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RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 3 de julio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de la categoría de Enfermero/a en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 10/08/2018 (Nº 155)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Por Resolución de 3 de julio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, fue convocado procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de la categoría de Enfermero/a en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 138, de 18 de julio de 2018), advertidos errores en la citada resolución, se proceden a corregir en los siguientes términos:

Primero.- Modificar el punto 3.3 de la Base tercera de la Resolución de 4 de julio de 2016, referida a la participación de quienes se encuentren en situación administrativa de reingreso en plaza con carácter provisional, que queda redactado como sigue:

3.3. Aquellos que se encuentren en situación administrativa de reingreso en una plaza con carácter provisional en centros sanitarios dependientes del Servicio Aragonés de Salud, estarán obligados a participar en este procedimiento. En el caso de no obtener plaza, habiendo solicitado, al menos, todas las convocadas de su categoría, y en su caso especialidad, de la correspondiente modalidad de atención primaria, atención especializada o atención continuada en su sector sanitario, y resulten desplazados del puesto que vienen ocupando, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas vacantes existentes, debiendo solicitar en primer lugar las vacantes de la modalidad y sector sanitario en que se encontraban reingresados, y posteriormente, si fueran de su interés, las de cualquier otro sector, donde podrán reingresar siempre que no existan vacantes de su modalidad en el sector de procedencia, o por pasar a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

El personal reingresado provisionalmente en plazas adscritas a la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias de Aragón, vendrá obligado a solicitar todas las vacantes que se convocan en dicha Gerencia, correspondientes al sector sanitario en función de la ubicación de la plaza en la que se encuentra en situación de reingreso provisional. A estos efectos, las vacantes convocadas en el Centro Coordinador de Urgencias (Zaragoza) se entienden adscritas al Sector Sanitario de Zaragoza III.

Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de este servicio de salud, no obtengan destino, sin haber solicitado todas las vacantes ofrecidas en su sector, o no participen en este procedimiento, serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma al menos dos años antes de poder solicitar un nuevo reingreso provisional o a efectos de su participación en ulterior procedimiento de movilidad.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de Alzada ante la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 2 de agosto de 2018.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

JAVIER MARIÓN BUÉN