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ENAJENACIÓN MEDIANTE ADJUDICACIÓN DIRECTA M.ª Luisa Barona Santiago, Jefa de la Unidad Central ...

Publicado el 06/06/2018 (Nº 107)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA. TESORERÍA. RECAUDACION DE TRIBUTOS. UNIDAD CENTRAL DE EMBARGOS

Texto completo:

ENAJENACIÓN MEDIANTE ADJUDICACIÓN DIRECTA

M.ª Luisa Barona Santiago, Jefa de la Unidad Central de Embargos de la Excma. Diputación Provincial de Huesca,

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio n.º 2011/376P, que se instruye en esta Unidad, he dictado la siguiente:

“PROVIDENCIA,- Habiendo quedado desierta la subasta celebrada el día 26 de abril de 2018 del inmueble abajo referenciado, embargado a Jesús Porta Lansac con NIF 17994960J, por débitos al Ayuntamiento de Huesca, cuyo anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 36, de fecha 21 de febrero de 2018, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 107 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR), se ha iniciado por esta Unidad Central de Embargos, el procedimiento de enajenación mediante adjudicación directa de dichos bienes.”

De conformidad con lo establecido en el artículo 107.4 del RGR, pueden presentarse ofertas, sin que exista precio mínimo por haberse celebrado subasta con dos licitaciones. Ello no implica la aceptación de cualquier oferta. Las ofertas se presentarán en la Unidad Central de Embargos, ubicada en al calle de Los Olivos, 1D, Bajos, de Huesca, en horario de 9:00 a 14:00; en sobre cerrado, con el lema “ADJUDICACIÓN DIRECTA expediente n.º 2011/376P, haciendo constar nombre, apellidos o razón social, Número de Identificación Fiscal, domicilio y teléfono del ofertante e indicando el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien. El plazo de admisión de ofertas será de un mes natural contado a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Bien a enajenar: Finca 1. Naturaleza de la finca: Urbana Término municipal: Huesca Derechos del deudor: Pleno dominio de la mitad indivisa y con carácter privativo Situación y descripción: Urbana. Departamento uno. Local en planta baja del edificio. Tiene una superficie útil de doscientos cuarenta y seis metros cuadrados. Linderos: frente, portal, zaguán de entrada y caja escalera, y calle Artigas; derecha, calle Vidania; izquierda, portal, zaguán de entrada y caja escalera e inmueble número 9 de la calle Artigas de Gerson Gutiérrez, y fondo, inmueble número 3 de la calle Vidania, de Jesús Porta Lansac. Cuota: cuarenta enteros seis centésimas por ciento. Forma parte en régimen de propiedad horizontal de una casa en Huesca en la calle Artigas, número 11, Datos Registrales: Tomo 2197. Libro 644 de Huesca. Folio 136. Finca 45129 de Huesca. Valor de Tasación: 33.120 euros

Detalle de las cargas: Sin Cargas

1.- Oferta mínima admisible: la mesa no ha fijado precio mínimo, sin perjuicio de que salvaguarde el principio de proporcionalidad en las ofertas presentadas.

2.- Se adjudicarán los bienes a quien ofrezca las mejores condiciones económicas. Se formulará propuesta razonada de adjudicación a la Mesa, si existen uno o varios posibles adjudicatarios.

3.- El adjudicatario deberá realizar el pago en los quince días siguientes a la adjudicación.

4.- Los bienes serán entregados al adjudicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe concertado y se justifique el pago o exención en su caso, de los tributos e impuestos que graven la transmisión de los bienes.

5.- En todo lo no previsto expresamente, se estará a lo establecido para la enajenación por subasta en lo que resulte aplicable.

RECURSOS: Se puede interponer recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente de la publicación de este anuncio. Podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, o en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente en el que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que se con considere procedente.

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y en el artículo. 73 RGR.

Huesca, 4 de junio de 2018. La Jefa de la Unidad Central de Embargos, María Luisa Barona Santiago