Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (072018 Concurso Secciones Áreas Facultativas y Sanitarias).

Publicado el 28/07/2020 (Nº 148)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 1 de junio de 2018, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 18 de junio de 2018, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (072018 Concurso Secciones Áreas Facultativas y Sanitarias).

Las Comisiones de Valoración designadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, han puntuado los méritos alegados por los solicitantes del concurso y efectuado propuesta de adjudicación a los candidatos con mayor puntuación.

En ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Acordar la inadmisión de las solicitudes de participación de aquellos candidatos que no cumplen los requisitos generales de participación establecidos por la normativa vigente o los particulares exigidos para el desempeño de los puestos solicitados, según se determinan en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo. Tales inadmisiones, así como las causas que las motivan, figuran, en las valoraciones de cada uno de los puestos convocados, en la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios del Portal del Empleado.

Segundo.- Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios con mayor puntuación que figuran en la relación que se acompaña como anexo único a la presente Resolución, excluyendo de dicha adjudicación a aquellos empleados que a la fecha de la presente Resolución tengan un acto de baja por jubilación grabado en el Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón (SIRHGA).

Tercero.- Declarar desiertos y sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo, motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la Resolución de la convocatoria.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido por los funcionarios adjudicatarios será de tres días hábiles si radica en la misma localidad, o de un mes si radica en localidad distinta o conlleva el reingreso al servicio activo. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado el día 30 de septiembre de 2020. A tales efectos, y en lo referido al cálculo de retribuciones, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020.

Quinto.- Los destinos adjudicados por medio de la presente Resolución son irrenunciables, y los traslados que implican tienen la consideración de voluntarios.

Sexto.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en los concursos que se convoquen para la provisión de vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el plazo de los dos años siguientes a la toma de posesión de aquél, salvo que sean removidos de los mismos o que opten, únicamente, a puestos del mismo Departamento. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.9 de la referida Ley de Presupuestos, los adjudicatarios no podrán desempeñar provisionalmente, en comisión de servicios de carácter voluntario, otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo cuando se vaya a desempeñar un puesto de trabajo clasificado como de libre designación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 16 de julio de 2020.- El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, P.S. (Orden de 12 de agosto de 2019), el Secretario General Técnico, Sergio Pérez Pueyo.