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ORDEN CUS/603/2022, de 19 de abril, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026.

Publicado el 13/05/2022 (Nº 91)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

Con fecha 23 de marzo de 2022, el Gobierno de Aragón, adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026. Con la finalidad de dar la adecuada publicidad a dicho Acuerdo, dado el interés público que tiene la aprobación del citado modelo global de financiación de la universidad pública de Aragón y de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el apartado noveno del precitado Acuerdo, se procede a la publicación del mismo en el "Boletín Oficial de Aragón", que figura como anexo de esta Orden.

Zaragoza, 19 de abril de 2022.

La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO

ACUERDO DE 23 DE MARZO DE 2022, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL MODELO GLOBAL DE FINANCIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA PARA EL PERIODO 2022-2026

La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, incluye, entre otras, la garantía de calidad del sistema educativo y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respecto al principio de autonomía universitaria. Por otro lado, el Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye la competencia exclusiva 41.ª del artículo 71 en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la planificación, programación y coordinación de la actividad investigadora de la Universidad.

Asimismo, la Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Aragón, relativo a las competencias exclusivas, y los artículos 75 y 77, dedicados a las competencias compartidas y ejecutivas, respectivamente, aluden, a aspectos relacionados con la hacienda y la administración pública.

En la actualidad, la gestión de las competencias en materia de enseñanza universitaria corresponde al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, y las competencias en materia de dirección, desarrollo y ordenación de la política presupuestaria-financiera de la Comunidad Autónoma, así como del ejercicio de competencias en materia de deuda pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, corresponden al Departamento de Hacienda y Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Concretamente, el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento y en el artículo 1.3 letra e) atribuye a este Departamento, en el ámbito de la enseñanza universitaria, el ejercicio de las competencias previstas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, en relación con la Universidad de Zaragoza. Asimismo, de forma específica el artículo 15 de dicho Decreto reconoce en torno a las competencias contempladas en la Ley 5/2005, de 14 de junio, la planificación de la financiación universitaria.

Expuesto el marco competencial, es preciso referirse a las leyes que actualmente se refieren a la financiación universitaria. En este sentido, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, regula en su Título XI el régimen financiero y económico de las Universidades públicas, estableciendo en el artículo 79 como objetivo la disposición de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad.

La Ley 5/2005, de 14 de junio, ordena y coordina el sistema universitario de Aragón, tal y como afirma en su artículo 1, con respecto al principio de autonomía universitaria y en el marco del sistema universitario español y del espacio europeo de educación superior.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, el sistema universitario de Aragón está compuesto, entre otros actores, por las universidades creadas o reconocidas por ley. Según su artículo 3, la Universidad de Zaragoza constituye el elemento central del sistema universitario de Aragón, y emerge como un elemento clave y garante del servicio público de la educación superior y de la investigación.

Este papel esencial de la Universidad de Zaragoza justifica que el legislador haya regulado medidas destinadas a salvaguardar su funcionamiento y, por tanto, a garantizar su estabilidad financiera, y buena muestra de ello son las reglas establecidas en el Capítulo Primero del Título IV de la Ley 5/2005, de 14 de junio. A este respecto, tras sentar los principios que inspiran el sistema de financiación de la Universidad de Zaragoza, tales como el principio de estabilidad y suficiencia de los ingresos, y orientarlos a incentivar la mejor calidad del servicio de educación universitaria, configura los distintos tipos de financiación a realizar con cargo a los recursos provenientes del Gobierno de Aragón, consolidando así la responsabilidad y el compromiso de una financiación suficiente y estable por parte del Gobierno de Aragón.

En concreto, los distintos tipos de financiación de la Universidad de Zaragoza, en cuanto a los recursos provenientes del Gobierno de Aragón, se establecen en el artículo 51 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, siendo los siguientes: la financiación básica, la financiación condicionada a la consecución de objetivos, la financiación vinculada a la realización de inversiones en infraestructuras, la financiación para la realización de tareas investigadoras y la financiación para mejorar la relación entre la Universidad y la sociedad. Todos estos tipos de financiación están desarrollados en los artículos 52 a 56 de la Ley 5/2005, de 14 de junio.

De conformidad con lo anterior, y con la correspondiente participación de la Universidad de Zaragoza en los términos establecidos en la disposición adicional primera de la Ley 5/2005, de 14 de junio, con fecha 8 de marzo de 2016, se adopta el Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2016-2020 (publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 62, de 1 de abril de 2016). Mediante el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 10 de febrero de 2021, la vigencia de este modelo se prorroga durante el año 2021, respecto a la transferencia básica (publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 28 de abril de 2021).

El 5 de octubre de 2021, se dicta la Orden de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, por la que se acuerda el inicio del procedimiento relativo a la adopción del Acuerdo por el que se aprueba el Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026.

La Comisión Mixta Gobierno de Aragón-Universidad de Zaragoza, en la reunión celebrada el 14 de octubre de 2021, aprueba la propuesta del nuevo Modelo Global de Financiación, que incluye las siguientes actuaciones:

Transferencia básica.

Financiación ligada a objetivos para una Universidad Abierta, Verde y Amable.

Contrato-programa de los Institutos Universitarios de Investigación.

Contrato-programa relativo a la retribución del personal docente e investigador.

Contrato-programa de grandes obras en Infraestructuras.

Relación de la Universidad con la Sociedad.

En consecuencia, en esta propuesta se recogen diferentes actuaciones subsumibles en los tipos de financiación que figuran en la Ley 5/2005, de 14 de junio, llevadas a su máximo desarrollo histórico. A modo de resumen, cabe remarcar que los objetivos marcados en la programación universitaria tienen traslado en este modelo global de financiación para la transformación de la Universidad en su camino hacia 2030.

La propuesta aprobada sobre la financiación definida con la participación de la Universidad de Zaragoza se expresa en los términos que se indican a continuación:

Respecto a la actuación relativa al Contrato-programa relativo a la retribución de determinados complementos específicos del personal docente e investigador, es importante destacar que las anualidades de 2022 y 2023 ya están amparadas en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los complementos retributivos adicionales ligados a méritos individuales del personal docente e investigador de la Universidad de Zaragoza durante el periodo 2019-2023 y se aprueba la celebración del Contrato-programa entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la asignación y financiación de los citados complementos retributivos (Boletín Oficial de Aragón, número 4, de 8 de enero de 2019). En consecuencia, los compromisos económicos derivados del nuevo Modelo Global de Financiación afectarían a las anualidades comprendidas entre los años 2024 a 2026, debiéndose tramitar durante el ejercicio 2023 un nuevo contrato programa hasta el final del periodo del modelo global de financiación.

La actuación "Relación de la Universidad con la Sociedad" comprende la financiación de distintas actividades que se han venido articulando anualmente mediante una transferencia o subvención nominativa prevista en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, no precisando, por consiguiente, de ningún tipo de tramitación adicional.

En lo que respecta a la financiación básica, es necesario destacar que este tipo financiación, no condicionada al cumplimiento de objetivos, deberá ser suficiente para garantizar el funcionamiento general de la Universidad y atenderá a sufragar costes de personal, gastos de inversión en bienes y servicios y gastos de reparación, mantenimiento y conservación de instalaciones y equipamientos. Esto es, permanece vigente la exigencia establecida en la Ley 5/2005, de 14 de junio, de garantizar la financiación básica para el funcionamiento general de la Universidad de Zaragoza.

A este respecto, con fecha 28 de diciembre de 2021, la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería expidió el informe sobre el expediente de compromisos de gasto para ejercicios futuros (gasto plurianual) tramitado para la "Transferencia Básica a la Universidad de Zaragoza. Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026".

Igualmente, dicha Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería emitió, con fecha 28 de diciembre de 2021, el informe sobre la propuesta del Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021.

Asimismo, y con independencia del resto de trámites que deban llevarse a cabo para la aprobación de cada uno de los instrumentos de financiación previstos en este modelo global, la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería también ha emitido, con fecha 22 de marzo de 2022, los informes sobre los expedientes de compromisos de gasto para ejercicios futuros (gasto plurianual) tramitados para la financiación ligada a "Objetivos para una Universidad Abierta, Verde y Amable", "Contrato-programa de los Institutos Universitarios de Investigación", "Retribución Contrato-programa de Personal Docente e Investigador" y "Contrato-programa de Grandes Obras en Infraestructuras" del referido modelo.

En relación con el expediente de compromiso de gasto para ejercicios futuros (gasto plurianual) tramitado para la financiación ligada a "Relación de la Universidad con la Sociedad", en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022, el Consejero de Hacienda y Administración Pública emite las autorizaciones correspondientes con fecha 22 de marzo de 2022.

Con fecha 22 de marzo de 2022, la Intervención General emite informe sobre la propuesta del citado modelo.

Además, en cumplimiento del artículo 57.1 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, con fecha 24 de enero de 2022, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón emitió el preceptivo informe sobre los efectos del modelo de financiación de la Universidad de Zaragoza 2022-2026.

Por otra parte, el modelo expuesto acoge compromisos de gastos futuros con una duración de 5 años que exceden los porcentajes y el número de anualidades previstas en el artículo 41.5 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, ya que se hace necesaria su ejecución por períodos plurianuales, incluso de manera creciente en algunas partidas, con objeto de garantizar una adecuada financiación de la Universidad de Zaragoza.

De acuerdo con el artículo 41.6 del citado texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, compete al Gobierno de Aragón, a propuesta del titular del departamento competente en materia de hacienda, modificar los porcentajes de gasto de cada anualidad y ampliar el número de anualidades a comprometer, en los casos especialmente justificados y siempre de manera excepcional, como es el caso.

Por consiguiente, habiéndose efectuado la tramitación expuesta y en cumplimiento de las reglas establecidas en la Ley 5/2005, de 14 de junio, que exigen la adopción de un acuerdo del Gobierno de Aragón, y del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, la propuesta del nuevo marco de financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, realizada por la Comisión Mixta Gobierno de Aragón-Universidad de Zaragoza, debe ser sometida a la aprobación del órgano de gobierno de la Administración autonómica.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su sesión del día 23 de marzo se adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.- Aprobar el Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, que se adjunta como anexo, que contempla una financiación total de mil ochenta y dos millones ochocientos cuarenta y siete mil trescientos veinte euros (1.082.847.320 €).

Segundo.- Autorizar al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la distribución temporal de un gasto plurianual correspondiente a la transferencia básica de la Universidad de Zaragoza por importe de novecientos setenta y un millones seiscientos ocho mil trescientos ocho euros (971.608.308 €), modificando los porcentajes límite de cada anualidad de gasto y el número de anualidades previstos en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa al Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 17020 G/4228/440028/91002 (PEP 2006/000270), con el siguiente desglose por anualidades:

Tercero.- Autorizar al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la distribución temporal de un gasto plurianual correspondiente a la financiación ligada a objetivos para una Universidad Abierta, Verde y Amable de la Universidad de Zaragoza por importe de cinco millones de euros (5.000.000 €), modificando los porcentajes límite de cada anualidad de gasto y el número de anualidades previstos en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa al Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 17020 G/4228/740011/91002 (PEP 2021/000339), con el siguiente desglose por anualidades:

Cuarto.- Autorizar al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la distribución temporal de un gasto plurianual correspondiente a la financiación ligada al Contrato-programa de los Institutos Universitarios de Investigación por importe de diez millones ciento dieciséis mil quinientos cincuenta y ocho euros (10.116.558 €), modificando los porcentajes límite de cada anualidad de gasto y el número de anualidades previstos en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa al Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 17030 G/5423/440030/91002 (PEP 2008/000885), con el siguiente desglose por anualidades:

Quinto.- Autorizar al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la distribución temporal de un gasto plurianual correspondiente a la financiación ligada a Retribución Contrato-programa de Personal Docente e Investigador por importe de veintisiete millones de euros (27.000.000 €), modificando los porcentajes límite de cada anualidad de gasto y el número de anualidades previstos en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa al Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 17020 G/4428/440025/91002 (PEP 2006/000259), con el siguiente desglose por anualidades:

Sexto. Autorizar al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la distribución temporal de un gasto plurianual correspondiente a la financiación ligada al Contrato-programa de Grandes Obras en Infraestructuras por importe de cincuenta millones seiscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros (50.652.454 €), modificando los porcentajes límite de cada anualidad de gasto y el número de anualidades previstos en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa al Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 17020 G/4228/740011/91002 (PEP 2016/000029), con el siguiente desglose por anualidades:

Séptimo.- Facultar a la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad y al Consejero de Hacienda y Administración Pública para la tramitación y formalización de las actuaciones que se deriven de la aprobación del Modelo Global de Financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026.

Octavo.- El departamento competente en materia de enseñanza universitaria, en colaboración con el departamento competente en materia de hacienda, adoptará las medidas que sean necesarias para la interpretación, coordinación, desarrollo y ejecución del contenido del texto del citado Modelo Global de Financiación.

Noveno.- Este Acuerdo será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".

ANEXO

Modelo Global de Financiación

de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2022-2026

1. Introducción.

El régimen financiero y económico de las Universidades públicas se regula en el Título XI de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el cual se establece que se garantizará la disposición de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, establece como competencia compartida con el Estado la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que en todo caso incluye la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

Por otra parte, en el ejercicio de sus competencias la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. En su exposición de motivos, además de reconocer a la Universidad de Zaragoza como referente principal y garante del servicio público de la educación superior y de la investigación, afirma que es el elemento fundamental del sistema universitario de Aragón. Además, señala que la regulación de su sistema de financiación debe permitir ofrecer ciertas condiciones de estabilidad y permanencia financieras a la misma, con la finalidad de que ésta pueda llevar a cabo una planificación de su actividad que supere los límites temporales de un ejercicio presupuestario y destacando la responsabilidad y el compromiso de una financiación suficiente y estable por parte del Gobierno de Aragón.

Esta Ley dejó establecidos los principios generales y criterios que deben aplicarse en el sistema de financiación de la Universidad, aprobando un marco general descriptivo que debe concretarse en un Acuerdo del Gobierno de Aragón que podrá ser periódicamente variado para atender las distintas condiciones económicas y necesidades de la Universidad.

Las prioridades de una Sociedad se manifiestan en gran parte a través de los fondos públicos asignados al sistema educativo y de investigación y, muy especialmente, mediante la puesta en marcha de sistemas de gestión eficaces y transparentes.

El Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza se han comprometido a favor de una Universidad Pública como motor de cambio, igualdad e innovación social que reúna tanto el compromiso financiero desde la Comunidad Autónoma como la transparencia en la gestión. El mejor procedimiento para conseguir que la distribución de los fondos públicos se lleve a cabo con aceptación por parte de la Comunidad Autónoma y de la Institución Universitaria es que sea el resultado de un proceso de negociación y consenso entre ambas partes. Así lo ha entendido el Gobierno de Aragón y el presente Modelo emana de las reuniones celebradas por el Grupo de Trabajo integrado por la Dirección General de Universidades y el Consejo de Dirección de la Universidad de Zaragoza.

En coherencia y cumplimiento de los artículos 50 y siguientes de la Ley 5/2005, de 14 de junio, entre los objetivos fundamentales del Modelo Global de Financiación acordado se encuentran los siguientes:

— Lograr un plan plurianual estable, sostenible y sostenido en el tiempo, de consenso, respetando la autonomía universitaria y potenciando la transparencia y la rendición de cuentas.

— Fijar un sistema de distribución de los fondos públicos que, respondiendo al mandato legislativo, garantice los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad, mediante la cobertura de los gastos corrientes de la Universidad.

— Establecer un firme compromiso para lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones (económica, social y ambiental), de acuerdo con la Agenda 2030, integrando temas como los derechos humanos, el género, la juventud, el medio ambiente y las personas con discapacidad. Es preciso vincular el presupuesto y la financiación universitaria a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, de forma que se destinen recursos a mejorar la sostenibilidad y la responsabilidad social, implementando estrategias para llevar a cabo acciones concretas de mejora en estos aspectos.

El Capítulo Primero del Título IV de la Ley 5/2005, de 14 de junio, tras sentar los principios que inspiran el sistema de financiación de la Universidad de Zaragoza y que están orientados a incentivar la mejor calidad del servicio de educación universitaria, tales como el principio de estabilidad y suficiencia de los ingresos, configura en su artículo 51 los distintos tipos de financiación a realizar con cargo a los recursos provenientes del Gobierno de Aragón, que están desarrollados en los artículos 52 a 56:

— Financiación básica: Deberá ser suficiente para garantizar el funcionamiento general de la Universidad y atenderá a sufragar costes de personal, gastos de inversión en bienes y servicios y gastos de reparación, mantenimiento y conservación de instalaciones y equipamientos.

— Financiación vinculada a objetivos: Se realizará mediante Contratos-programa, que perseguirán la mejora de la calidad en la docencia, la investigación y la gestión.

— Financiación de inversiones: Se podrá ligar a contratos-programa o a convenios plurianuales. El Gobierno elaborará periódicamente, con participación de la universidad, un plan plurianual de inversiones en el que se especificarán las actuaciones a financiar.

— Financiación para investigación: Sin perjuicio de la básica, el Gobierno articulará periódicamente un plan de financiación de la investigación en el que se incluirán partidas que se destinen a obras de mejora y equipamientos y para el fomento de la investigación, desarrollo e innovación.

— Financiación para mejorar la relación entre universidad y sociedad: Bajo este enunciado cabe tanto la financiación al Consejo Social como actividades formativas extraordinarias. Podrán concretarse contratos-programa para políticas adicionales en esta materia.

De conformidad con lo anterior, y con la correspondiente participación de la Universidad de Zaragoza en los términos establecidos en la disposición adicional primera de la Ley 5/2005, de 14 de junio, se aprobó el 23 de marzo de 2011 el Acuerdo del Gobierno de Aragón, de programación de la financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2012-2016.

Posteriormente, mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 8 de marzo de 2016, se aprobó un nuevo modelo de financiación de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2016-2020 (publicado en el «Boletín Oficial de Aragón», número 62, de 1 de abril de 2016). La vigencia de este modelo global de financiación fue prorrogada durante el año 2021, respecto a la transferencia básica (publicado en el «Boletín Oficial de Aragón», número 91, de 28 de abril de 2021).

2. Financiación básica.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, la financiación básica debe cubrir la totalidad del gasto corriente de la Universidad. Llevado a la práctica, las necesidades de financiación se han concretado en la cantidad destinada a gastos corrientes genéricos, minorada por los ingresos procedentes de tasas universitarias y otros ingresos genéricos. Hay que poner de manifiesto, además, que el Gobierno de Aragón tiene entre sus objetivos la reducción paulatina de las tasas, para caminar hacia una universidad pública gratuita y de calidad. Conforme esta política se vaya materializando, en la medida que supone una minoración de ingresos de la institución académica, deberá producirse el correspondiente incremento mediante una compensación anual de la financiación básica.

Desde 1996, fecha en la que fueron transferidas las competencias en materia universitaria a la Comunidad Autónoma de Aragón, se han aprobado varios modelos de financiación. El último de ellos, aplicado en el periodo comprendido entre 2016 y 2020. El Modelo finalizó el 31 diciembre de 2020 sin haber concluido las negociaciones para la definición de un nuevo Acuerdo de Financiación, negociaciones que se vieron interrumpidas por la pandemia COVID-19 y que llevaron a activar la prórroga prevista en el propio Modelo que finalizaba. El Acuerdo de 10 de febrero de 2021, por el que se aprueba la prórroga del citado modelo para el periodo 2016-2020 durante el ejercicio económico 2021, fue publicado en el «Boletín Oficial de Aragón», número 91, de 28 de abril de 2021. En dicho Acuerdo de prórroga no se recogió el importe de 2.061.637 euros relativo a la mejora de posición relativa en los términos previstos en el punto 4 del apartado de Financiación Básica del Modelo Global de Financiación 2016-2020.

Para el primer año de vigencia del presente modelo, se han cuantificado las necesidades de financiación derivadas de sucesivas bajadas de tasas e incrementos de coste de personal, en aplicación de normativas autonómicas y estatales, que ha debido asumir la Universidad durante los últimos años sin una financiación específica que compense la minoración de ingresos y el aumento de gastos. Así, por ejemplo ocurre con el pago de los sexenios de transferencia regulados en la Resolución de 2018 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora; el pago de los fondos adicionales del 0,2%, 0,25% y 0,3%, contemplados en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2018, 2019 y 2020; el incremento retributivo previsto en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación; el pago de la cuota patronal de los nuevos profesores permanentes que se han incluido en el régimen de Seguridad Social; así como las sucesivas bajadas de tasas de Grado y Máster que se han sucedido desde el curso académico 2016-2017 y que han sido incluidas en los correspondientes Decretos de precios públicos del Gobierno de Aragón.

Para el periodo completo de vigencia del presente modelo, se ha realizado la cuantificación de las acciones necesarias para que la Universidad alcance, en su funcionamiento ordinario, los estándares de calidad que permitan situar a la Universidad de Zaragoza entre las mejores del Estado español. En esta fase, se han determinado las necesidades de personal y de gasto corriente que deberían ser cubiertas con la financiación básica con objeto de garantizar una correcta prestación del servicio público de educación universitaria en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Los gastos corrientes de la Universidad de Zaragoza están constituidos, básicamente, por los Capítulos I y II del presupuesto de gastos, gastos de personal y gastos en bienes corrientes. En estas dos grandes partidas existen algunos gastos que vienen cubiertos por ingresos finalistas. En consecuencia, en la realización del cálculo de las necesidades de financiación, se ha tenido en cuenta este extremo, eliminando, tanto en gastos como en ingresos, las partidas finalistas como, por ejemplo, los complementos retributivos (Acuerdo de 3 de diciembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los complementos retributivos adicionales ligados a méritos individuales del personal docente e investigador de la Universidad de Zaragoza durante el periodo 2019-2023) y se aprueba la celebración del Contrato - programa entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la asignación y financiación de los citados complementos retributivos, o la financiación, por parte del Servicio Aragonés de Salud, de las plazas vinculadas, entre muchos otros.

Así, se ha establecido la cifra de gastos corrientes genéricos (no finalistas) que deberán ser cubiertos por los ingresos genéricos, incluyendo la financiación básica.

El modelo de financiación básica cuenta por tanto con los siguientes elementos esenciales:

a) El modelo tiene como base jurídica el siguiente marco legal:

Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

b) Se trata de un modelo de escenario fijo, que englobe los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 con una distribución plurianual desde el inicio.

c) Está basado en los datos del anterior Modelo Global de Financiación 2016-2020.

Descripción conceptual del modelo de financiación básica.

1. En cuanto al capítulo de gastos de personal, se ha realizado una estimación realista del coste que va a suponer a la Universidad, la incorporación de nuevas medidas que son objeto de regulación por parte del Ministerio de Universidades y/o que atienden a necesidades esenciales del personal al servicio de las Universidades. En esta línea, los incrementos de coste de personal incluyen:

— Equiparación de complementos retributivos por méritos docentes e investigadores (quinquenios y sexenios) al personal docente e investigador laboral

— Equiparación del salario base de la figura del profesor ayudante doctor a la figura del profesor de secundaria

— Reestructuración de la plantilla eliminando la parcialidad para reducir la temporalidad y cumplir con los objetivos que marcan las leyes de ordenación universitaria, así como una modificación del encargo docente, que permita reconocer la docencia en todos los másteres en el cómputo docente y equilibrar el cómputo del encargo docente con la plantilla de profesorado, teniendo en cuenta las recomendaciones de la AIReF, en el marco de la legislación vigente

— Nuevas convocatorias del sexenio de transferencia

— Cumplimiento de la obligación, en la Oferta de Empleo Público, de asumir el coste del 15% de las plazas del Programa Ramón y Cajal y asimilados en áreas excedentarias

— Reposición de profesorado en áreas de salud y otras áreas críticas

— Mejora salarial del profesorado asociado

— Refuerzo de la plantilla de personal docente e investigador para incluir acciones de investigación e internacionalización

— Estabilización, especialización y mejora de plazas que atiendan a las necesidades estructurales de personal de administración y servicios

— Implementación de un sistema de evaluación del desempeño / carrera profesional del personal de administración y servicios, en cumplimiento de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público

— Deslizamiento de trienios y otros complementos retributivos

Respecto a los gastos corrientes, se ha analizado el gasto ejecutado durante el periodo de vigencia del anterior Modelo Global de Financiación. Se ha calculado el incremento promedio, excluyendo los datos de 2020, dado que ha sido un año de ejecución anómala debido a la pandemia COVID-19. El resultado es un incremento promedio anual del 1,36%. Como cifra de partida, se toma igualmente el promedio del gasto ejecutado en operaciones corrientes en los años 2016 a 2019. Sobre esa cifra, se aplica un crecimiento anual igual al calculado para el periodo anterior, el 1,36%, cifra prudente que refleja una evolución contenida del gasto.

Este mismo porcentaje de incremento, 1,36% anual, se estima igualmente para el crecimiento de los ingresos genéricos distintos a tasas y financiación básica. Las cifras previstas, bajo la hipótesis de mantenimiento de los ingresos por tasas académicas, serían las siguientes:

La cobertura de las necesidades de financiación (calculada como la diferencia entre el total de los gastos corrientes genéricos y el total de los ingresos corrientes genéricos) a través de la Financiación Básica en los años previos al anterior modelo se cifraba en un porcentaje próximo al 93%. Al finalizar el Modelo Global de Financiación 2016-2020 se había logrado superar el 95%. El objetivo del actual modelo es financiar el 100% del gasto corriente genérico al final del periodo.

De conformidad con lo anterior, el Gobierno de Aragón, con cargo a los presupuestos de los años 2022 a 2026, se compromete a destinar a la financiación básica de la Universidad de Zaragoza los siguientes importes:

2. Con objeto de adecuar el comportamiento de la Universidad de Zaragoza a la tendencia que experimente el principal factor de coste, durante su vigencia, el modelo deberá actualizarse mediante una compensación en el supuesto de que, en virtud de las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales, se regule un incremento en las retribuciones del personal. El importe relativo a la compensación mencionada se librará en el ejercicio económico en el que se aplique el incremento.

El Gobierno de Aragón compensará a la Universidad aquellos importes necesarios para cubrir incrementos de gastos y disminuciones de ingresos derivados de la aplicación de normativas autonómicas, que resulten de aplicación a la Universidad de Zaragoza sin ir acompañadas de la correspondiente financiación, y reclamará aquellas derivadas de la aplicación de normativas de la Administración General del Estado.

3. El Gobierno de Aragón librará mensualmente la cuantía resultante de dividir el total de su aportación, calculada de acuerdo con las presentes reglas, entre 12 meses pudiendo, a petición de la Universidad de Zaragoza, determinar otra periodicidad para efectuar libramientos que ayuden a mitigar las posibles tensiones cíclicas de tesorería.

4. El modelo de financiación se establece para cinco ejercicios presupuestarios (2022-2026), debiendo evaluarse sus efectos al final del último ejercicio por medio de un informe de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón. No obstante, con carácter transitorio, a la finalización del período de vigencia inicial, se podrá prorrogar por un año la aplicación del modelo por decisión del Gobierno de Aragón.

5. La Universidad de Zaragoza pondrá a disposición del Departamento competente en materia de enseñanza universitaria la información que sistemáticamente requiera el Modelo, así como la que, a fin de justificación, evaluación o contraste del mismo, se considere necesaria.

3. Financiación por objetivos.

Otras de las líneas de financiación establecidas en la Ley 5/2005, de 14 de junio, es la vinculada a objetivos mediante los correspondientes Contratos-programa para la mejora de la calidad en la docencia, la investigación y la gestión.

Dentro de las acciones de esta línea de financiación, en el año 2022 se revisará el Contrato-Programa para la asignación y financiación de los complementos retributivos adicionales ligados a méritos individuales del personal docente e investigador de la Universidad de Zaragoza durante el período 2019-2023, ahora vigente. Para el próximo periodo de programación, hasta la finalización del presente Modelo Global de Financiación, se garantizará como mínimo el importe correspondiente al último acuerdo y se vinculará a las recomendaciones de la AIReF, incluyendo evaluaciones externas, preferentemente europeas, así como sexenios de investigación, de transferencia o si los hubiere de docencia, así como en evaluaciones de DOCENTIA y de publicaciones en revistas de alto impacto u otros indicadores como el h-index del Personal Docente e Investigador, así como el nivel de inglés acreditado por dicho personal, en aras de trabajar hacia una mayor internacionalización de la Universidad de Zaragoza, en línea con lo aprobado por el Acuerdo de 24 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2021-2024.

Asimismo, se renovará el Contrato programa específico para la financiación vinculada a la consecución de objetivos de la actividad de I+D+i realizada por la Universidad de Zaragoza a través de los Institutos Universitarios de Investigación propios y mixtos, cuya financiación correrá a cargo de la Dirección General de Investigación e Innovación. Dicho Contrato programa tendrá una senda sostenida en el tiempo y expansiva para garantizar mejores resultados de investigación de la Universidad de todas las aragonesas y aragoneses, y además deberá contar con incentivos para la presencia de Institutos Universitarios de Investigación en las provincias de Teruel y Huesca, y así vertebrar el territorio como indican el estatuto de autonomía y la Ley 5/2005, de 14 de junio.

Además, a partir del año de inicio de este modelo, y encaminados a la intensificación del compromiso de la Universidad de Zaragoza con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), se concretan acciones de financiación condicionada al cumplimiento de objetivos que se materializarán en un nuevo Contrato programa, que contará con una financiación global de 5 millones de euros en el periodo de aplicación del modelo. Las acciones incluidas en los citados Contratos programa se referirán a la mejora de la oferta docente, potenciando la docencia online y en otros idiomas; la internacionalización a través del proyecto UNITA y del fortalecimiento de las relaciones con Iberoamérica, así como la cooperación al desarrollo. Asimismo, se incluirán acciones para la integración de la sostenibilidad en la formación, innovación y transferencia tecnológica, y se priorizarán medidas de mejora de la sostenibilidad y promoción de la salud en los Campus de la Universidad de Zaragoza.

Esta financiación ligada a la consecución de objetivos específicos, va integrada como parte de este Modelo Global de Financiación, de forma que, a efectos de obligaciones económicas para el Gobierno de Aragón, las transferencias anuales a la Universidad de Zaragoza derivadas del presente Modelo son las siguientes:

Para la obtención de esta financiación ligada a objetivos, la Universidad deberá cumplir con ciertos indicadores, de entre los que se listan a continuación, cuyo grado de cumplimiento, o inclusión de posibles nuevos ítems, será evaluado por una comisión mixta o un grupo de trabajo de la comisión mixta entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza: Ampliación de los horarios de las salas de estudio para que permanezcan abiertas durante todo el año, salvo festivos, pero incluyendo periodos no lectivos:

— Eliminación de plazas de aparcamiento de vehículos de motor de combustión.

— Instalación de paneles solares en las superficies disponibles, estudiando la posibilidad de constituirse como empresa pública generadora de energía.

— Eliminación de licencias privativas de software y transición hacia software libre.

— Tener al menos una sede departamental en los campus de Teruel y Huesca.

— Mejora en la trazabilidad de las quejas y refuerzo del SGIC, mejora en las encuestas y evaluación de la docencia, incluida la de las prácticas externas. Implantación del programa de calidad docentia.

— Inclusión de un programa de formación inicial de profesorado universitario, que capacite para la docencia innovadora, telemática y que eduque en valores de lucha contra el cambio climático, igualdad entre hombres y mujeres o en diversidad LGTBIQ, racial y cultural.

— Establecer un protocolo ético de las cátedras que garantice el compromiso de la Universidad con los valores sociales y el beneficio de lo público y del bien común.

— Modificación en los pliegos para la alimentación dentro del campus, para favorecer la alimentación de proximidad y saludable, incluyendo las máquinas de vending, incentivando la participación de cooperativas agroecológicas y ofreciendo un precio minorado al estudiantado de la Universidad de Zaragoza.

— Creación de un Gabinete Psicosocial que garantice la atención en salud mental a toda la comunidad universitaria, con sede en cada campus.

— Establecer un punto violeta en cada campus universitario.

— Incentivar el uso de la bicicleta en la comunidad universitaria.

— Campañas de difusión de la universidad pública, y otras campañas conjuntas con el departamento de ciencia y universidad.

— Mejorar los espacios de trabajo de profesores asociados, ayudantes doctores e investigadores pre y post doctorales, así como ofrecer espacios de reunión y debate para el estudiantado, es decir, casas de estudiantes, en cada campus.

4. Financiación de inversiones e investigación.

El Gobierno de Aragón asumirá con cargo a las partidas presupuestarias del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, 12 millones anuales para financiar un Plan de Inversiones en Infraestructuras de la Universidad de Zaragoza. El Plan, atendiendo a lo dispuesto en el art. 54.3 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, deberá tener en cuenta la aplicación de criterios de sostenibilidad medioambiental y de medidas que faciliten la movilidad de las personas con discapacidad.

La cuantía anual englobará, de forma conjunta, la financiación de importantes obras de rehabilitación o, en su caso, de nueva construcción, actuaciones de carácter urgente por motivos de seguridad, de adecuación normativa, de preservación patrimonial y de obsolescencia de las instalaciones, así como actuaciones que se destinen a obras de mejora y equipamiento para el fomento de la investigación, desarrollo e innovación durante los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.

Con carácter previo a la suscripción del correspondiente convenio o adenda al Contrato programa correspondiente, la Comisión Mixta Gobierno de Aragón-Universidad de Zaragoza aprobará tanto el Plan de Inversiones en Infraestructuras como la concreción anual de las actuaciones que estén contempladas en la planificación de actuaciones prioritarias en infraestructuras y equipamiento científico que proponga la Universidad de Zaragoza. Asimismo, será la encargada de dar el visto bueno a los correspondientes programas de ejecución, acordar las prioridades de las actuaciones a realizar, la temporalización de las mismas y conocer el presupuesto estimado de cada una de ellas con objeto, en su caso, de adecuar la propuesta a las disponibilidades presupuestarias existentes.

En el caso de obras de reforma o nueva construcción, la financiación por parte del Gobierno de Aragón contemplará los estudios, proyectos, honorarios facultativos; tasas y licencias; obras y sus actuaciones previas; altas de suministro y equipamiento.

El órgano de contratación para desarrollar las actuaciones en materia de infraestructura será, preferentemente, la Universidad de Zaragoza, que cumplirá las obligaciones derivadas de su ejecución con cargo a las correspondientes transferencias que le realice el Gobierno de Aragón, sin perjuicio de que en los casos en que así se prevea en la correspondiente Ley de Presupuestos, la gestión de estas inversiones pueda corresponder a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el caso de producirse bajas con respecto a los precios de licitación, los importes correspondientes, sin superar el límite presupuestario anual, pasarán a estar disponibles para otras actuaciones contempladas en el propio Plan de inversiones en infraestructuras.

En este Plan no se incluirán las aportaciones y ayudas complementarias que la Universidad de Zaragoza pueda recibir de otras instituciones públicas o privadas para el desarrollo de las actuaciones especificadas en el mismo.

Este Plan va destinado a contrarrestar la escasa inversión en infraestructuras desde la crisis de 2008, que ha repercutido en un deterioro importante de los espacios de la Universidad de Zaragoza. Se priorizará la reforma de edificios en situación de deterioro, garantizando por tanto la sostenibilidad de los mismos. Además, todas las actuaciones deberán conllevar una reducción de la huella energética significativa, de la misma manera, la Universidad priorizará la reparación del equipamiento de sus edificios para reducir la generación de residuos. De esta forma reforzamos el compromiso de una universidad verde y amable con el medio ambiente.

Dado que, a la entrada en vigor de este modelo seguirá vigente el Contrato programa para la reforma de la Facultad de Filosofía y Letras, los importes ya comprometidos para el mismo en el año 2022, 9.347.546 euros, disminuirán la partida para ese año. De este modo, la financiación del Plan de inversiones en Infraestructuras contempladas en este Modelo se concreta en las siguientes cifras:

5. Financiación para mejorar la relación entre la Universidad y la Sociedad.

El Gobierno de Aragón, en su compromiso de potenciar las relaciones Gobierno-Empresa-Universidad, continuará con la financiación del Consejo Social, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, que lo define como órgano de participación de la sociedad en la Universidad de Zaragoza.

Además, existen actuaciones que ya se están financiando actualmente desde el Gobierno de Aragón para dinamizar el territorio, aprovechando sus potencialidades y su relación con el mundo universitario, entre otras con las partidas destinadas a cursos de verano y otras actividades, como la financiación de las actividades de la Fundación Universitaria Antonio Gargallo, en Teruel, o la realización de actividades universitarias de la Universidad de Zaragoza en la Ciudad de Jaca.

En este Modelo Global se reafirma el compromiso con estas actuaciones y por tanto se prevé su continuidad durante los años de vigencia del Modelo.

6. Resumen del Modelo Global de Financiación.

En total, este modelo recoge todas las actuaciones que figuran en la actual Ley 5/2005, de 14 de junio, llevadas a su máximo desarrollo histórico. A modo de resumen global, cabe remarcar que los objetivos marcados en la programación universitaria tienen traslado en este modelo global de financiación para la transformación de la Universidad en su camino hacia 2030. Un camino en el que la Universidad ha de ser el motor de la innovación y la economía del conocimiento en la que se debe sustentar el futuro de Aragón, aumentando su peso relativo en la economía aragonesa para garantizar el desarrollo económico de la región.

Asimismo, estas actuaciones van dirigidas al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de forma que la Universidad sea un referente en políticas verdes y de sostenibilidad energética, en amabilidad hacia su ciudadanía y su cuidado, potenciando un modo de vida saludable, tanto a través de una alimentación de proximidad como del incentivo del transporte sostenible, el empleo de las energías renovables y por tanto de la reducción de la huella de carbono. Sólo de esta forma podemos continuar la lucha contra el cambio climático y evitar un futuro catastrófico para el planeta. Este modelo, también garantiza la calidad del servicio público de la Universidad tanto en su función docente como investigadora, con medidas específicas para paliar la precariedad en la universidad y reducir la brecha salarial. Finalmente, el presente modelo incluye acciones y medidas sociales en defensa de la igualdad entre hombres y mujeres, entre personas de distintas razas o reivindicando el papel del colectivo LGTBIQ en la historia, garantizando así un futuro más libre y justo para las futuras generaciones de aragonesas y aragoneses.

Se concluye, por tanto, que el Gobierno de Aragón apuesta por la Universidad como motor de futuro, y que, con la inversión de casi 1.100 millones de euros en los próximos 5 años, se facilite la transformación de la sociedad aragonesa y se sitúe a Aragón en un horizonte de futuro como región puntera en la transformación de modelo productivo, hacia una economía basada en el conocimiento.

Cláusulas adicionales

Primera.- Seguimiento del modelo.

Este Acuerdo será objeto de seguimiento por la Comisión Mixta Gobierno de Aragón-Universidad de Zaragoza.

Segunda.- Revisión del modelo.

Los acuerdos contenidos en este modelo podrán ser objeto de revisión a partir del año 2023, a la luz del Informe encargado por el Departamento de Hacienda del Gobierno de Aragón a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), para la realización de un estudio de revisión de determinadas políticas de gasto público (spending review), entre las que se incluye la evaluación del anterior modelo de financiación, para poder introducir mejoras necesarias que mejoren el modelo que regirá en el próximo quinquenio.

Asimismo, podrá ser revisado en el caso de aprobación de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, que en la actualidad está en fase de Anteproyecto y que contiene, en su exposición de motivos, una previsión de incremento de la financiación pública del sistema universitario estableciendo un gasto público de "como mínimo el 1 por ciento del PIB en los próximos diez años".

Tercera.- Evaluación del modelo.

Al final del último ejercicio se evaluará el efecto de este modelo por medio de un informe de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.