. Por Resolución de la Presidencia y juntamente con los titulares serán nombrados los respectivos suplentes, procediéndose a la publicación de la composición del tribunal en el tablón de anuncios de la Comarca, en la web www.lalitera.org y Sección de Huesca del Boletín Oficial de Aragón. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer una titulación y especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. La pertenencia a los órganos de selección, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta, en representación o por cuenta de nadie. El Tribunal actuará con plena autonomía funcional, estando facultado para resolver las dudas y cuestiones que se presenten en torno a la aplicación e interpretación de las bases generales o específicas, y para tomar todo tipo de acuerdos necesarios para el desarrollo del proceso selectivo, en todo lo no previsto en bases. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en los Arts. 28 y/ó 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SÉPTIMA. Sistema de Selección y Desarrollo de los Procesos El orden de actuación de los aspirantes será el establecido para tal efecto por la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

FASE OPOSICIÓN: Máximo 20 puntos PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar por escrito, en el periodo máximo de 30 minutos un cuestionario de 20 preguntas relacionadas con el programa anexo a la convocatoria/preguntas respuesta múltiple. Se valorará el conocimiento que los aspirantes tengan sobre los temas que componen el programa de la convocatoria. 10 puntos. Este ejercicio será eliminatorio, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en la realización de un mínimo de dos pruebas prácticas relacionadas con las funciones correspondientes al puesto de trabajo objeto de la convocatoria: 10 puntos En este ejercicio se valorará la preparación de los aspirantes en relación con el trabajo a desarrollar. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada aspirante, en los diferentes ejercicios, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistente a la sesión. Las calificaciones de cada ejercicio ser harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Comarca.

FASE DE CONCURSO: Máximo 10 puntos. El Tribunal valorará exclusivamente los méritos presentados en documentos debidamente acreditados por los aspirantes antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En la fase de concurso se valorarán los siguientes méritos: a) Servicios prestados en categoría profesional idéntica o similar a la del puesto al que se concursa: 0,24 puntos por año de trabajo, con un máximo de 4 puntos. b) Servicios prestados en categoría profesional distinta a la del puesto al que se concursa: 0,12 puntos por año de trabajo, con un máximo de 4 puntos. c) Formación Profesional: 0,02 puntos por hora realizada de cursos de formación que guarden relación con la categoría profesional del puesto al que se concursa, que estén dentro de los Acuerdos de Formación Continua o hayan sido impartidos por Universidades o por Administraciones Públicas con un máximo de 2 puntos. Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en concepto de valoración de méritos serán hechas públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

OCTAVA. Calificación La puntuación de todos los ejercicios será de 0 a 30 puntos. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios correspondientes, a la que se adicionará la obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación final y el orden de puntuación. En el caso de empate se realizará una prueba complementaria a determinar por el Tribunal.

NOVENA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentación y Formalización de Contratos Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la Comarca, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobado, en la forma indicada en las bases, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia, de quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida. El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

DÉCIMA. Incidencias Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en un municipio diferente a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y los pactos de aplicación al Personal Funcionario y Convenio Colectivo del Personal del Comarca, así como las normas aplicables al personal laboral contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

ANEXO I. TEMARIO

1. La Constitución Española de 1978: estructura y principios fundamentales. Derechos y deberes: su garantía y suspensión. 2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La provincia y el municipio. 3. El régimen local español: La Administración Local en la Constitución de 1978. Régimen Jurídico: especial referencia a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 4. Las Comarcas: competencias, organización y régimen de funcionamiento. 5. La Comarca de La Litera: Creación, funciones, organización y régimen de funcionamiento. 6. La Comarca de La Litera: municipios, cascos urbanos y vías de comunicación. 7. Motores de gasolina y diesel: funcionamiento y operaciones de mantenimiento. 8. Conocimientos básicos de los sistemas hidráulicos elevadores. 9. Mecánica básica de los sistemas de compactación. 10. Vehículos de recogida de residuos. 11. Limpieza de vehículos de R.S.U. 12. Contenedores: tipos y mantenimiento 13. Contenedores: higiene y limpieza. 14. Equipos personales para la recogida: características. 15. Máquinas compactadoras: características, normas de seguridad en uso. 16. Residuos no admisibles en los vertederos controlados de R.S.U. 17. Normas básicas de prevención de riesgos laborales. 18. Equipamientos, tipos y usos de EPIS específicas en R.S.U 19. Las TIC aplicadas a los sistemas de R.S.U 20. El conductor como jefe de equipo.

ANEXO II- Modelo de instancia

D....…....., con DNI núm. …..., domicilio a efecto de notificaciones en calle ……..........., y teléfono/s ……................ y …...., con correo electrónico: ………………………… …………………..

EXPONE: Que enterado de la convocatoria para la selección, mediante concurso- oposición, por procedimiento de promoción interna, de una plaza de conductor maquinista del servicio de residuos.

DECLARO que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, por lo que SOLICITO se tenga por presentada esta solicitud y ser admitido al proceso selectivo solicitado. Documentación que se acompaña a la presente instancia: Fotocopia del documento nacional de identidad. Méritos alegados (Lugar, fecha y firma del solicitante).

SR. PRESIDENTE COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Presidente de esta Comarca, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Binéfar, 27 de octubre de 2017. El Presidente, Josep Anton Chauvell Larrégola