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Aprobado por Acuerdo de Pleno de fecha 14 de diciembre de 2015, el Pliego de Condiciones que ha de ...

Publicado el 16/12/2015 (Nº 239)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE SAHÚN

Texto completo:

Aprobado por Acuerdo de Pleno de fecha 14 de diciembre de 2015, el Pliego de Condiciones que ha de regir la adjudicación del contrato de concesión del aprovechamiento cinegético del monte de utilidad pública 110, de titularidad del Ayuntamiento de Sahún y sito en este Término Municipal, se expone al público durante un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, a fin de que puedan presentarse las solicitudes de participación por los interesados.

1.-OBJETO DE CONTRATO

Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación de la concesión del aprovechamiento cinegético del Monte de Utilidad Pública número 110 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de esta provincia denominado “Puerto de Sahún y Montaña Cambra”, con las siguientes características:

Monte Nº UP: 110. Nombre: Puero de Sahún y Montaña Cambra. Pertenencia: Ayuntamiento de Sahún. Término Municipal: Sahún. Partido Judicial: Boltaña. Comarca: La Ribagorza. Espacios Naturales: ENP Parque Posets Maladeta (ENP 104); LICs Posets- Maladeta (ES000149) y Sierra de Chía- Congosto de Seira (ES2410056; ZEPAs Cotiella- Sierra Ferrera (ES0000280) y Posets Maladeta (Es0000149). Especies principales que lo pueblan: Pinus Sylvestris. Enclavados: Se desconocen. Superficie Total (ha): 2.242,00. Lindes: NORTE: Finca particular “La Montañeta y monte de UP nº 111”Puyarbal”, de la pertenencia y término de Sahún. ESTE: Monte de UP nº 111”Puyarbal”, de la pertenencia y término de Sahún y propiedades particulares. SUR:Términos Municipales de Villanova y San Juan de Plan. OESTE: Monte de UP nº 112 “Clot y Elit” de la pertenencia y término de San Juan de Plan.

Esta concesión, por la propia naturaleza de la misma, sólo podrá adjudicarse a Sociedades de Cazadores deportivas federadas en la Federación Aragonesa de Caza o a la propia Federación Aragonesa de Caza, y se efectúa, como causa de la misma, con la obligación esencial de, una vez adjudicada, constituir un coto deportivo de caza para la explotación del aprovechamiento cinegético objeto de la misma, en los términos y condiciones que para los mismos se establece en el artículo 25 de la Ley 1/2015, de 12 de Marzo, de Caza de Aragón.

2.-TIPO DE LICITACIÓN

El tipo de licitación se fija en mil cuatrocientos treinta y cuatro euros y sesenta y ocho céntimos anuales (1.434,68 €), pudiendo mejorarse al alza, sujetándose las proposiciones y mejoras, que habrán de hacerse por escrito.

3- DURACIÓN DEL CONTRATO

El contrato para la concesión del aprovechamiento cinegético tendrá una duración de siete anualidades de caza, que se iniciará con la fecha correspondiente a la apertura del periodo para caza mayor del año 2.016 y finalizando en todo caso el 28 de febrero del año 2.023, plazo que quedará prorrogado por el mismo tiempo, de forma automática, salvo declaración expresa en contrario del titular d ellos terrenos o de los derechos cinegéticos, que, en todo caso, deberá hacerse con seis meses de antelación a la fecha de finalización, según dispone el artículo 15 de la Ley 1/2015, de 12 de Marzo, de Caza de Aragón.

4.- ORGANO DE CONTRATACIÓN

Considerando que la cesión de los derechos cinegéticos deberá hacerse por un plazo no inferior a siete años, el órgano competente será el Pleno, en aplicación de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

5.- EXPOSICIÓN SIMULTANEA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOOMICAS ADMINSITRATIVAS Y DEL ANUNCIO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.

Se podrán presentar reclamaciones contra el pliego durante diez días hábiles siguientes al de la publicación de su anuncio.

Si se produjeran reclamaciones contra el pliego, se suspenderá la licitación y el plazo para la presentación de proposiciones, reanudándose el que reste a partir del día siguiente al de la resolución de aquellas.

6.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN .

La adjudicación del presente contrato se realizará en régimen de concurrencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, puesto que según el artículo 93, 1-4, que tiene carácter de legislación básica a tenor de lo dispuesto en la Disposición Final 2.ª de la citada Ley, “el otorgamiento de concesiones sobre bienes de dominio público se efectuará en régimen de concurrencia, salvo que se dé alguno de los supuestos del art. 137, 4 de la misma ley, o se trate de circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, o en otros supuestos establecidos en las leyes.”

La remisión a la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas, viene dada por la Ley 15/2006, de Montes de Aragón que, dentro de los aprovechamientos forestales incluye la caza -art. 68.4-, y en cuanto al régimen jurídico aplicable a los aprovechamientos forestales cuando se realicen en montes públicos, exige que sea mediante el correspondiente título o licencia -art. 76.3-

7- CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en los presentes Pliegos, sin atender exclusivamente al precio de la misma, y sin poderse declarar desierta la licitación si existe proposición u oferta admisible.

En el supuesto caso de igualdad de puntos, se adjudicará a la que haya presentado mayor oferta económica, y si persistiera el empate se resolvería por sorteo.

Los criterios que regirán el presente concurso serán los siguientes y con las puntuaciones que se determinan en el cuadro siguiente:

1. OFERTA ECONÓMICA:

Se asigna una puntuación máxima de 7 puntos sobre 10. El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se hará de forma proporcional (regla de tres), considerando que el doble (o cantidad superior) del precio de licitación sería la puntuación máxima de 7 puntos y el precio de licitación, 0 puntos. El resto de proposiciones económicas serán valoradas proporcionalmente con relación a la máxima establecida, aplicando la siguiente fórmula:

PUNTUACIÓN = (precio oferta – 1.434,68) x 7 / 1.434,68

2. LIMPIEZA DE LOS CAMINOS EXISTENTES.

Se puntuará con un punto cada jornada de limpieza, con un máximo de tres puntos sobre diez Se deberá comunicar al Ayuntamiento de Sahún, las fechas previstas para realizar estos trabajos, debiendo aportar fotográficas del antes y el después.

8.-CAPACIDAD DE LOS LICITADORES

Únicamente podrán presentar proposiciones para la concesión de los derechos cinegéticos las Sociedades de Cazadores deportivas federadas en la Federación Aragonesa de Caza, y en sus estatutos deberá reconocerse el derecho a ser socio a los cazadores locales, o la propia Federación Aragonesa de Caza y el aprovechamiento cinegético se realiza por cazadores afiliados a dicha federación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1/2015, de 12 de Marzo, de Caza de Aragón.

9.-PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA

9.1.- La proposición u oferta, que será secreta, se presentará en sobre cerrado en el que figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN DEL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DEL M.U.P. Nº 110 “PUERTO DE SAHÚN Y MONTAÑA DE CAMBRA ”. Este sobre contendrá dos sobres independientes A y B, debidamente cerrados, con la misma inscripción referida en el apartado anterior y un subtítulo.

9.2.- El SOBRE A se subtitulará DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE OBRAR DEL CONTRATISTA.

Y contendrá los siguientes documentos:

a) Documentación acreditativa de ser una Sociedad de Cazadores Deportiva federada en la Federación Aragonesa de Caza (Art. 25 Ley 1/2015, de 12 de Marzo, de Caza de Aragón. ). Así como la inscripción en el registro correspondiente.

b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del compareciente. c) Poder bastante a favor del compareciente, para poder presentar la proposición y suscribir, en su caso, el oportuno contrato administrativo.

d) Estatutos o Documento de constitución de la Sociedad.

e) Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar, de las previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

f) Los que acrediten hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 9.3.- El SOBRE B se subtitulará OFERTA ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Y contendrá:

- la propuesta económica que se ajustará, en todo caso, al Modelo que se adjunta.

- resto de documentos relativos a los criterios de valoración diferentes al del precio que se han establecido en la base 7ª del presente pliego.

MODELO DE PROPOSICIÓN

Don ................................................, con domicilio a efecto de notificaciones en ................, calle............., nº........................,y con DNI núm..............., en representación de........................, con CIF...........,.como acredito por..................., enterado de la convocatoria de la licitación para la adjudicación de la concesión del aprovechamiento cinegético del M.U.P. 110, sito en el municipio de Sahún, anunciado en el BOP núm.............de fecha.............., tomo parte en la misma comprometiéndome a realizar el aprovechamiento cinegético en dicho monte por el precio de _______________-€. anuales (en letra y número), con arreglo al pliego de cláusulas administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público.

(Lugar, fecha y firma de los proponentes).

Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este pliego.

9.4- No podrá presentarse más de una proposición por licitador.

9.5- Plazo y lugar de presentación de proposiciones.

Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento de SAHÚN, PLAZA MAYOR, 1 22468 SAHÚN (HUESCA), en horario de atención al público (de 9 a 14 horas), dentro del plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de Contratante. Si el último día coincidiera con sábado o festivo se trasladará al día hábil inmediato siguiente.

Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días naturales siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

10.-MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación estará constituida, según lo dispuesto en la D. A. 2.ª del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, por los siguientes componentes: un Presidente que será, el Alcalde o miembro de la Corporación en quién delegue y un mínimo de dos vocales designados entre los concejales miembros de la Corporación, actuando de Secretaria, la Secretaria- Interventora de la Corporación.

Para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros.

Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente.

11.- APERTURA DE PROPOSICIONES

La Mesa de Contratación se constituirá a las trece horas del décimo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.

Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de tres días hábiles para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Finalizado el plazo de subsanación, si lo hubiera, la Mesa procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación. En el supuesto de no haber plazo de subsanación la Mesa, una vez calificados los sobres “A”, podrá proceder a la apertura y examen de los sobres “B” en el mismo acto. Tras la lectura de dichas ofertas, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios establecidos en este Pliego.

12.-GARANTIAS

No se establece garantía provisional para participar en la licitación a que se refiere el presente pliego. Se establece una garantía definitiva por valor del 5 % del importe de la adjudicación, que deberá constituirse por cualquiera de los modos señalados en la legislación de contratos del Sector Público y con carácter previo a la adjudicación, siendo su incumplimiento causa de no formalización de la misma.

La garantía definitiva garantizará el cumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones del contrato, siendo incautada por el Ayuntamiento como penalización en el supuesto de incumplimiento del contrato.

13.- FORMA DE PAGO.

A) El pago anual correspondiente a la concesión del aprovechamiento cinegético, objeto de esta contratación, se hará efectivo en el ayuntamiento de Sahún con anterioridad al 15 de septiembre de cada año, excepto la anualidad correspondiente a la temporada de caza 2015/2016 que se efectuará en el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación.

B) El adjudicatario vendrá obligado al pago de las tasas que se señalen por el aprovechamientopor el Servicio Provincial de Agricultura y Medio Ambiente.

Las cantidades que se deban ingresar por el concepto del 15 % del Fondo de Mejoras del Monte 110, se descontarán de la cantidad a ingresar directamente al Ayuntamiento de Sahún.

El incumplimiento de los plazos de ingreso dará lugar a la resolución del contrato.

14.- IMPUESTOS Y GASTOS

Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluidos los gastos de inserción de anuncios en Boletines Oficiales exigidos para la celebración de este contrato.

15.-DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATIARIO DE LA CONCESION.

a) El adjudicatario de la concesión del aprovechamiento cinegético, deberá realizarla bajo la exclusiva clasificación del COTO DEPORTIVO DE CAZA, en los términos del artículo 25 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón.

b) La contratación de la concesión del derecho de caza, se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario y no podrán solicitarse ninguna revisión del precio a la baja.

c) El adjudicatario deberá obtener por su cuenta la resolución del Órgano competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la constitución del Coto Deportivo de Caza.

d) El adjudicatario deberá dar cumplimiento como titular del Coto Deportivo de Caza que se constituya, a cuantas obligaciones materiales y formales le correspondan, y que vengan señaladas por la legislación que le sea de aplicación.

e) El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se ocasione con la caza, así como los ocasionados por las especies cinegéticas todo ello en los términos que establezca la legislación.

f) El adjudicatario deberá practicar el deporte de la caza conforme a las normas legales.

g) El adjudicatario deberá poner en conocimiento de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sahún, cualquier hecho anormal que se produzca en el coto deportivo de caza.

h) Las mejoras que se hagan en el monte durante el periodo que dure la concesión, quedarán en favor del Ayuntamiento sin ser indemnizables ni valorables en ningún caso a favor del adjudicatario.

i) De resultar adjudicatario un coto deportivo no local, deberá admitir a coste cero a los cazadores empadronados en el Término Municipal.

16.-OBLIGACIONES ESPECIALES

a) El adjudicatario está obligado a la guarda y vigilancia del coto de caza, debiendo disponer de forma obligatoria y a su costa de un sistema de vigilancia que asegure de forma suficiente el correcto aprovechamiento de las especies cinegéticas y la implementación de las medidas de control y seguimiento establecidas con carácter obligatorio tanto al adjudicatario como al titular del monte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la Ley de Caza de Aragón.

b) El adjudicatario deberá cuidar de la conservación de los hábitats de las especies silvestres tanto cinegéticas como no cinegéticas.

c) El adjudicatario, en las contrataciones del personal que deba prestar servicio en los montes objeto del aprovechamiento, atenderá preferentemente a la contratación de vecinos del municipio.

d) El concesionario estará obligado a obtener todos los permisos administrativos que sean precisos para el desarrollo de la actividad, tanto municipales como de cualesquiera otra administración pública.

e) El adjudicatario deberá disponer de una póliza de seguro para responder de la responsabilidad patrimonial por cualquier daño que se pudieran derivar de la gestión, disfrute o del propio aprovechamiento cinegético.

f) El adjudicatario queda obligado a mantener durante todo el periodo de vigencia del contrato todos los medios materiales, personales y formales a que se haya comprometido, tanto los que se deriven de los criterios de selección (económicos y de contratación de personal) como los restantes que vengan exigidos por la legislación aplicable o por el presente pliego de condiciones.

17.-CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley y el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones, las cuales se conceptúan, a tales efectos, como esenciales. Específicamente es causa de resolución la no implantación de la actividad, la cesación posterior de la misma o el incumplimiento de alguno de los criterios de selección.

La resolución implicará la pérdida de la fianza definitiva, en todo caso, inclusive la terminación de la concesión antes del plazo fijado, debiendo abonarse al Ayuntamiento los daños y perjuicios efectivos que se le ocasionen.

18.-OTRAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS

Como ya se indicó con anterioridad, la adjudicación de la presente concesión se efectúa por el Ayuntamiento exclusivamente como propietario del terreno, sin que ello suponga implícitamente el otorgamiento de otras autorizaciones, permisos o licencias municipales exigidas por la legislación, cuya obtención es responsabilidad exclusiva del adjudicatario. Por ello, la presente concesión no prejuzga la actividad municipal preceptiva en los procedimientos administrativos necesarios para el otorgamiento de las autorizaciones exigidas por la legislación.

19.-ADJUDICACION Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:

La justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y con la hacienda municipal o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.

La justificativa de haber constituido la garantía definitiva.

En el caso de haber presentado compromiso de limpieza de caminos preexistente (según el criterio de valoración establecido en la cláusula 7ª), deberán presentar las fechas previstas para realizar las correspondientes jornadas de trabajo. En el supuesto de que no se presenten estos documentos, por haber sido un criterio valorado en el procedimiento de selección y que ha podido ser determinante para la propuesta de adjudicación, se dejará sin efecto la misma, procediéndose a realizar la adjudicación en favor la propuesta siguiente.

Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

Hecha la adjudicación se procederá a requerir al adjudicatario para la formalización del contrato en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento.

El presente contrato tiene naturaleza jurídica privada, formalizándose en documento administrativo.

A petición del adjudicatario o cesionario se formalizará en escritura pública, siendo a su costa los gastos de otorgamiento. En este caso, vendrá obligado a la entrega de una copia autorizada al Ayuntamiento.

Una vez constituido el coto, y sin perjuicio de que se haya hecho la adjudicación, el adjudicatario deberá acreditar que dispone efectivamente de los medios necesarios para el cumplimiento de las obligaciones que del propio pliego de condiciones se derivan para la correcta ejecución del contrato.

20.-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.

Esta contratación tiene carácter privado, quedando sometida a la jurisdicción contencioso administrativa respecto a los actos jurídicos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación, y a la jurisdicción civil en cuanto a los efectos y extinción.

Sahún, 15 diciembre de 2015. La Alcaldesa, Lourdes Ascaso Dieste