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DECRETO 81/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que crea el fichero de datos de carácter personal "Interesados actuaciones Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón" (IJREA).

Publicado el 02/06/2017 (Nº 104)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrolla el artículo 18.4 de la Constitución Española y adapta el ordenamiento jurídico español a lo establecido en la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, derogada por el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, aplicable a partir del 25 de mayo de 2016.

En la citada ley orgánica se establecen las condiciones generales que deben reunir los ficheros de datos de carácter personal, a efectos de garantizar y proteger los derechos de las personas en lo que se refiere a su utilización y su uso, al tiempo que reconoce la capacidad de las diferentes Administraciones Públicas para la creación de los ficheros de titularidad pública necesarios para el ejercicio de sus competencias. El procedimiento de creación del fichero de carácter personal, que garantice y proteja los derechos de las personas en lo que se refiera a la utilización y uso de dicha información, se adecuará a las disposiciones contenidas en el artículo 20 de dicha Ley Orgánica, así como en el artículo 54 de su Reglamento aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Entre otros requisitos, se establece, en las normas mencionadas, que la creación del fichero sólo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un decreto del Gobierno de Aragón, cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero.

La Ley 1/1998, de 16 de febrero, de Revisión administrativa en materia de Tributos propios y otros Recursos de Derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón regula la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón en su título V, como órgano que conoce y resuelve las reclamaciones económico-administrativas y el recurso extraordinario de revisión. Para su correcto funcionamiento, la Junta debe disponer de datos individualizados de las personas, empresas y entidades que interpongan reclamaciones económico-administrativas y recursos extraordinarios de revisión en vía económico-administrativa en el ámbito subjetivo de la Ley 1/1998, así como de los relativos a los afectados por ello.

La Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón se adscribe en la actualidad al Departamento de Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.2 de la citada Ley 1/1998, de 16 de febrero, en relación con el artículo 1.2.a) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

El artículo 7.1.f) del citado decreto, le atribuye al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Coordinación Administrativa, las funciones de apoyo administrativo a la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas, correspondiendo al Jefe del Servicio el desempeño de la Secretaría de dicho órgano, y por consiguiente, el conocimiento de todos los datos que, en la práctica, maneje este órgano, y que requieren de protección de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Hacienda y Administración Pública y a propuesta de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 23 de mayo de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

El presente decreto tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal "Interesados Actuaciones Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón" (IJREA), cuyas características se recogen en el anexo de este decreto, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el artículo 54 del Reglamento para su desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre y el artículo 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2. Adscripción y responsabilidad sobre el fichero.

1. El fichero de datos "Interesados Actuaciones Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón" (IJREA) se encontrará adscrito al Departamento competente en materia hacienda.

2. El órgano administrativo responsable de los ficheros será el Servicio que le proporcione apoyo administrativo a la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Corresponde al titular del órgano administrativo responsable de los ficheros de carácter personal la adopción de las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y la obligación de hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de datos que en su caso, sean solicitados por los interesados.

Artículo 3. Deber de información.

Los afectados por el contenido de este decreto serán previamente informados, de modo expreso, preciso e inequívoco de la existencia del fichero que recoja sus datos personales en los términos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Artículo 4. Régimen de protección de datos.

1. El fichero creado por este decreto queda sometido a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, así como al resto de disposiciones aplicables en la materia.

2. Los datos incluidos en el fichero regulado en este decreto se utilizarán exclusivamente para la finalidad y usos indicados en el anexo.

3. El fichero de datos creado en este decreto se ajustará, en todo caso, a las medidas de seguridad establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 5. Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

La creación del fichero de datos de carácter personal a que se refiere este decreto y que figura en el anexo será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el artículo 55 y siguientes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al titular del Departamento competente en materia hacienda para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 23 de mayo de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad

PILAR ALEGRÍA CONTINENTE

El Consejero de Hacienda y Administración Pública

FERNANDO GIMENO MARÍN

ANEXO

Fichero de datos personales: "Interesados Actuaciones Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón" (IJREA)

1. Denominación del fichero.

"Interesados Actuaciones Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón" (IJREA)

2. Finalidad del fichero y usos previstos

La finalidad del fichero es la de recoger los datos de carácter personal de los interesados en las reclamaciones económico-administrativas y los recursos extraordinarios de revisión planteados ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Los usos previstos son los derivados del apoyo administrativo que se le proporcionará a la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón en la tramitación de los procedimientos citados.

3. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal

Los interesados, es decir, las personas físicas o jurídicas que ostenten un interés legítimo, personal y directo en los citados procedimientos seguidos ante dicho órgano administrativo y sus representantes legales.

4. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal

La recogida de datos se efectuará a través de la remisión de los expedientes por los órganos de gestión y recaudación cuyas actuaciones hayan sido objeto de reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón y directamente por los datos proporcionados por los propios reclamantes.

5. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos

Estructura básica del fichero:

- Datos de carácter identificativos:

- nombre y apellidos

- NIF/DNI

- Dirección (postal y electrónica)

- Teléfono

El sistema de tratamiento del fichero será parcialmente automatizado

6. Cesiones de datos de carácter personal y posibles transferencias de datos a países terceros

No se prevén cesiones de datos ni transferencias a países terceros.

7. Órgano responsable del fichero

El órgano responsable será el Servicio de Asesoramiento Jurídico y Coordinación Administrativa dependiente de la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

8. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación son personalísimos y podrán ser ejercidos ante el Servicio de Asesoramiento Jurídico y Coordinación Administrativa, sito en Plaza de los Sitios número 7, planta 1.ª, Zaragoza (50001).

9. Medidas de seguridad

Nivel básico.