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DECRETO 69/2008, de 15 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, el denominado «Camino de los Pilones» entre Villarroya de los Pinares y Allepuz (Teruel).

Publicado el 25/04/2008 (Nº 47)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

DECRETO 69/2008, de 15 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, el denominado «Camino de los Pilones» entre Villarroya de los Pinares y Allepuz (Teruel).

El artículo 12 de la Ley 3/1999, de 10 de Marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes más relevantes del Patrimonio de Aragón serán declarados Bienes de Interés Cultural y serán inscritos en el Registro de Bienes de Interés Cultural.

Dicho artículo, en su apartado 2º, recoge las diferentes categorías de Bienes Inmuebles entre las que se encuentra la de Conjunto Histórico definida como «la agrupación continua o dispersa de bienes inmuebles, que es representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o de su historia, que se constituye en una unidad coherente y delimitable con entidad propia, aunque cada elemento por separado no posea valores relevantes».

Igualmente, el artículo 16 del citado texto legal señala que la declaración de Conjunto de Interés Cultural podrá afectar al entorno de éste, delimitado en la misma declaración en atención a la incidencia que cualquier alteración de dicho entorno pueda tener en los valores propios del Conjunto o en su contemplación.

Por Resolución de 6 de junio de 2007, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se inició expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, a favor del denominado «Camino de los Pilones», entre Villarroya de los Pinares y Allepuz (Teruel). Esta Resolución se publicó en el Boletín Oficial de Aragón el 20 de junio de 2007.

El citado expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, concediéndose un periodo de información pública en el que no se formularon alegaciones. Igualmente se dio audiencia a los interesados, trámite en el que no se presentaron consideraciones.

Asimismo, se solicitaron los informes preceptivos a las respectivas Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural y de Ordenación del Territorio de Teruel, pronunciándose favorablemente a la declaración propuesta, así como los Ayuntamientos de Villarroya de los Pinares y Allepuz.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/1999, de 10 de Marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta de la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 15 de abril de 2008,

DISPONE:

Primero.-Objeto

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto

Histórico el denominado «Camino de Los Pilones», entre Villarroya de los Pinares y Allepuz (Teruel). La descripción, delimitación y planos del Bien se recogen en los Anexos I y II de este Decreto.

Segundo.-Efectos de la declaración.

La declaración del Conjunto de Interés Cultural determina la obligación para el Ayuntamiento correspondiente de redactar y aprobar un Plan Especial de protección del área afectada por la declaración. El procedimiento de elaboración y aprobación de este Plan se ajustará a lo establecido en la legislación urbanística y se someterá, antes de la aprobación inicial, a informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural y, no podrá otorgarse la aprobación definitiva, sin el informe favorable del Consejero del Departamento responsable de Patrimonio Cultural.

Hasta que no se produzca la aprobación definitiva de dicho Plan, toda actuación o intervención en el Bien y en su entorno de protección precisará autorización del Director General responsable del Patrimonio Cultural previo informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural competente. Una vez aprobado el Plan Especial, será el Ayuntamiento afectado el competente para autorizar las posibles modificaciones en los usos o actividades que se pretendan realizar.

Tercero.-Régimen Jurídico.

El Régimen Jurídico aplicable al Conjunto Histórico es el previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y, especialmente, el contenido en la Sección 2ª del Capítulo I del Título Segundo, en el Título Tercero, en el Título Sexto y en el Título Séptimo, y en todo aquello que con carácter general se disponga en la citada Ley para los Bienes de Interés Cultural.

Cuarto.-Publicidad.

El presente Decreto será publicado en el Boletín Oficial de Aragón y se notificará a los Ayuntamientos de Villarroya de los Pinares y Allepuz (Teruel).

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 15 de abril de 2008.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Cultura

y Deporte, EVA ALMUNIA BADIA

ANEXO I

DESCRIPCION DEL «CAMINO DE LOS PILONES» ENTRE VILLARROYA DE LOS PINARES Y ALLEPUZ (TERUEL)

El conocido como «camino de los pilones» es un camino histórico, un tramo de un antiguo Camino Real entre Teruel y las poblaciones del Levante, por el Maestrazgo turolense. Es el único tramo de

estas características conservado en toda su extensión en Aragón, que comunicaba las poblaciones de Villarroya de los Pinares y Allepuz en Teruel, a lo largo de un recorrido de casi 6 kilómetros.

Vestigios de este antiguo camino señalado en alguno de sus tramos por pilones, encontramos también en la Partida de la Nave y en la loma del Pinar entre Fortanete y La Iglesuela del Cid, y en el Puerto de Las Cabrillas entre la Iglesuela y el Portell, así como en la zona de Valdelinares. Esta costumbre de señalar los caminos con montones de piedras, columnas o árboles es conocida desde la Antigüedad.

Este camino medieval, vía de salida de las materias primas del Maestrazgo, sobre todo lana, posiblemente fue transitado por el rey Jaime I, El Conquistador, en su camino hacia Peñíscola desde Teruel, pasando por Allepuz y Villarroya de los Pinares, como se deduce del documento «Llibre dels fets o Crónica histórica».

Con muchas probabilidades este camino se señalizó con pilones, tal como podemos recorrerlo en la actualidad, en la Edad Moderna, siglo XVIII, momento en que las comunicaciones en España se racionalizaron y mejoraron considerablemente con el fin de facilitar el tránsito, la comunicación y el comercio, especialmente en lo que se refiere a la salida de las materias primas de las áreas rurales, concretamente lana, esparto y tejidos del Maestrazgo.

La característica principal de este camino es la existencia de unos grandes pilones o hitos, conservados actualmente en número de 113, construidos con obra de mampostería, piedra y mortero y enlucidos. Estos son de forma cilíndrica, con mayor diámetro en basamento y remate. Las dimensiones medias son: altura aproximada 2'50 metros y diámetro aproximado de 0'65 metros. En cada pilón podemos diferenciar tres partes cuyas dimensiones medias responden al siguiente esquema:

* Basamento: hasta una altura de 0, 60 metros, con un perímetro de 2,70 metros

* Fuste de 1, 50 metros de altura por 2,40 metros de perímetro.

* Terminación de 0,40 metros de altura por 2,60 metros de perímetro.

Los pilones se sitúan a los laterales del camino a distancia regular, entre 30 y 50 metros, con el fin de obtener una relación visual entre ellos para no perderse con la ventisca, nieve y niebla, elementos meteorológicos que son frecuentes en este paisaje árido sin apenas vegetación arbórea.

Desde el núcleo de Villarroya, el camino parte de la calle de las Eras, paralelo a la actual carretera por la ladera izquierda, en dirección a Allepuz. El camino discurre entre los antiguos pajares para descender por las faldas de la loma de la Hoya Llana, paralelo al río del Agua Blanca, también conocido como el de las Pavías. Tras circular un tramo junto a este río, lo cruza, alcanzando la actual serrería del Tosco. Hay que hacer constar que esta serrería era el antiguo molino señorial de la Orden del Hospital en Villarroya.

Se tiene noticia de la desaparición de varios pilones a lo largo del siglo XX. El primero de los pilones conservado, está situado junto a la serrería del Tosco. A partir de aquí, la senda, perfectamente marcada, discurre junto al cauce de agua proveniente de las fuentes del Tosco. Desde este punto es donde ya se vislumbra el camino con toda su grandeza y donde se aprecia

una panorámica de conjunto de los pilones que, de una manera zigzagueante, inicia un ascenso hasta alcanzar un antiguo corral de ganado, denominado la majada del Rayao, que queda a la izquierda. Ya en el término de Allepuz los pilones se suceden regularmente marcando todo el camino hasta finalizar en un magnífico peirón de piedra sillar dedicado a San Cristóbal, desde donde el camino desciende hasta el núcleo de Allepuz.

La memoria oral incide en la construcción del camino de los pilones a causa de la frecuente perdida de los viajeros, comerciantes, tratantes, etc. en este paisaje semiárido del Maestrazgo turolense, al cual afectaban todas las inclemencias del tiempo. La señalización para los caminantes es por tanto su principal identidad, constituyendo hoy en día un magnífico ejemplo de las comunicaciones y el intercambio entre poblaciones tal como han venido originándose y sucediendo a lo largo de la historia.

ANEXO II

COORDENADAS Y PLANOS DE DELIMITACION DEL «CAMINO DE LOS PILONES» Y DE SU ENTORNO DE PROTECCION

El bien esta formado por:

* El camino que discurre junto a la carretera A-226, desde el límite urbano de Villarroya de los Pinares hasta el P.K. 59+80 donde se encuentra el denominado aserradero (junto al pilón nº 1).

* La línea que une los 113 pilones y el peirón denominado de San Cristóbal.

* El camino de Teruel a Villarroya de los Pinares, en el tramo comprendido entre el peirón de San Cristóbal y el núcleo urbano de Allepuz.

Coordenadas pilones

PUNTOS COORDENADAS X COORDENADAS Y

1 696846,64 4488044,63

2 696673,2 4488147,16

3 696637,75 4488128,11

4 696614,78 4488125,01

5 696600,71 4488163,04

6 696579,78 4488146,01

7 696569,49 4488160,39

8 696544,62 4488140,81

9 696531,78 4488149,01

10 696502,28 4488125,46

11 696475,83 4488102,71

12 696441,96 4488080,49

13 696413,23 4488050,51

14 696382,67 4488030,72

15 696355,17 4488007,46

16 696330,3 4487981

17 696301,53 4487967,99

18 696267,33 4487973,06

19 696232,41 4487960,36

20 696198,58 4487946,86

21 696165,73 4487934,43

22 696133,81 4487925,04

23 696098,53 4487914,33

24 696066,25 4487904,8

25 696034,5 4487910,62

26 696002,22 4487918,56

27 695971 4487926,5

28 695936,17 4487932,86

29 695904,43 4487937,24

30 695869,26 4487952,31

31 695832,44 4487967,99

32 695814,78 4487975,01

33 695797,78 4487984,01

34 695762,16 4487995,24

35 695726,59 4488007,28

36 695692,78 4488015,01

37 695649,98 4488020,42

38 695613,86 4488026,98

39 695579,39 4488022,61

40 695542,66 4488025,95

41 695506,61 4488024,25

42 695467,66 4488021,86

43 695427,78 4488008,01

44 695387,89 4487995,27

45 695349,02 4487982,31

46 695310,16 4487967,99

47 695269,93 4487953,68

48 695239,25 4487934,59

49 695208,57 4487917,54

50 695073,78 4487804,01

51 695005 4487757

52 694982 4487736

53 694958 4487718

54 694892,88 4487665,95

55 694869,02 4487646,85

56 694840,38 4487618,9

57 694808,33 4487590,26

58 694775,61 4487571,17

59 694745,78 4487554,01

60 694712,78 4487537,01

61 694681,73 4487524,69

62 694655,6 4487513,9

63 694629,01 4487503,67

64 694601,06 4487491,4

65 694575,15 4487470,94

66 694549,92 4487452,53

67 694524,01 4487432,08

68 694498,78 4487412,31

69 694478,33 4487393,21

70 694454,46 4487372,76

71 694433,33 4487352,3

72 694408,78 4487369,35

73 694331,78 4487234,01

74 694218,47 4487074,29

75 694164,01 4487012,75

76 694136,05 4486987,53

77 694119,69 4486917,3

78 694057,64 4486872,98

79 694020,14 4486849,8

80 693983,32 4486825,25

81 693946,78 4486801,01

82 693911,05 4486777,52

83 693899,46 4486738,66

84 693886,5 4486699,11

85 693868,09 4486658,89

86 693819,68 4486586,75

87 693789 4486555,39

88 693759 4486524,7

89 693657,41 4486440,84

90 693587,86 4486384,93

91 693531,78 4486268,01

92 693482,18 4486200,15

93 693461,78 4486163,01

94 693439,78 4486128,01

95 693422,18 4486095,15

96 693367,63 4485990,49

97 693336,95 4485925,72

98 693210,13 4485826,17

99 693184,78 4485799,01

100 693159,78 4485771,01

101 693134,78 4485743,01

102 693074,78 4485701,01

103 693044,78 4485680,01

104 693017,85 4485653,67

105 692991,95 4485627,08

106 692966,04 4485599,8

107 692945,78 4485569,01

108 692925,81 4485539,12

109 692916,26 4485503,67

110 692903,31 4485475,03

111 692887,63 4485440,26

112 692869,78 4485399,01

113 692841,08 4485370,49

Coordenadas del Peirón de San Cristóbal

114 692817,28 4485346,45

El entorno de protección está formado por una banda de 30 metros de anchura medida desde la línea formada por la delimitación según la descripción antes expuesta.