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ORDEN PRE/1212/2018, de 13 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania durante el año 2018.

Publicado el 20/07/2018 (Nº 140)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Mediante Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 27 de diciembre de 2017), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania.

Por Orden PRE/436/2018, de 9 de marzo, ("Boletín Oficial de Aragón", número 52, de 14 de marzo de 2018), se convocaron subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania durante el año 2018.

De conformidad con lo establecido en el apartado Octavo de dicha orden de convocatoria, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y de subsanación de las mismas, con fecha 31 de mayo de 2018 se reunió la Comisión de Valoración (cuyos miembros fueron designados mediante Resolución de 30 de mayo de 2018, del Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario) al objeto de proceder a la valoración de las solicitudes de subvención, aplicando los criterios de valoración contenidos en el apartado Noveno de la orden de convocatoria, y teniendo en cuenta, asimismo, la valoración del interés de los proyectos desde el punto de vista de la cooperación transfronteriza realizada, en su reunión del 23 de mayo de 2018 en Hendaya, por la Comisión mixta Nueva Aquitania-Aragón, (prevista en el artículo 5 del convenio de Cooperación Transfronteriza entre el Consejo Regional de Aquitania y el Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 12 de marzo de 2014).

La Comisión de Valoración emitió Informe de fecha 1 de junio de 2018, en el que se concreta el resultado de la evaluación efectuada, los criterios aplicados y la puntuación otorgada a cada uno de los proyectos de cooperación.

Dicho Informe fue elevado al Órgano Instructor del procedimiento, quien, a la vista del mismo y del contenido del expediente, formuló, con fecha 20 de junio de 2018, Propuesta de resolución del Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania; habiéndose prescindido del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

De conformidad con lo expuesto en el artículo 15 de la Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania, y en el artículo Décimo de la Orden PRE/436/2018, de 9 de marzo, de convocatoria, evacuados los trámites preceptivos, y de acuerdo con la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor, resuelvo:

Primero.- Conceder una subvención a los entes públicos, empresas privadas, y entidades sin ánimo de lucro que se relacionan a continuación, para la realización de los proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania, durante el año 2018:

Entes públicos. Con cargo a la aplicación presupuestaria G/10040/1311/440051/91002:

1. Instituto de Educación Secundaria "Ramón y Cajal" de Zaragoza.

Título del Proyecto: "Proyecto transfronterizo Zaragoza-Bordeaux. Ritmos de Vida".

Puntuación: 17 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 10.000 €.

Subvención solicitada: 5.000 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 42,50%.

Subvención otorgada: 4.250 €.

2. Centro Aragonés de Recursos para la Educación Inclusiva (CAREI).

Título del proyecto: "Acciones educativas fronterizas con la Academia de Poitiers".

Puntuación: 18 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 5.400 €.

Subvención solicitada: 2.700 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 45 %.

Subvención otorgada: 2.430 €.

3. Universidad de Zaragoza.

Título del proyecto: "PASEO 1.0 Profile generation And content Suggestion in E-TOurism".

Puntuación: 20 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 30.643,21€.

Subvención solicitada: 15.255,35 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 50%, que queda limitado por el importe de subvención solicitada, correspondiendo un porcentaje de 49,68%.

Subvención otorgada: 15.255,35€.

4. Universidad de Zaragoza.

Título del proyecto: "Encuentros Académicos Nueva Aquitania-Aragón".

Puntuación: 18 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 7.713,04 €.

Subvención solicitada: 3.780 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 45%.

Subvención otorgada: 3.470,87 €.

5. Universidad de Zaragoza.

Título del proyecto: "Proyecto AOBANA. Colores orgánicos de las estampas japonesas

UKIYO-E, plantas tintóreas, procedimientos y análisis".

Puntuación: 18 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 12.435,65 €.

Subvención solicitada: 6.170,38€.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 45%.

Subvención otorgada: 5.596,04 €.

Empresas privadas. Con cargo a la aplicación presupuestaria: G/10040/1311/470002/91002:

1. Antonio Jesús Gorría Ipas.

Título del proyecto: "Elaboración documento educativo y de divulgación sobre recursos naturales y socioeconómicos del Pirineo Occidental (Valles Aragón-Aspe)".

Puntuación: 10 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 22.000 €.

Subvención solicitada: 11.000.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 25%.

Subvención otorgada: 5.500 €.

Entidades sin ánimo de lucro. Con cargo a la aplicación presupuestaria: G/10040/1311/480026/91002:

1. Asociación de mayores Universidad de la experiencia de Zaragoza (AMUEZ).

Título del proyecto: "Modelos de Universidades de mayores. I Parte".

Puntuación: 20 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto (socio aragonés): 9.000 €.

Subvención solicitada: 4.500 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 50%.

Subvención otorgada: 4.500 €.

2. Asociación Sargantana.

Título del proyecto: "Jornadas de encuentros transfronterizos para jóvenes".

Puntuación: 13 puntos sobre 20.

Inversión del proyecto: 8.800 €.

Subvención solicitada: 4.400 €.

Porcentaje a aplicar sobre el total de la inversión del socio aragonés: 32,50%.

Subvención otorgada: 2.860 €.

Esta orden se acompaña de un anexo I en el que se especifica la puntuación obtenida por cada uno de los beneficiarios de la subvención en cada apartado del baremo, según los criterios objetivos de otorgamiento establecidos en el artículo Noveno de la orden de convocatoria.

Segundo.- Declarar la inadmisión de las solicitudes de subvención que se relacionan a continuación, por no cumplir con alguno de los requisitos para tener la condición de beneficiario de la subvención:

1. Solicitud presentada por la "Asociación Mundus-Un mundo a tus pies", entidad sin ánimo de lucro con sede social en la Comunidad Autónoma de Cataluña, por incumplimiento del requisito previsto en el artículo Segundo.1 de la Orden PRE/436/2018, de 9 de marzo, de convocatoria, en el que se establece que "Los beneficiarios de las subvenciones serán personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan vecindad administrativa o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón y no estén incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones".

2. Solicitud presentada por la "Asociación de Hermanamiento de Aniñón", que presentó un proyecto de cooperación con un socio de la región francesa de Occitania, por incumplimiento del requisito previsto en el en el artículo Segundo.4 de la orden de convocatoria, en el que se establece que "los beneficiarios deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Nueva Aquitania".

Tercero.- Declarar el desistimiento y la finalización del procedimiento, de la solicitud presentada por la "Escuela de Arte de Zaragoza", por no haber presentado en plazo la documentación preceptiva requerida, en el plazo de subsanación otorgado al efecto, según lo previsto en el artículo Séptimo.3 de la Orden PRE/436/2018, de 9 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo Undécimo de la orden de convocatoria, no será necesaria la aceptación expresa de las subvenciones, y ésta se producirá tácitamente con la presentación de la documentación justificativa de la subvención. No obstante, tras la publicación o notificación personal, el beneficiario podrá renunciar expresamente a la subvención concedida, debiendo comunicarlo por escrito al Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario.

Quinto.- La justificación y pago de las subvenciones que se conceden en la presente orden se harán efectivos según lo previsto en los apartados Decimocuarto y Decimoquinto de la orden de convocatoria, y el plazo de justificación finalizará, en todo caso, el 15 de noviembre de 2018.

Sexto.- Los beneficiarios se obligan a cumplir con todas las obligaciones recogidas en la orden de convocatoria, en la orden de bases reguladoras, y en la normativa vigente en materia de subvenciones y de transparencia. En particular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 g) de la Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del objeto de la subvención, haciendo constar la colaboración del Gobierno de Aragón mediante la utilización del logo correspondiente, previa solicitud del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y su notificación a los interesados en el domicilio que éstos hayan hecho constar la solicitud de la subvención, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo.- Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la orden, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente, y con carácter previo, recurso de reposición ante el Consejero de Presidencia, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden, según dispone la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 13 de julio de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO