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ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, por el que se somete a información pública la orden que, en base al índice de carga ganadera, declare los municipios de Aragón con sobrecarga ganadera por el exceso de nitrógeno de origen orgánico procedente de la actividad ganadera.

Publicado el 31/12/2018 (Nº 251)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Mediante Orden de 28 de agosto de 2017, de los Consejeros de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda y de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, se acordó el inicio del procedimiento para la elaboración de una orden conjunta, con el objetivo de que en base al índice de carga ganadera, declare los municipios de Aragón con sobrecarga ganadera por el exceso de nitrógeno de origen orgánico procedente de la actividad ganadera, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.

En la orden de inicio se acordaba, entre otros, someter el proyecto de orden de declarar determinados municipios con sobrecarga ganadera por el exceso de nitrógeno orgánico procedente de la actividad ganadera, estando la carga ganadera en función de la Unidades de Ganado mayor, resultantes de las especies ganaderas, y de los Kgs de nitrógeno producidos por plaza de ganado y año y de las superficies agrícolas útiles disponibles para la aplicación de los estiércoles. El proyecto de orden se somete al trámite de consulta pública previa por un plazo de diez días, y a los trámites de audiencia, dando traslado del texto a los operadores y organizaciones más representativos del sector ganadero para que formulen las alegaciones y realicen las propuestas que consideren oportunas, y también al de información pública, todo ello durante el plazo de un mes.

Cumplidos los trámites de audiencia e información pública previstos en la orden de inicio siguiendo los dictados del artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se considera oportuno, a la vista de la nueva orientación que pretende darse a algunas de las materias así como por la incorporación de determinados contenidos y por la supresión de otros, abrir un nuevo periodo complementario de audiencia e información pública para que puedan presentarse nuevas propuestas. Se quiere así garantizar que tanto las entidades representativas de colectivos con intereses en el sector pecuario como con carácter general cualquier persona tengan acceso al nuevo texto y así puedan valorar los cambios incorporados respecto a la primera redacción, realizando, si así lo estiman conveniente, las oportunas consideraciones. Al tratarse en todo caso de una actuación adicional a otra ya realizada y con el objeto de agilizar la tramitación del procedimiento, se considera oportuno, por entender que resulta suficiente, reducir hasta los quince días este nuevo periodo de audiencia e información pública.

En consecuencia, resuelvo:

Primero.- Someter la orden sobre zonas carga ganadera en el territorio de Aragón que se establece en las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas a un periodo de audiencia e información pública por un plazo de quince días, de conformidad con lo previsto en el artículo 33,1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.- El proyecto podrá examinarse en días hábiles en horario de oficinas en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza), la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario (edificio Maristas, plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.ª, Zaragoza) y Servicios Provinciales en Huesca (calle General Lasheras, 8), Teruel (calle San Francisco, 27) y Zaragoza (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, 36).

Igualmente, el texto está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad: http://www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, DNI, domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior así como por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2018.- El Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, Enrique Novales Allué.