ORDEN de 25 de septiembre de 2001, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se completa la declaración originaria de Bien de Interés Cultural de la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza), conforme a la Disposición Transitoria primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 22/10/2001 (Nº 124)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO
Anexos Descargar Anexos Registros Descargar Registros 

Texto completo:

ORDEN de 25 de septiembre de 2001, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se completa la declaración originaria de Bien de Interés Cultural de la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza), conforme a la Disposición Transitoria primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en el apartado segundo de su Disposición Transitoria Primera, establece que mediante Orden del Consejero del Departamento responsable de Patrimonio Cultural podrán completarse las declaraciones originarias, determinando los bienes muebles y el entorno afectado que deban considerarse parte integrante por las declaraciones de Bien de Interés Cultural.

La entrada en vigor de la Ley Aragonesa de 1999 ha supuesto la revisión de los numerosos expedientes tramitados con anterioridad a la misma y la necesidad de completarlos de acuerdo con las exigencias en ella establecidas.

El artículo 21 de la citada Ley dispone que las declaraciones de Bienes de Interés Cultural describirán el bien, debiendo expresar claramente, al menos, su delimitación, los bienes muebles integrantes del bien y el entorno afectado.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, por Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 28 de marzo de 2001, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón" el 16 de abril de 2001, se inició el correspondiente procedimiento de delimitación de la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza), declarada Bien de Interés Cultural por Decreto del Ministerio de Cultura de 12 de enero de 1983, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 5 de marzo de 1983. Por Orden de 18 de junio de 2001 del Departamento de Cultura y Turismo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón" el 4 de julio de 2001, se amplió el plazo para la resolución del expediente iniciado.

El citado expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, así como las prescripciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, notificándose a los interesados y resolviéndose un periodo de información pública en el que se formularon Alegaciones, las cuales fueron debidamente contestadas.

Igualmente se dio audiencia a los interesados en cuyo trámite no se hizo ninguna manifestación.

Asimismo, la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Zaragoza emitió informe favorable a la delimitación del Bien y su entorno planteada.

En su virtud, de conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, el Consejero de Cultura y Turismo, resuelve: Primero.--Objeto.

Es objeto de la presente Orden delimitar la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza) y su entorno de protección, en aras de completar la declaración originaria de Bien de Interés Cultural de 12 de enero de 1983.

Segundo.--Régimen jurídico.

El régimen jurídico aplicable a la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza) y a su entorno es el previsto en la Sección Primera, del Capítulo I, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los Bienes de Interés Cultural.

Tercero.--Publicidad.

La presente Orden será publicada en el BOA y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Ateca.

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso potestativo de Reposición ante el Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza, 25 de septiembre de 2001.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO

ANEXO I: DESCRIPCION DEL BIEN Y SUS PARTES INTEGRANTES, PERTENENCIAS Y ACCESORIOS

Se trata de una Iglesia de nave única, ábside heptagonal y capillas laterales. Los dos primeros tramos de la nave se cubren con bóveda de crucería simple y el tercero con bóveda estrellada.

La Torre es de planta cuadrada y consta de dos cuerpos. Tiene estructura de alminar con las escaleras cubiertas por bóvedas de medio cañón y crucería simple. Los vanos del cuerpo inferior son uno aquillado y otro rebajado. La decoración presenta bandas superpuestas de arcos de herradura apuntados, aspas inscritas en cuadro, espiga, esquinillas y arcos apuntados entrecruzados, todo ello combinado con discos y fustes de cerámica.

BIENES MUEBLES INTEGRANTES DE LA DENOMINADA IGLESIA DE SANTA MARIA EN ATECA (ZARAGOZA)

Retablos: 1. Retablo de Santa Quiteria, de 1574.

2. Retablo (hoy) de la Virgen del Pilar, del siglo XVII.

3. Retablo de la Anunciación, de finales del siglo XVI.

4. Retablo Mayor dedicado a la Asunción de Mª, del siglo XVII.

Imaginería: 5. Imagen de la Virgen de la Peana, del siglo XVI.

6. Imagen gótica policromada de Cristo Crucificado, de finales del siglo XIV.

7. Imagen policromada de la Asunción de María, del siglo XVIII.

Otros muebles: 8. Organo restaurado recientemente, de 1799.

Lienzos: 9. Dos lienzos de grandes dimensiones referentes a la Virgen de la Peana, del siglo XVIII.

Orfebrería: 10. Dos Cruces procesionales de plata en su color, de los siglos XVII y XVIII.

11. Custodia de plata sobredorada en forma de sol, de 1617.

12. Custodia de plata en su color tipo sol, del siglo XVIII.

Textiles: 13. Frontal de mesa de Altar y Terno de terciopelo rojo, del siglo XVI.

La delimitación gráfica de la denominada Iglesia de Santa María y su Torre en Ateca (Zaragoza) y su entorno se detallan en el Plano que se adjunta como Anexo II a esta Orden.

ANEXO II: PLANO DE DELIMITACION DE LA DENOMINADA IGLESIA Y TORRE DE SANTA MARIA EN ATECA (ZARAGOZA) Y SU ENTORNO