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PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO ...

Publicado el 09/12/2016 (Nº 234)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - OTROS ANUNCIOS
Emisor: CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN SOMONTANO

Texto completo:

PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO EN LAS INSTALACIONES DEL CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACION DE ORIGEN SOMONTANO.

BASES DEL PROCEDIMIENTO

I. OBJETO.

El presente procedimiento tiene por finalidad la adjudicación mediante el sistema de licitación, del contrato de arrendamiento de un local de negocio para el ejercicio de la actividad de Tienda y Restaurante.

El citado local está situado en la planta baja del edificio principal del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano y está compuesto de tres espacios, uno dedicado a Tienda, otro dedicado a Restaurante y otro dedicado a cocina común de los dos anteriores.

Para consultar el concreto emplazamiento y dimensiones de dicho local se pueden consultar los planos del mismo en las oficinas del C.R.D.O. Somontano.

II. REQUISITOS PARA OPTAR AL PRESENTE PROCEDIMIENTO.

1º) Las propuestas deberán ir dirigidas al Sr. Presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano.

Los interesados deberán formular su propuesta antes de las 15 horas del décimo día natural, que no coincida en sábado, domingo o festivo, contado a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP. Las propuestas serán presentadas en sobre cerrado en las oficinas del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano en horario de 8 a 15 horas. En el momento de la entrega se dará a cada interesado un acuse de recibo de su propuesta firmado por el Secretario del C.R.D.O. Somontano.

Las propuestas quedarán en los archivos del C.R.D.O. Somontano bajo la custodia y responsabilidad del Secretario del C.R.D.O. Somontano hasta el momento de su apertura.

2º) Las propuestas deberán hacer referencia, como mínimo, a las siguientes particularidades:

a) Objeto a que se refiere: Concurso para la obtención de contrato de arrendamiento de local de negocio para la explotación de la actividad de Tienda y Restaurante en el edificio del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano.

b) Nombre, edad, domicilio del solicitante, persona física o jurídica y título o calidad en virtud de la cual actúa en el presente procedimiento. Asimismo, en el caso de personas jurídicas, deberá manifestarse el nombre del administrador, gerente o directivo con quien deberá tratar el C.R.D.O. Somontano. En este caso, deberá presentarse copia de los documentos constitutivos de la sociedad y del nombramiento de sus representantes.

c) Declaración jurada de hallarse al corriente del pago de obligaciones a la Hacienda Pública y a la seguridad Social.

d) Descripción detallada de las características y estilo de la actividad que pretende llevarse a cabo. En este apartado deberán incluirse todos aquellos aspectos característicos y relevantes del proyecto empresarial del solicitante.

e) Oferta económica que será mejorable al alza partiendo del tipo de 21.600 euros + IVA (veintiún mil seiscientos euros + IVA) para el arrendamiento del local durante el periodo de un año, incrementándose año tras año con el IPC correspondiente.

III. CONDICIONES BASICAS DEL CONTRATO QUE SE LICITA.

a) El contrato a otorgar lo será de Arrendamiento de Local de Negocio y estará regido por lo dispuesto en las cláusulas y disposiciones particulares que se estipulen. En lo no dispuesto en las citadas cláusulas, se estará subsidiariamente a lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente y en lo dispuesto en el Código Civil.

b) La duración del contrato se pactará expresamente con la adjudicataria, no habiendo inconveniente de pactar a largo plazo.

c) El adjudicatario deberá realizar una inversión mínima de 200.000 euros para el amueblamiento de la cocina, restaurante y tienda. Esta inversión servirá como aval del contrato que se firme.

d) En cuanto al calendario de apertura, será condición indispensable que el adjudicatario se comprometa a mantener abierto el local –en el horario y con las condiciones que se concreten en el contrato- durante, al menos, seis días a la semana.

e) El adjudicatario deberá comprometerse a respetar la normativa del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano en cuanto a los usos y accesos a las instalaciones.

f) El arrendatario deberá respetar las condiciones higiénico-sanitarias exigidas para el desempeño de su actividad y garantizará, asimismo, un servicio y calidad correctos y acordes con la Institución arrendadora.

g) El arrendatario contratará los seguros necesarios para cubrir los riesgos que en el desempeño de su actividad puedan surgir; la concreción de cuales sean dichos riesgos y su consiguiente cobertura se realizará en el contrato de arrendamiento.

IV. APERTURA DE PROPUESTAS.

El acto de apertura de propuestas será a las 12 horas del día hábil siguiente, que no coincida en sábado, al de finalización del plazo de presentación de propuestas. Dicho acto será público y al mismo asistirán:

El Presidente del Consejo Regulador de la D.O. Somontano. El Secretario del Consejo Regulador. Los Vocales del Consejo Regulador.

V. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

El Pleno del Consejo Regulador otorgará el arrendamiento a aquel peticionario que presente una propuesta más ventajosa en su conjunto, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma. Los puntos a valorar son los siguientes:

1º) Mejora al alza del canon de licitación fijado.

2º) Calidad y garantías de la instalación, servicio que se ha de prestar y solvencia y trayectoria profesional del peticionario.

El resultado del procedimiento, que será inapelable, se dará a conocer el día hábil siguiente al de apertura de propuestas.

En el caso de que el Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano estime que ningún peticionario reúne las condiciones necesarias para ser adjudicatario de este arrendamiento, el procedimiento quedará desierto.

VI. FIRMA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

El adjudicatario del contrato y el C.R.D.O. Somontano iniciarán de inmediato los contactos al objeto de plasmar las condiciones concretas del contrato de arrendamiento. La firma del contrato es condición indispensable para el inicio de la actividad. Si por cualquier circunstancia, las partes no se hubieran puesto de acuerdo en la firma del contrato antes del día 15 de enero de 2017, el adjudicatario del procedimiento perderá todos sus derechos y el C.R.D.O. Somontano podrá dirigirse al peticionario que ocupe el segundo puesto de la lista.

Barbastro, 7 de diciembre de 2016. El Presidente, Mariano Beroz Bandrés