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ACUERDOS del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, adoptados en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012.

Publicado el 03/12/2012 (Nº 235)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en sesión celebrada el día 30-10-2012, adoptó los siguientes acuerdos:

I. Aprobar el Acta de la Sesión celebrada el día 11-9-2012.

II. Expedientes dictaminados por el Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel.

1. Alcañiz: Aaprobación definitiva de la revisión n.º 2 del Plan General de Ordenación Urbana. Cot- 2010/ 73.

Primero.- Aprobar definitivamente, de forma parcial, la revisión n.º 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcañiz, conforme a lo establecido en el artículo 42.1 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, pueden considerase cumplidos los requisitos procedimentales, competenciales, documentales y materiales establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, en lo relativo a las siguientes clases y categorías de suelo y ámbitos territoriales:

- El Suelo Urbano Consolidado, incluido en ámbitos denominados como de planeamiento remitido.

- El Suelo Urbano No Consolidado incluido en Unidades de Ejecución, con excepción de la Unidad de Ejecución n.º 19 ubicada en el barrio rural de Puigmoreno.

- El Suelo Urbano No Consolidado, pendiente de planeamiento especial.

- El Suelo Urbanizable Delimitado de uso Residencial en su totalidad y el de uso industrial, con excepción del nuevo Sector propuesto SUDI-02.

- El Suelo No Urbanizable, tanto en sus categorías de genérico como en la de especial.

Todo ello condicionado al cumplimiento de los reparos que obran en este acuerdo y a la subsanación de las prescripciones establecidas por los informes sectoriales.

Segundo.- Suspender, de forma parcial, la aprobación definitiva de la revisión n.º 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcañiz, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.2 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, y el artículo 64.3 apartado e) del Decreto 52/2002, de desarrollo de la citada ley al considerar que existen deficiencias documentales que impiden el pronunciamiento fundado sobre el cumplimiento de los requisitos legalmente exigibles, en los siguientes ámbitos territoriales:

- La Unidad de Ejecución n.º 19 del Suelo Urbano No Consolidado del barrio rural de Puigmoreno y el nuevo Sector de Suelo Urbanizable Delimitado de uso funcional industrial ubicado en el polígono de la Estación, puesto que precisan la pertinente tramitación con pronunciamiento previo del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental sobre la necesidad de someter las mismas al procedimiento de Evaluación Ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.4 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

2. Alcalá de la Selva: Texto refundido del Plan General de Ordenación urbana. Cot 2011/ 59.

Primero.- Aprobar definitivamente, el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de la Selva, conforme a lo establecido en los artículos 49 y 50 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, Urbanística de Aragón, al considerarse cumplidos los requisitos procedimentales, competenciales, documentales y materiales establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, respecto a las modificaciones de los artículos de las Normas Urbanísticas 5.2.2.4, 3.1.2.5 y 7.4.1.

Segundo.- Mostrar conformidad con el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de la Selva, puesto que satisface las prescripciones impuestas por el Consejo Provincial de Urbanismo, en sus acuerdos de fechas, 4 de julio de 2011 y 25 de abril de 2012

Tercero.- Proceder a la publicación del texto íntegro de los acuerdos de aprobación definitiva de este Plan General así como del contenido normativo del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73 y la Disposición Adicional Quinta de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

3. Bezas. Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana.(Cpu - 2011 / 110)

Primero.- Aprobar definitivamente, de forma parcial, el Plan General de Ordenación Urbana de Bezas, conforme a lo establecido en el artículo 42.1 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, urbanística de Aragón, por considerase cumplidos los requisitos procedimentales, competenciales, documentales y materiales establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, en lo relativo al Suelo Urbano en su totalidad, incluido en las categorías de Consolidado y No Consolidado.

Segundo.- Proceder a la publicación de la Aprobación Definitiva de este Plan General de Ordenación Urbana y del contenido normativo no pendiente de reparos, según lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta y en el artículo 73.2 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

4. El Vallecillo. Mostrar conformidad con el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana. (Cpu - 2012 / 13)

Primero.- Aprobar definitivamente, de forma parcial, el Plan General de Ordenación Urbana de El Vallecillo, conforme a lo establecido en el artículo 42.1 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, urbanística de Aragón, ya que pueden considerase cumplidos los requisitos procedimentales, competenciales, documentales y materiales establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, en lo relativo al Suelo Urbano No Consolidado, que dará lugar a una Unidad de Ejecución n.º 1.

Segundo.- Mostrar conformidad con el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana de El Vallecillo, puesto que satisface las prescripciones impuestas por el Consejo Provincial de Urbanismo, en su acuerdo de Aprobación Definitiva de fecha 25 de abril de 2012.

5. Mezquita de Jarque. Informe vinculante sobre la Modificación n.º 1 del Plan General de Ordenación Urbana. (Cpu-2012 / 113).

Primero.- Informar favorablemente la Modificación n.º 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Mezquita de Jarque, por considerar cumplidos los requisitos procedimentales, conpetenciales y materiales, exigidos en el planeamiento vigente.

Segundo.- Una vez la Modificación, sea aprobada definitivamente por el Ayuntamiento de Mezquita de Jarque, deberá publicarse en Boletín Oficial para su entrada en vigor, tanto el acuerdo de aprobación definitiva como el texto íntegro de lo modificado, y remitir un ejemplar del documento técnico al Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, debidamente diligenciado por Secretaría del Ayuntamiento, de tal aprobación definitiva.

6. Cabra de Mora. Informe vinculante sobre la Modificación n.º 2 del Plan General de Ordenación Urbana. (Cpu-2012 / 112).

Primero.- Informar favorablemente la Modificación n.º 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Cabra de Mora, por considerar cumplidos los requisitos procedimentales, conpetenciales y materiales, exigidos en el planeamiento vigente.

No obstante, deberá completarse la documentación presentada cumplimentándose las fichas de datos urbanísticos incluidas en el anexo V del Decreto 54/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA) y debiendo presentar un ejemplar de la documentación en soporte digital conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la referida Norma Técnica.

Segundo.- Una vez la Modificación, sea aprobada definitivamente por el Ayuntamiento de Cabra de Mora, deberá publicarse en Boletín Oficial para su entrada en vigor, tanto el acuerdo de aprobación definitiva como el texto íntegro de lo modificado, y remitir un ejemplar del documento técnico al Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, debidamente diligenciado por Secretaría del Ayuntamiento, de tal aprobación definitiva.

7. Gea de Albarracín. Informe vinculante sobre la Modificación n.º 5 del Plan General de Ordenación Urbana. (Cpu-2012 / 110).

Primero.- Informar favorablemente las submodificaciones n.º 1.1. y n.º 2 de la modificación n.º 5 del plan general de ordenación urbana de Gea de Albarracín, con los siguientes reparos:

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición Transitoria Única de la Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA), aprobada por Decreto 54/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, y que entró en vigor el 6 de octubre de 2011, deberán cumplimentarse las fichas de datos urbanísticos incluidas como anexo V de dicha Norma Técnica y presentarse la documentación técnica en formato digital.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79.4 de la Ley 3/2009, deberá hacerse constar en el expediente la identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobre las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a su iniciación, según conste en el registro de la propiedad o, en su defecto, en el catastro.

Segundo.- Suspender la emisión de informe, relativo a las submodificaciones n.º 1.2 y 1.3, hasta tanto se aporte una justificación de su necesidad o conveniencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 3/2009 y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de dicho texto legal. Del mismo modo, en el caso de la submodificación n.º 1.2 deberán aportarse las autorizaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Comunidad de Regantes de Gea de Albarracín así como la presentación de una ordenación pormenorizada en los dos ámbitos que permita dar por cumplido lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley 3/2009.

Tercero.- Una vez la parte informada favorablemente de la Modificación, sea aprobada definitivamente por el Ayuntamiento de Gea de Albarracín, deberá publicarse en Boletín Oficial para su entrada en vigor, tanto el acuerdo de aprobación definitiva como el texto íntegro de lo modificado, y remitir un ejemplar del documento técnico al Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, debidamente diligenciado por Secretaría del Ayuntamiento, de tal aprobación definitiva.

8. La Iglesuela del Cid. Informe sobre la Modificación de la Delimitación del Conjunto Histórico (cpu - 2012 / 115)

El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, acordó:

Primero.- Informar favorablemente la modificación de la delimitación del conjunto histórico y entorno de protección de la Iglesuela del Cid., con las consideraciones establecidas en este acuerdo sobre la propuesta de revisión del PEPRI para adaptar sus contenidos a la Ley 3/1999, de Patrimonio Cultural Aragonés que se deberá tramitar según lo establecido en el artículo 60 de la Ley 3/2009, de Urbanismo de Aragón.

9. Informar favorablemente la rehabilitación de edificio para vivienda de turismo rural, emplazado en polígono 12, parcela 721 del suelo no urbanizable de Albarracín. Promotor: Eugenio Herrero Calvé, condicionado al cumplimiento de:

- La autorización de la Subdirección Provincial de Carreteras para la conducción de agua, desagües, luz y teléfono al pie de talud, en la carretera A-1512, de fecha 4 de septiembre de 2012.

- La autorización de la Confederación Hidrográfica del Júcar, por ubicarse la actuación en zona de policía de cauce público (río Turia), así como el cruce del mismo mediante conducciones ancladas a una pasarela existente y paralelismo de dichas conducciones de servicios con el cauce, de fecha 23 de julio de 2012.

- El informe del Servicio Comarcal de Turismo, de cumplimiento de los requisitos mínimos determinados en el Decreto 69/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento sobre ordenación y regulación de los alojamientos turísticos denominados Viviendas de Turismo Rural.

- El informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, de fecha 3 de noviembre de 2011,

10. Informar favorablemente, la linea aérea de baja tensión para alimentación de los barrios de "los ibañez bajos" y de "los lucas" en varias parcelas del polígono 4 y 5 del suelo no urbanizable especial de Olba. Promotor: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., condicionado a que se aporte ante el Ayuntamiento para su autorización el Análisis de Impacto Ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.3.2.3 de las Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial y al cumplimiento de los condicionantes que se establecen en el informe de INAGA de 27 de julio de 2012.

11. Informar favorablemente, la mejora de las comunicaciones del sistema autómatico de información hidrográfica (saih) de la confederación hidrográfica del júcar, en monte público n.º 210 "pinar alto" del suelo no urbanizable de Torrijas. Promotor: Confederación Hidrográfica del Júcar, condicionado a lo dispuesto por el inaga en su Informe de 7 de agosto de 2012.

12. Informar favorablemente, la construcción de nave abierta destinada a almacén temporal de resíduos procedentes del mantenimiento de infraestructuras eléctricas en polígono 686, parcela 75, del suelo no urbanizable del municipio de Alcañiz. Promotor: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. haciendo constar que previamente a la obtención de la Licencia Urbanística, el Ayuntamiento deberá solicitar informe al Inaga ya que la actuación se ubica dentro del área de protección para la conservación del Cernícalo primilla (Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón).

13. Informar favorablemente la instalación de línea subterránea de media tensión, centro de seccionamiento y centro de transformación para repetidor de televisión y radio en Javalambre ttmm. en polígono 6, parcela 617 del suelo no urbanizable de Camarena de la Sierra. Promotor: Dpto. de Ciencia, Tecnología y Universidad del Gobierno de Aragón condicionado a lo dispuesto por el Inaga en su Resolución de fecha 28 de agosto de 2012

14. Informar favorablemente, la instalación de linea aérea alta tensión 220 kv s.e.t. "pe la loma-s.e.t. valdeconejos", en poligono 1, parcelas 3, 5,9000, 9003, 205, y poligono 16 parcela 2.del suelo no urbanizable de Cuevas de Almudén. Promotor: Comiolítica S.L.U., condicionado al cumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) de fecha 7 de junio de 2012 por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental y a la obtención de la Autorización por la Confederación Hidrográfica del Ebro por cruzamientos en el Barranco de la Umbría del Buitre.

15. Informar favorablemente la renovación de edificio para vivienda, emplazado en poligono 9, parcelas 388 a del suelo no urbanizable del municipio. de Albarracín. Promotor: M.ª Angeles Giménez Alonso, condicionado al informe delIinaga sobre el régimen de protección para el cangrejo de río común, Autropotamobius pallipes, y se aprueba el Plan de Recuperación, en base al Decreto 127/2008, de 9 de mayo, del Gobierno de Aragón.

16. Informar favorablemente, cambio de emplazamiento centro de transformación, en poligono 65, parcela 4 del suelo no urbanizable del Barrio de San Blas en Teruel. Promotor: Endesa Distribución Eléctrica.

17. Informar favorablemente, la explotación de la concesión minera "huesa i" n.º 6013, en polígono 20, parcelas 37, 38, 39, 40 41, 42, 43 y 57 del suelo no urbanizable de Huesa del Común. Promotor: Imerys Tiles Minerals España, S.A., condicionado al cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 29 de abril de 1997, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental y el Proyecto de Restauración de la Concesión Directa de la Explotación, de fecha 2 de marzo de 1999 del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento de Teruel.

18. Informar favorablemente, la instalación de explotación de caliza y aprovechamiento de recursos de la sección a) áridos, en polígono 69, parcelas 66-106 y 171 del suelo no urbanizable de Teruel. Promotor: Emipesa, S.A. condicionado a los requisitos establecidos en la Resolución de 9 de mayo de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, relativa al impacto ambiental de la explotación de recursos de la sección a) áridos, cantera "San Blas".

19. Declarar finalizado el expediente de renovación y rehabilitación del "mas de les casetes", tramitado a instancia de Elsa Pedrola Jándula, por considerarlo desistido del procedimiento de solicitud de autorización especial en el Suelo No Urbanizable, Polígono 58, Parcela 218 en Valderrobres, ordenando el archivo de las actuaciones, ya que no se ha cumplimentado el requerimiento a que se refiere la parte expositiva de esta propuesta, en el plazo establecido por la ley.

20. Declarar finalizado el expediente de central solar fotovoltaica sobre cubierta de nave ganadera, tramitada a instancia de La Baraja Solar, S.L., por considerarlo desistido del procedimiento de solicitud de autorización especial en el Suelo No Urbanizable, Polígono 4, Parcela 16 en San Martin del Rio, ordenando el archivo de las actuaciones, ya que no se ha cumplimentado el requerimiento a que se refiere la parte expositiva de esta propuesta, en el plazo establecido por la ley.

Lo que se hace público en este Boletín, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 101/2010, de 7 de junio.

Teruel, 30 de octubre de 2012.- La Secretaria del Consejo, Ruth Cárdenas Carpi.