ACUERDO PLENARIO DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA DE 7 DE AGOSTO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE ...

Publicado el 14/08/2020 (Nº 155)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE HUESCA. URBANISMO
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Texto completo:

ACUERDO PLENARIO DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA DE 7 DE AGOSTO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA LA RENOVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS DENTRO DEL AREA DELIMITADA PARA EL ARRU DE HUESCA

BDNS (Identif.): 520068

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/520068)

Primero. Beneficiarios:

Quienes asuman la responsabilidad de la ejecución, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o cooperativas.

No podrán ser beneficiarios aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes sean beneficiarios de las ayudas del programa de fomento de la rehabilitación edificatoria reguladas en el Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021, regulador del Plan aragonés fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2018- 2021, ni cuando se hayan obtenido ayudas con el mismo objeto en los planes anteriores.

Segundo. Objeto y finalidad:

Las presentes Bases tiene por objeto la regulación de las subvenciones por concurrencia competitiva para los ejercicios 2020-2021 para la renovación y rehabilitación de edificios y viviendas dentro del Área de regeneración y renovación urbana de Huesca – en adelante ARRU -, definidos en la Memoria programa y Acuerdo citados anteriormente, así como la instrucción de los procedimientos para su concesión dentro del Plan Aragonés para el fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la rehabilitación y renovación urbanas en el periodo 2019-2021.

Todo ello con el objeto de potenciar el uso residencial, asegurando la diversidad social y el realojamiento de la población residente, ajustándose a la normativa del planeamiento urbanístico vigente, aplicándose las disposiciones sobre eliminación de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad, así como la mejora de la eficiencia energética de los nuevos edificios que deberán tener una calificación energética mínima “B”, y cumplir en todo caso con las exigencias del Código Técnico de la Edificación.

Tercero. Bases reguladoras:

El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. El Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021.

Convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Aragón con fecha 30 de julio de 2018 para la ejecución del Plan Estatal en Aragón.

La Memoria Programa de fecha Octubre 2019 para la delimitación del ámbito de regeneración y renovación urbana de Huesca define y concreta las actuaciones que se llevarán a cabo.

Acuerdo de Comisión Bilateral, relativo al Área de Regeneración y Renovación Urbana del Centro Histórico de Huesca, entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Aragón y el Excmo. Ayuntamiento de Huesca firmado el 15 de octubre de 2019.

El Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Huesca, actuando como entidad colaboradora, para la realización de las actuaciones incluidas en acuerdo de Comisión Bilateral relativo al Área de Regeneración y Renovación Urbana del Centro Histórico de Huesca, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, firmado el 27 de diciembre de 2019.

Cuarto. Importe:

Ministerio de Fomento: hasta 12.000 €/vivienda o 120 €/m2 local, hasta 30.000 €/vivienda en renovación, y 4.000 €/año en realojo temporal.

Gobierno de Aragón: hasta 3.000 €/vivienda o 30 €/m2 local y hasta 7.500 €/vivienda en renovación, con un máximo del 10% del coste subvencionable.

Ayuntamiento de Huesca: hasta 3.000 €/vivienda o 30 €/m2 local y hasta 7.500 €/vivienda en renovación, con un máximo del 10% del coste subvencionable.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes para esta Convocatoria comenzará el 17 de agosto 2020.

El plazo finalizará a las 14,00 horas del día 30 de septiembre de 2020.

Huesca, 13 de agosto de 2020. El Alcalde Accidental del Ayuntamiento de Huesca, José M.ª Romance Plou