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RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2013, de la Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 16 de enero de 2013, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, sobre procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Publicado el 15/10/2013 (Nº 204)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Resolución de 16 de enero de 2013, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, desarrolla el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

En el periodo de aplicación de la misma se han apreciado dificultades de implantación derivadas de que algunos usuarios no habían conservado la documentación necesaria para la subsanación del cálculo del reintegro de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo de la mencionada resolución.

Habiéndose publicado esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", de 18 de enero de 2013 y surtiendo efectos a partir del día siguiente, algunos usuarios no habían conservado el original o copia compulsada del volante de instrucciones para el paciente o del cuerpo de la receta en dispensaciones producidas a partir del 1 de julio de 2012.

Siendo la numeración de las recetas a subsanar un dato necesario para la verificación de que no se han considerado en el cálculo del reintegro de oficio, procede admitir otro tipo de documentación supletoria para las dispensaciones realizadas antes del día 19 de enero de 2013.

En virtud de las competencias atribuidas en la disposición final primera de la Orden de 21 de diciembre de 2012, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón por la que se establece el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, resuelvo:

Primero.- Objeto

La presente resolución tiene por objeto modificar el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los asegurados pensionistas titulares y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria, que excedan de los límites máximos establecidos en el artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, añadiendo una excepción a la documentación a presentar cuando las aportaciones se han abonado con anterioridad a la publicación de la Resolución de 16 de enero de 2013.

Segundo.- Aportaciones abonadas con anterioridad a la publicación de la Resolución de 16 de enero de 2013 que den lugar a reintegro.

De forma extraordinaria, en la solicitud de subsanación del cálculo del reintegro a petición de los interesados para aportaciones abonadas antes del 19 de enero de 2013, se podrá omitir la presentación del original o copia compulsada del volante de instrucciones para el paciente o del cuerpo de la receta siempre que se presente la factura oficial de la farmacia dispensadora en la que conste nombre del paciente a cuyo nombre figuraban las recetas, fecha de cada dispensación, medicamentos dispensados, su precio de venta al público y la aportación abonada por cada uno de ellos.

En este supuesto y en aquellos casos en que esta documentación no aclare suficientemente la necesidad de subsanación del cálculo del reintegro, se podrán solicitar datos adicionales.

Disposición final única.- Entrada en vigor

Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón",

Zaragoza, 23 de septiembre de 2013.

La Directora Gerente del Servicio

Aragonés de Salud, M.ª ÁNGELES ALCUTÉN PESCADOR