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RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convoca el turno de resultas de traslados, de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral.

Publicado el 11/03/2020 (Nº 49)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 27 de junio de 2019, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 125, de 28 de junio, de 2019, se convocó la provisión, por el turno traslados, de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral, modificada por Resoluciones de 6 de agosto de 2019 y de 21 de octubre de 2019.

Por Resolución de 14 de febrero de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 24 de febrero de 2020, se adjudicaron de forma definitiva los puestos convocados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y en el Acuerdo de 25 de octubre de 2017 de la comisión paritaria del VII convenio Colectivo, publicado por Resolución de 21 de noviembre de 2017, de la Directora General de Trabajo ("Boletín Oficial de Aragón", número 237, de 13 de diciembre de 2017), procede convocar un turno de resultas con los puestos desiertos en la anterior convocatoria de traslados y las vacantes generadas en dicho proceso.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.4 del vigente convenio Colectivo, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Convocar la provisión por el turno de resultas de traslados los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.- La tramitación de la presente convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados se regirán por lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del vigente convenio Colectivo para el personal laboral de la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Las condiciones de participación y los requisitos de admisión serán los mismos que figuran en el apartado tercero de la Resolución de 27 de junio de 2019 por la que se convocó el turno de traslados, si bien se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes al presente turno.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.4 del convenio Colectivo, el personal laboral que ocupe puestos de trabajo con reingreso provisional deberá participar en la presente convocatoria.

Cuarto.- El personal laboral que solicite puestos de trabajo que se encuentren afectados por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, identificados en el anexo I en la columna "MEN." con el código "M", deberá aportar junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo anexo IV de la Resolución de 15 de mayo de 2019, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se modifica la Resolución de 15 de marzo de 2016, de modificación de la Instrucción de 29 de febrero de 2016, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, modelo disponible en el portal del empleado/función pública/concursos/personal laboral, en la correspondiente convocatoria.

La no aportación de dicha autorización o la oposición expresa a la consulta por parte de la Administración supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales en el plazo de presentación de solicitudes.

Asimismo, si en el momento de resultar adjudicatarios de alguno de dichos puestos se comprueba que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, quedarán excluidos de los mismos.

Quinto.- La solicitud de participación deberá realizarse a través de la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública del Portal del Empleado o directamente en la dirección web: https://aplicaciones.aragon.es/sip/

Se excluirán del concurso a los participantes que presenten solicitudes de participación que no hayan sido generadas mediante la aplicación informática.

En el portal del empleado/función pública/concursos/personal laboral, en la correspondiente convocatoria, consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios.

La solicitud de participación, junto con la documentación que deba acompañarse, se presentarán a través de la aplicación informática en la que se confecciona la misma, en la dirección web: https://aplicaciones.aragon.es/sip/, para lo cual el interesado debe de poseer certificado electrónico digital, o bien deberá imprimirse y presentarse a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentase más de una, la última presentada anula las presentadas con anterioridad.

Sexto.- Los participantes en el proceso podrán comprobar, a través del Autoservicio del empleado, dentro del apartado "Informe puestos desempeñados", los datos que figuran en el sistema informático, respecto a los puestos que han desempeñado. Estos datos serán los méritos que la Comisión de Valoración valorará en el presente turno de traslados.

En el supuesto de apreciarse algún error o disconformidad con los datos contenidos en el mismo, se podrán realizar las alegaciones en la correspondiente pestaña de la instancia del concurso. A tales efectos deberá aportarse la documentación que acredite la pretensión esgrimida.

Séptimo.- La composición de la Comisión de Valoración será la designada en la Resolución de 27 de junio de 2019, de convocatoria del turno de traslados.

Octavo.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna alteración de las mismas, ni aun cuando se trate de incluir nuevas peticiones, modificar el orden de prelación de las plazas solicitadas o de renunciar a alguna de las mismas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 27 de febrero de 2020.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR