Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2019, de la Gerencia de Sector de Calatayud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefatura de Grupo de Atención Primaria, en la plantilla orgánica de personal de la Dirección de Atención Primaria del Sector de Calatayud.

Publicado el 30/05/2019 (Nº 103)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Calatayud, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 71.1 de dicha norma reglamentaria, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefe de Grupo en la plantilla orgánica de personal de Atención Primaria del Sector de Calatayud, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Jefatura de Grupo de Atención Primaria.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección de Atención Primaria del Sector de Calatayud.

- Jornada de Trabajo: Mañana/tarde

- Nivel de complemento de destino: 19

- Funciones:

a) Organización de las Unidades administrativas de los Centros de Salud del Sector.

b) Gestión del personal administrativo y celadores adscritos a dichas Unidades en lo relativo a control de permisos, vacaciones, sustituciones, turnos de trabajo y otras ausencias.

c) Colaboración en la formación de dicho personal y de los empleados de nueva incorporación a la Unidad.

d) Apoyo en el control de ausencias y permisos del personal sanitario facultativo, no facultativo y Unidades de Apoyo (matronas, salud bucodental,...)

e) Colaboración en el correcto funcionamiento de las aplicaciones informáticas corporativas en su ámbito de aplicación.

f) Gestión de los circuitos documentales relacionados con "Salud Informa", Derechos y Garantías de los usuarios

g) Colaboración en el despliegue de todas aquellas estrategias y programas del Departamento.

h) Coordinación, en su ámbito de responsabilidad, con el resto de personal de la Dirección de Atención Primaria.

i) Representación de su Unidad ante la Dirección y el resto de las Unidades de Atención Primaria y en general, todas aquellas actividades relacionadas con su ejercicio profesional que, dentro de su ámbito de actuación, le sean encomendadas por los correspondientes responsables.

- Desempeño: temporal en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Aragonés de Salud, y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Retribuciones: las correspondientes al personal estatutario del puesto convocado.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario que, además de reunir los requisitos generales especificados en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud:

a) posea la condición de personal estatutario fijo de alguna de las categorías de personal estatutario de Gestión y Servicios encuadradas en los subgrupos C1 o C2, o de funcionario de carrera en los mismos cuerpos o escalas, o de personal laboral fijo en las mismas categorías, en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud,

b) o se encuentre prestando servicios, como personal estatutario temporal, en alguna de dichas categorías, en una plaza de la plantilla orgánica de personal de Atención Primaria del Sector de Calatayud.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud, dirigida a la Gerencia del Sector de Calatayud. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Hospital Ernest Lluch (Ctra. Sagunto-Burgos, km. 254, CP 50300 Calatayud), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, y breve currículum académico, profesional y formativo. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de la Dirección de Atención Primaria del Sector de Calatayud.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante Resolución de la Gerencia del Sector Calatayud, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección de Atención Primaria y del Hospital Ernest Lluch, una vez haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Calatayud la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Jefatura de Grupo cuya provisión ahora se convoca. Dicha propuesta sólo podrá recaer en personal temporal si se motiva la inexistencia de candidato idóneo entre quienes concurran al procedimiento ostentando la condición de personal fijo.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector de Calatayud dictará y publicará Resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante Resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado Resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la Resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la Resolución de la Gerencia de Sector de Calatayud que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Jefatura de Grupo convocado.

El nombramiento para el puesto de Jefatura de Grupo tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público también en el "Boletín Oficial de Aragón", se harán públicos en el tablón de anuncios de la Dirección de Atención Primaria y del Hospital Ernest Lluch, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Calatayud, 1 de marzo de 2019.

El Gerente de Sector de Calatayud,

J. IGNACIO BARRASA VILLAR