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ORDEN EIE/790/2019, de 21 de junio, por la que se acuerda incrementar el crédito destinado a la concesión de subvenciones establecido en la Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones previstas en la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.

Publicado el 09/07/2019 (Nº 132)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

La Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 62, de 1 de abril de 2016), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo. La finalidad de estas subvenciones es contribuir al funcionamiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social prestados a sus trabajadores con discapacidad por los centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Mediante Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 10 de enero de 2019), se convocaron para el año 2019 las subvenciones previstas en la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.

El apartado tercero punto tres de la citada Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre, sobre financiación de las subvenciones, establece que las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 51016/G/3221/470056/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo y denominada "Unidades de Apoyo a Centros Especiales Empleo", asignando a este fin un importe total de setecientos setenta y cinco mil euros (775.000 euros)

El crédito inicialmente previsto resulta insuficiente para atender todas las solicitudes de subvención del periodo convocado.

Tal como establece el apartado tercero punto tres de la Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre, los créditos previstos en la misma podrán ser objeto de un incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito sin necesidad de nueva convocatoria.

Se ha procedido a la ampliación en doscientos veinticuatro mil novecientos sesenta y dos euros (224.962 euros), la dotación presupuestaria inicialmente prevista en la Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre.

Esta línea de ayudas de subvenciones de Unidades de Apoyo a Centros Especiales de Empleo está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo 2016-2019, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo.

De acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, y en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, resuelvo:

Primero.- Incrementar en doscientos veinticuatro mil novecientos sesenta y dos euros (224.962 euros) el importe establecido en la Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones previstas en la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.

El crédito disponible definitivo para atender la convocatoria establecida en la Orden EIE/2109/2018, de 27 de diciembre, asciende a novecientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y dos euros (999.962 euros).

Segundo.- La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de junio de 2019.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL