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ORDEN EIE/873/2019, de 5 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 21 de mayo de 2019, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto para la construcción de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, formulada por la mercantil "Adenium Ibérica, S.L".

Publicado el 24/07/2019 (Nº 143)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 21 de mayo de 2019 el Acuerdo por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto el proyecto para la construcción de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, formulada por la mercantil "Adenium Ibérica, S.L.", se procede a su publicación en anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 5 de julio de 2019.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

Acuerdo de 21 de mayo de 2019, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto para la construcción de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, formulada por la mercantil "Adenium Ibérica, S.L".

Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Dicha norma legal ha sido modificada recientemente por el Decreto-Ley 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la agilización de la declaración de interés general de planes y proyectos ("Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 1 de febrero de 2019), cuyo artículo primero introduce dos nuevos preceptos (7 bis y 7 ter) para regular la declaración de interés autonómico con interés general de Aragón e incorporar los efectos del silencio administrativo y caducidad en todos los procedimientos de declaración de interés autonómico a efectos de suplir una laguna establecida en dicha normativa y garantizar el rigor en su aplicación.

Asimismo, el Decreto-Ley 4/2019, de 30 de enero, ha incorporado una Disposición adicional primera, bajo el título "Inversiones en comarcas y municipios mineros de Aragón", en la que se dispone que "Para acordar la declaración de inversión de interés autonómico regulada en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, el Gobierno de Aragón valorará la especial relevancia para el desarrollo económico y social y territorial en Aragón de aquellos proyectos de inversión que se desarrollen en las comarcas y municipios mineros aragoneses".

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Decreto-Ley, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.

De conformidad con lo expresado, con fecha 6 de mayo de 2019 tuvo entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón una solicitud de declaración de inversión de interés autonómico del Proyecto Industrial para la instalación de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos a desarrollar en el término municipal de Aliaga, en la provincia de Teruel, al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

El proyecto se presenta como una alternativa empresarial al impacto negativo que la normativa ambiental europea sobre la actividad de generación de energía a partir del carbón está produciendo las comarcas mineras aragonesas. Para ello, la empresa promotora propone la implantación de un proyecto minero e industrial que pueda mitigar el impacto socioeconómico adverso derivado del cierre de la minería del carbón destinado a uso energético.

La empresa promotora del proyecto es "Adenium Ibérica, S.L.", una empresa constituida en el año 2015, que tiene su domicilio social en Madrid y cuyo objeto social es la administración, explotación (excepto el alquiler financiero) y la disposición de bienes inmuebles de cualquier naturaleza y, particularmente, yacimientos mineros. Dicha empresa está participada íntegramente por la mercantil "Inversiones G B Balboa, S.L.", perteneciente a "Walinver Participaciones y Activos, S.L".

Según se indica en la Memoria presentada por la mercantil, la promotora "Adenium Ibérica, S.L." es la propietaria de dos fincas en el término municipal de Aliaga (Teruel) en las que existen acumulaciones de cenizas volantes y escorias provenientes de la Central Térmica de Aliaga, acumulaciones que fueron calificadas como recurso de la sección B), yacimientos de origen no natural, mediante Resolución de 15 de enero de 2007 de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Aragón. Según se señala, la empresa ya ha solicitado ante el Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel el aprovechamiento de dichos recursos

Con objeto de proceder al aprovechamiento y utilización de estas acumulaciones, la empresa promotora ha realizado numerosos estudios de investigación durante los últimos 10 años, referidos a las cenizas volantes y los posibles usos alternativos de las mismas, buscando productos innovadores en los que se pudiera emplear, como materia prima, el material del depósito y dar un nuevo uso a unas cenizas y escorias de desecho.

Conforme se señala por la empresa, con el desarrollo del proyecto industrial cuya declaración de inversión de interés autonómico se solicita, se conseguirá transformar un producto de deshecho contaminante en una serie de productos innovadores en el mundo de la protección pasiva contra incendios, que garantizan las mismas prestaciones que los productos líderes en el mercado a unos costes sensiblemente inferiores y con pleno respeto al medio ambiente, dado que no contaminan ni en el proceso de fabricación ni cuando son sometidos a la acción del fuego.

Para el cumplimiento de dichos fines se presenta este proyecto, consistente en la instalación de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos en el término municipal de Aliaga. Dicho proyecto se divide en cuatro áreas de trabajo: tratamiento de las cenizas volantes, dosificación y mezcla, fabricación de mortero ignífugo y fabricación de panel ignífugo.

Al margen de lo expuesto, los aspectos más relevantes del proyecto industrial se describen en la Memoria Explicativa del proyecto y pueden resumirse en los siguientes:

- Las instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad estarán localizadas en las inmediaciones de las acumulaciones de cenizas volantes que se encuentran en dos fincas del término municipal de Aliaga, ubicándose el centro de transformación en una finca anexa.

- El centro de transformación contará con una serie de edificaciones en las que se desarrollarán las actividades de la compañía: una instalación cubierta no cerrada para el tratamiento de las cenizas volantes, tres naves para las operaciones de fabricación, ensacado y almacenado y una torre de ensilado y mezcla.

- La inversión inicial del proyecto alcanza los 18,9 millones de euros, considerando únicamente la inversión en las distintas instalaciones de tratamiento y fabricación, sin tener en cuenta ni las acometidas de suministros ni la urbanización de los accesos a las instalaciones.

- Está previsto que la fábrica genere empleo para aproximadamente cuarenta (40) trabajadores de forma directa, pudiendo llegar a sesenta (60) puestos de trabajo directos si se llegase a trabajar a tres turnos. A ello hay que añadir los puestos de trabajo indirectos que se crearán en la zona como consecuencia de la puesta en marcha del proyecto.

- El Plan de Inversión previsto por la empresa establece que el proyecto se desarrollará en distintas fases y se estima que las instalaciones estén finalizadas y puestas en servicio en un horizonte de 5 años.

- La empresa considera que el proyecto tiene especial relevancia para el desarrollo económico y social del municipio de Aliaga y de la Comarca Cuencas Mineras, cumpliendo con los objetivos de favorecer la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés, permitiendo una transición justa de las comarcas y municipios afectados por el cierre de la actividad minera del carbón.

En definitiva, nos hallamos con un proyecto que constituye una apuesta muy importante para Aragón, ya que favorecerá el crecimiento de la renta y el empleo, mediante el desarrollo e impulso de una inversión localizada en nuestro territorio y la generación de puestos de trabajo, contribuyendo al desarrollo económico y social del municipio de Aliaga, ubicado en la Comarca de Cuencas Mineras, así como de otros municipios próximos, además de contribuir al impulso económico de los municipios y comarcas mineras de Aragón.

Sin perjuicio de señalar el impacto positivo del proyecto en el municipio de Aliaga, de 348 habitantes según los datos de estadística local del IAEST y evolución censal negativa, no podemos olvidar que en el momento actual, en el que la normativa ambiental europea y los compromisos internacionales sobre la lucha contra el cambio climático y la transición energética pueden afectar con especial intensidad a las comarcas y municipios mineros aragoneses, los proyectos empresariales alternativos que se planteen desarrollar en estas zonas cobran una especial relevancia por su importante papel para atenuar el impacto negativo que dichas normas tienen en los territorios mineros aragoneses.

La Comunidad Autónoma de Aragón no puede ser ajena a esta grave situación y debe adoptar las medidas necesarias que favorezcan cualquier actuación económica y empresarial en estos territorios de Aragón, desde la responsabilidad que impone la lucha contra la despoblación y la promoción de unas condiciones de vida lo más homogéneas posibles en todo el territorio aragonés.

Así lo reconoce expresamente el recientemente aprobado Decreto-Ley 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón que, además de modificar el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, incorpora una Disposición adicional primera, en la que se recoge la manifestación expresa para que Gobierno de Aragón valore la especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón de aquellos proyectos de inversión que se desarrollen en las comarcas y municipios mineros aragoneses.

Como se indica en la exposición de motivos del citado Decreto-Ley, la finalidad de la norma en su conjunto y, en consecuencia, de la mencionada disposición adicional, es favorecer la canalización de inversiones productivas en el actual contexto global y, muy especialmente, en lo que afecta a las comarcas mineras, donde un decidido impulso a actividades económicas alternativas a la minería resulta hoy absolutamente imprescindible.

Y en este sentido, debe reconocerse la especial incidencia que el proyecto presentado tiene para el impulso del tejido productivo y socioeconómico de Aragón y en especial, de Aliaga y de las comarcas y municipios mineros aragoneses. Por ello, resulta preciso valorar de forma particularmente positiva la solicitud formulada por la empresa "Adenium Ibérica, S.L.", al igual que otros proyectos presentados y que ya han sido declarados como inversiones de interés autonómico por el Gobierno de Aragón atendiendo a su especial ubicación en estas zonas mineras (proyectos de arcillas y fertilizantes de Samca o de reciclaje de Genepol, entre otros).

Así se ha considerado por las Direcciones Generales de Economía y de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que, tras analizar el proyecto presentado, han emitido un informe de carácter favorable a su declaración como inversión de interés autonómico.

En este sentido, la Dirección General de Economía ha informado que el proyecto presentado "es un proyecto desarrollado y necesario para potenciar la generación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa a partir de recursos endógenos. Se trata de un proyecto ideado para implantarse en una zona que ha estado vinculada históricamente al carbón y que tiene una población muy dispersa, además de una carencia de infraestructuras, por lo que se requieren actuaciones que incentiven la creación de empleo y la actividad económica, impulsando en ellas proyectos de inversión empresarial y, en definitiva, la competitividad y el crecimiento económico en la Comunidad Autónoma de Aragón". Por ello "se considera que este proyecto, por las consecuencias positivas que para la Comunidad Autónoma pueden derivarse, tanto por su localización como por el volumen de inversión y de generación de empleo (directo e indirecto), merece su consideración para ser elevado al Gobierno de Aragón para su declaración como inversión de interés autonómico, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón".

Por su parte, la Dirección General de Energía y Minas ha informado de forma favorable el proyecto, señalando que "el Proyecto Industrial para la instalación de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos a desarrollar en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, que engloba todas las inversiones asociadas a la recuperación medioambiental del depósito de cenizas volantes de Aliaga, incluyendo tanto los diferentes derechos mineros necesarios como la planta de tratamiento y la fábrica de morteros y paneles ignífugos, que deben ser tramitados y autorizados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cumplen con lo establecido en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica pública y privada en Aragón, por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón".

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo indicado en la Disposición adicional primera del Decreto-Ley 4/2019, de 30 de enero y en cumplimiento de los objetivos del Gobierno de Aragón el impulso de la promoción económica y el desarrollo empresarial de Aragón orientado hacia el equilibrio territorial, cohesión social y la creación de empleo, así como el crecimiento del sector industrial mediante el fomento de las inversiones, la introducción de nuevas tecnologías y la apertura de nuevos mercados, se considera que el proyecto de inversión en Aliaga promovido por la mercantil "Adenium Ibérica, S.L.", reúne los requisitos para su declaración como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón.

Y ello, por las consecuencias positivas que tanto para el municipio de Aliaga como para las comarcas mineras de Aragón y para la Comunidad Autónoma aragonesa pueden derivarse de la ejecución del proyecto, tanto por su localización como por el volumen de la inversión y la generación de empleo, y sobre todo, por su importante contribución a mitigar el impacto socioeconómico adverso de las zonas mineras de Aragón, derivado de la crisis de la minería del carbón destinado a uso energético por el cierre de la Central Térmica de Andorra-Teruel.

Dicha declaración, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización, ejecución y desarrollo del proyecto tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado Decreto-Ley en materia de urbanismo y medio ambiente. En todo caso, hay que recordar que la declaración de inversión de interés autonómico no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones y actos administrativos necesarios, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado Decreto-Ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. En el presente caso, es competente para el impulso del procedimiento correspondiente el Departamento que lo sea por razón de la materia, en el presente caso, el Departamento de Economía, Industria y Empleo (artículo 7.2).

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 21 de mayo de 2019, se adopta el siguiente, acuerdo

Primero.- Declarar el proyecto industrial para la construcción de una planta de tratamiento de cenizas volantes y fabricación de morteros y paneles ignífugos en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, formulada por la mercantil "Adenium Ibérica, S.L.", como una inversión de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón.

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".