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ORDEN de 29 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan a artistas plásticos y visuales para la participación en el programa de exposiciones organizado por la Dirección General de Cultura en la Sala Lateral del IAACC Pablo Serrano en el año 2015.

Publicado el 17/09/2014 (Nº 182)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 71. 43.ª que la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, señala, dentro de las competencias generales del Departamento, que le corresponde la promoción, fomento y difusión de las artes y la cultura aragonesa en todas y cada una de las manifestaciones, teniendo la Dirección General de Cultura las de programación, ejecución, seguimiento y análisis de resultados de las competencias del Departamento en materia cultural y las actuaciones que de forma directa o indirecta contribuyen a la conservación, difusión y promoción de la cultura.

En tal sentido, el fomento y la difusión de las artes plásticas y visuales es uno de los objetivos del Departamento, que a través de la Dirección General de Cultura se potencia por medio de programas de producción de exposiciones.

Por tal motivo, con la finalidad de lograr un aumento cuantitativo y cualitativo de nuestro patrimonio cultural y contribuir a la creación y difusión de lenguajes artísticos contemporáneos que fomenten la creación de los artistas aragoneses en nuestra Comunidad Autónoma, la Dirección General de Cultura considera necesario realizar esta convocatoria.

Por tanto, conforme a las competencias atribuidas al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, por el que se aprobó su estructura orgánica, dispongo

Primero.- Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto poner a disposición del sector de artes plásticas y visuales la sala de exposiciones temporales "Sala Lateral" del IAACC Pablo Serrano.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán acogerse a esta convocatoria los artistas plásticos y visuales aragoneses o residentes en Aragón, las galerías de arte que tengan su domicilio social en nuestra Comunidad y las asociaciones o fundaciones asentadas en ella. Asimismo podrán concurrir aquellos proyectos presentados por personas físicas, galerías de arte o instituciones que, aun no cumpliendo las condiciones anteriormente indicadas, propongan un proyecto que, bien por su temática o por cualquier otra circunstancia, tenga una vinculación directa con Aragón.

Tercero.- Obligaciones de las partes.

El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte pondrá a disposición del programa la Sala Lateral del IAACC Pablo Serrano, asumirá la promoción y difusión de la exposición.

Los beneficiarios asumirán el montaje y producción.

Cuarto.- Requisitos.

Los proyectos expositivos deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Las obras que formen parte del proyecto estarán realizadas en alguna de las siguientes técnicas: escultura, pintura, dibujo, grabado, fotografía, videocreación y en general cualquier intervención de carácter artístico.

2. La propuesta se adaptará a las dimensiones y otros condicionantes de la Sala Lateral de modo que la exposición constituya un todo coherente y adecuado al espacio expositivo, de acuerdo con el plano que se adjunta en el anexo II.

Quinto.- Documentación a presentar.

1. Solicitud de participación.

2. DNI del solicitante y certificado de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón.

3. Escritura pública o documento de constitución de la galería de arte o documentación suficiente que pruebe este extremo, y Número de Identificación Fiscal. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe de Galerías de Arte.

4. Estatutos de la asociación o fundación, fotocopia del NIF e inscripción en el Registro de la Comunidad Autónoma de Aragón si el solicitante es una asociación o fundación.

5. D.N.I. del representante de la galería, asociación o fundación.

6. Proyecto expositivo que incluya material fotográfico de las obras que lo integran y toda la documentación que se considere de interés, entre la que se incluirá una descripción de las líneas generales del montaje con objeto valorar la adecuación del proyecto a la Sala. En el caso de que la obra a exponer estuviera condicionada a unas fechas limitadas, deberá hacerse constar en el proyecto la disponibilidad temporal de la misma. Este material se presentará en soporte digital (CD, USB).

7. Si el solicitante es persona física, deberá aportar su currículo con especial incidencia en su trayectoria expositiva. En el caso de las Galerías de Arte y las Asociaciones y Fundaciones presentarán un dosier histórico de sus actividades y el currículo del artista o artistas que proponen en su proyecto.

Sexto.- Lugar y plazo de presentación.

La solicitud de participación, dirigida al Director General de Cultura, se presentará en el Registro del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, Avenida Pablo Ruiz Picasso, 65, D, 2.ª planta, de Zaragoza, o bien en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón de Zaragoza, Huesca y Teruel, o en las oficinas delegadas del Gobierno de Aragón, así como por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Séptimo.- Comisión de valoración.

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Valoración constituida por:

- El Jefe de Servicio de Fomento de las Artes y la Cultura de la Dirección General de Cultura, que actuará como Presidente.

- La Directora del IAACC Pablo Serrano.

- Dos representantes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte expertos en artes plásticas y visuales.

- Un representante del sector.

Actuará como Secretario, con voz y sin voto, un Jefe de Sección de la Dirección General de Cultura designado por el Director.

Octavo.- Criterios de adjudicación

Para la selección de los proyectos se aplicarán los siguientes criterios:

a) La calidad artística del proyecto presentado.

b) Su adecuación al espacio y a la línea expositiva del IAACC Pablo Serrano.

c) La trayectoria del artista o artistas cuya obra se propone exponer.

Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado al que se refiere el párrafo anterior emitirá informe en el que se comunique el resultado de la evaluación a la Dirección General de Cultura.

Corresponde a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte la resolución de la convocatoria incluyendo en la misma la relación de los proyectos seleccionados y los no seleccionados.

El plazo máximo para resolver será de tres meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria; transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa, la petición se entenderá desestimada.

Noveno.- Comunicación y aceptación.

La orden de resolución con los proyectos seleccionados y los no seleccionados se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". Los solicitantes de los proyectos seleccionados deberán comunicar a la Dirección General de Cultura su aceptación, disponiendo de un plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", De no recibirse la aceptación en el plazo señalado se entenderá que renuncia a la misma.

Décimo.- Compromisos de los seleccionados.

El artista, la galería o la asociación o fundación seleccionada en el programa se compromete a la instalación y desmontaje de las obras en las fechas acordadas.

Undécimo.- Aceptación de las bases.

La presentación a esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases.

Duodécimo.- Recursos.

La resolución dictada agotará la vía administrativa, y podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Decimotercero.- Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Director General de Cultura para que adopte las medidas oportunas para la ejecución de esta orden.

Zaragoza, 29 de agosto de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad,

Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ