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RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2020, del Director General de Investigación e Innovación, por la que se resuelve el procedimiento de reconocimiento de grupo de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el periodo 2020-2022, convocado por Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre.

Publicado el 26/03/2020 (Nº 62)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

Vistas las solicitudes presentadas para la obtención del reconocimiento de grupo de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el periodo 2020-2022, se han apreciado los siguientes

I. Antecedentes de hecho

Primero.- Por Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 158, de 13 de agosto de 2019, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de los Grupos de Investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Título I de la citada Orden contiene la regulación del reconocimiento de los grupos de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su Capítulo III se regula el procedimiento para el reconocimiento de grupos de investigación, procedimiento que se inicia previa convocatoria por Orden del titular del Departamento competente en materia de investigación e innovación. Así, según lo dispuesto en el artículo 12 de la cita Orden, mediante Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, se convocó el procedimiento de reconocimiento de los Grupos de Investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2020-2022, dándose un plazo de quince días desde el día siguiente al de publicación de la Orden para la presentación de las correspondientes solicitudes de reconocimiento.

Segundo.- Posteriormente, mediante Orden CUS/1439/2019, de 29 de octubre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 202, de 15 de octubre de 2019, se modificó la Orden anterior, abriéndose un nuevo plazo de presentación de solicitudes que finalizó el 16 de diciembre de 2019.

Dentro del plazo establecido en la convocatoria inicial y su posterior modificación, se presentaron 251 solicitudes de reconocimiento de grupos de investigación, correspondientes a 16 centros y organismos de investigación que desarrollan su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados segundo y tercero de la Orden CUS/1439/2019, de 29 de octubre, las 251 solicitudes de reconocimiento de grupo de investigación han sido presentadas en tiempo y forma.

Tercero.- Al amparo de lo dispuesto en el apartado décimo quinto de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, el Servicio de Gestión de la Investigación e Innovación, órgano instructor del procedimiento, realizó las siguientes actuaciones:

1. En relación con la solicitud de grupo con número de expediente T63_20R "CIRCE-ECI", presentado por la Fundación CIRCE no se incluye como investigador efectivo a Juan García Cuadrado ya que no queda acreditada la vinculación contractual igual o superior a tres años con el centro de adscripción (artículo 6 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto). En su lugar se acepta la propuesta de incorporación como investigador efectivo de Diego Redondo Taberner, quien a su vez causa baja como miembro en la solicitud del grupo T11_20R "CIRCE-REN" (presentado también por Fundación CIRCE).

2. En relación con la solicitud de reconocimiento de los grupos B19_20R "Crecimiento y desarrollo" (presentada por la Fundación IIS) y B48_20D "INDOGASTRIO" (presentada por el IACS) se observó que proponían como investigadora efectiva en ambas solicitudes a Silvia Izquierdo Álvarez. En fase de subsanación se aclara la pertenencia de dicha investigadora a la solicitud del grupo B19_20R.

3. En relación con la solicitud de reconocimiento de los grupos B23_20R "GIMSO" y B25_20R "Patología Digestiva" (presentadas ambas por la Fundación IIS) se observó que proponían como investigadora efectiva en ambas solicitudes a María Teresa Ramírez Gasca. En fase de subsanación se aclara la pertenencia de dicha investigadora a la solicitud del grupo B25_20R.

4. En relación con varias solicitudes de reconocimiento de grupos del CSIC y de la Universidad de Zaragoza, se han presentados varios escritos a instancia de parte en los que han comunicado al órgano instructor la baja de algunos miembros producida por diversas causas (fallecimiento, finalización de relación contractual, renuncia voluntaria del investigador, entre otras) antes de que se adopte la Resolución de reconocimiento. Esta situación se refiere a las solicitudes con número de expediente T02_20R "PROCACEF"; E07_20R "Química de oro y plata"; H12_20D "T3AXEL"; E40_20R "Restauración ecológica" y T28_20R "Gestión estratégica de la energía".

5. En relación con la solicitud de reconocimiento del grupo con número de expediente E01_20R "Geología aplicada" presentada por el IGME, se da de baja como investigador efectivo a Alejandro Gil García al no poderse acreditar la vinculación contractual con centro de investigación de ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 6 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto).

6. En relación con la solicitud de reconocimiento del grupo con número de expediente B37_20D "Envejecimiento y estrés oxidativo" (presentada por la Universidad de Zaragoza) se ha modificado la solicitud en relación con Eduardo Esteban Zubero que pasa de investigador efectivo a miembro colaborador al no tener vinculación contractual con centro de investigación de ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 6 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto), pero sí acreditar adscripción a otro centro de investigación.

7. En relación con la solicitud de reconocimiento del grupo con número de expediente B07_20R "RIFICaR" (presentada por la Fundación IIS) se ha modificado la solicitud en relación con Raúl Juarez Vela que pasa de investigador efectivo a miembro colaborador al no tener vinculación contractual con centro de investigación de ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 6 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto), pero sí acreditar adscripción a otro centro de investigación.

8. En relación con varias solicitudes presentadas por varios centros de investigación, que se relacionan a continuación, se ha procedido a dar de baja a varios miembros colaboradores al no poseer titulación universitaria tal y como exige el artículo 7 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto:

- T09_20R "CIRCE-REN" (Fundación CIRCE)

- A08_20R "Genética, Genómica, Biotecnología y Mejora de cultivos" y T04_20R "Investigaciones Medioambientales (CSIC)

- B48_20D "INDOGASTRIO" (IACS)

- A05_20R "Enfermedades priónicas, vectoriales y zoonosis emergentes" y T45_20R "Robótica, percepción y tiempo real" (Universidad de Zaragoza)

- B12_20R "Unidad de investigación en prevención cardiovascular" y B14_20R "Dislipemias Primarias" (Fundación IIS)

9. En relación con la solicitud de reconocimiento de grupo de investigación con número de expediente T02_20R "PROCACEF" (presentado por CSIC) figuraba en la solicitud inicial Daniel Sola Martínez como miembro colaborador. Posteriormente, en fase de subsanación, comunica el centro su inclusión como investigador efectivo al cumplir en el plazo de presentación de solicitudes la condición de vinculación contractual con el centro de adscripción recogida en el artículo 6 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto. Además, incluyen en la misma subsanación la incorporación de Raquel Alicante Santiago como miembro colaborador.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo sexto de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, el órgano instructor formula la propuesta de Resolución definitiva sobre el reconocimiento de grupos de investigación, remitiendo todo lo actuado para su resolución al Director General de Investigación e Innovación.

De acuerdo con lo dispuesto en citado apartado, se ha prescindido del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

Vistas la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen medidas para el reconocimiento de los Grupos de Investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de los Grupos de Investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2020-2022; el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y demás normativa aplicable.

II. Fundamentos de derecho

Primero.- El apartado décimo sexto, 2, de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, dispone que el Servicio de Gestión de la Investigación e Innovación dictará propuesta de Resolución que contendrá la relación de solicitudes de los grupos de investigación que cumplen con los requisitos para ser reconocidos, así como la relación de solicitudes denegadas por no cumplir los requisitos exigidos, las inadmitidas y aquellas sobre las que los interesados hayan desistido, remitiéndola con todo lo actuado al órgano competente para resolver.

Se ha procedido al reconocimiento de los grupos atendiendo a las condiciones y criterios recogidos para cada una de las categorías de grupos de investigación de conformidad con lo dispuesto en los apartados octavo a décimo de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre.

En virtud de lo anterior, en la instrucción del procedimiento se han realizado las actuaciones previstas en el apartado décimo quinto de la citada Orden.

Segundo.- Con fecha 11 de marzo de 2020, el órgano de instrucción traslada la propuesta definitiva de Resolución al Director General de Investigación e Innovación, según lo dispuesto en el apartado décimo sexto de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, habiéndose prescindido del trámite de audiencia al no figurar en el procedimiento otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

Por todo lo anterior, instruido el procedimiento y vista la propuesta de Resolución realizada por el órgano instructor, de conformidad con el artículo 18 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto, y en el apartado décimo séptimo de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre y en el ejercicio de las competencias que en materia de investigación e innovación corresponden al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento, resuelvo:

Primero.- Reconocer como grupos de investigación, en la categoría de referencia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón en el periodo 2020-2022 a los grupos relacionados en el anexo I que recoge todos los extremos mencionados en el artículo 18.4 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto y en el apartado décimo séptimo de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre.

Segundo.- Reconocer como grupos de investigación, en la categoría en desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón en el periodo 2020-2022 a los grupos relacionados en el anexo II que recoge todos los extremos mencionados en el artículo 18.4 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto y en el apartado décimo séptimo de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre.

Tercero.- El reconocimiento como grupo de investigación en cualquier categoría en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón en el periodo 2020-2022 tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19 de la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto y en el apartado décimo octavo de la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 13 de marzo de 2020.

El Director General de Investigación e Innovación, ENRIQUE NAVARRO RODRÍGUEZ