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ORDEN de 16 de mayo de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declara la Escuela de Artes y Oficios, sita en la Plaza de la Catedral nº 8 de Teruel, como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés

Publicado el 10/06/2008 (Nº 77)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

ORDEN de 16 de mayo de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declara la Escuela de Artes y Oficios, sita en la Plaza de la Catedral nº 8 de Teruel, como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Igualmente señala que aquellos bienes que, pese a su significación e importancia, no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural, se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.

Por Resolución, de 29 de octubre de 2007, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se incoa procedimiento y se abre un periodo de información pública para la declaración de la Escuela de Artes y Oficios, sita en la Plaza de la Catedral nº 8 de Teruel, como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés. Dicha Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 20 de noviembre de 2007.

El expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que no se presentaron alegaciones. Posteriormente se concedió el trámite de audiencia a los interesados en el que no hubo manifestaciones.

En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, resuelvo:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la Escuela de Artes y Oficios, sita en la Plaza de la Catedral nº 8 de Teruel. La descripción y delimitación del Bien se recogen en los Anexos I y II de esta Orden.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable a la Escuela de Artes y Oficios, de Teruel, y a su entorno de protección, es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Teruel.

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente ORDEN que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso potestativo de Reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza, 16 de mayo de 2008.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

Mª VICTORIA BROTO COSCULLUELA

ANEXO I

DESCRIPCIÓN DE LA ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS (TERUEL)

La Escuela de Artes y Oficios de Teruel (1963-1967), obra del arquitecto José María García de Paredes, es uno de los escasos ejemplos destacados de arquitectura contemporánea en la trama consolidada del centro histórico de Teruel.

Se sitúa en un solar en esquina con fachadas a la plaza de la Catedral y la calle Amantes, en un entorno monumental creado por la proximidad de la Catedral, la Casa del Deán y la Casa Consistorial. El edificio se apoya en un conocimiento profundo del lugar para integrarse de manera ejemplar en su entorno sin perder la expresión propia de un centro de enseñanza proyectado en pleno siglo XX. El volumen queda definido por las dimensiones de la parcela de forma casi rectangular, por el edificio colindante y por el amplio programa de necesidades. Se desarrolla en cinco plantas más bajo cubierta, siendo una de ellas semisótano.

Exteriormente las dos fachadas de la Escuela se conciben en continuidad. El cerramiento se realiza con ladrillo visto de color tostado oscuro combinado con el verde de carpinterías y bajantes. En la composición los huecos horizontales se disponen entre amplias fajas horizontales de ladrillo, predominando el macizo sobre el hueco. El orden horizontal se altera intencionadamente por los huecos verticales del acceso, por el hueco singular en esquina de la planta primera y por las líneas verticales de las bajantes vistas. En la coronación, el alero es continuo en todo el perímetro y vuela sobre la fachada, creando una zona de sombra en la parte superior del edificio.

Además, la Escuela de Artes y Oficios de Teruel es el punto de arranque de otras obras de García de Paredes en las que el recurso del aparejo y la forma del hueco se convierten en argumento compositivo. En general, podemos decir que el edificio conserva gran parte de su autenticidad e integridad al no haber sufrido reformas importantes que hayan alterado su imagen.

ANEXO II

PLANO DE DELIMITACIÓN DE LA ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS (TERUEL) Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN