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RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Alcañiz del Servicio Aragonés de Salud, por la que se publica la convocatoria para la provisión por libre designación de un puesto de Jefe de Grupo de Nóminas en el Hospital de Alcañiz.

Publicado el 10/01/2017 (Nº 5)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Alcañiz, en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, efectúa convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefe de Grupo, adscrito al área de actividad de Nóminas del Hospital de Alcañiz, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Ámbito subjetivo.

1.1. Podrán participar en la convocatoria el personal estatutario de Gestión y Servicios perteneciente al Grupo Administrativo o Auxiliar Administrativo de centros dependientes del Sector de Alcañiz.

1.2. Características del puesto:

1.2.1. Las funciones del mencionado puesto consistirán en la Organización y coordinación de nóminas del Servicio de Personal y Retribuciones de Alcañiz y la colaboración en la formación del personal administrativo.

1.2.2. El puesto de trabajo tendrá acreditado un turno de trabajo en horario de mañana.

1.2.3. Este puesto se proveerá previa superación de un proceso de selección que estará basado en la valoración del currículum profesional. De considerarse oportuno se podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

1.2.4. El desempeño del puesto será temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica

1.2.5 De conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Decreto 5/2015, de 30 de octubre, el desempeño del puesto será en régimen de dedicación exclusiva al sector sanitario público.

Segunda.- Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a participar en la presente convocatoria, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

b) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Decreto 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.

c) Estar en posesión de la titulación correspondiente al Grupo de clasificación C o D, expedido por el Ministerio de Educación.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.

En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la Convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad

los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Publicado en "Boletín Oficial de Aragón", número 46, de 8 de marzo de 2016.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes y documentación.

3.1. Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud de acuerdo con el modelo que figura como anexo I de la presente convocatoria, dirigida al Gerente de Sector de Alcañiz.

3.2. Junto a su solicitud, los aspirantes aportaran la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto.

3.3. Las solicitudes deberán presentarse el Registro del Hospital de Alcañiz o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, Gerencia de Sector de Alcañiz del Servicio Aragonés de Salud, publicará la resolución por la que apruebe la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la página Web del Servicio Aragonés

Salud, en la dirección http://www.aragon.es/sas y en el tablón de anuncios del Hospital de Alcañiz. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de tal resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

4.2. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos, se publicará en los lugares indicados en la base 4.1 de esta convocatoria, resolución por la que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos, detallándose expresamente los aspirantes que han quedado excluidos, publicación que servirá de notificación a los interesados.

Quinta.- Comisión de selección.

La idoneidad de los aspirantes será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición será la siguiente:

- La presidencia será desempeñada por la persona titular de la dirección del centro sanitario del Servicio Aragonés de Salud en cuya plantilla figure el puesto a cubrir o persona en quien delegue.

- Dos vocales designados por la persona que ejerza la presidencia.

- Un vocal de entre las personas integrantes del equipo de dirección del centro sanitario o del Sector Sanitario al que esté adscrito el puesto a proveer.

- Un vocal de entre los titulares de puestos de igual o mayor jerarquía que el que se ha de cubrir y de la misma área funcional a la que esté adscrito.

Sexta.- Resolución y efectos.

Mediante resolución del Gerente de Sector de Alcañiz, que será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", se nombrará al aspirante designado para ocupar el puesto de Jefe de Grupo convocado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Alcañiz, 12 de diciembre de 2016.- El Gerente de Sector de Alcañiz, P. O. de 17 de septiembre de 2015, El Gerente de Sector de Teruel, Fdo: José Ignacio Escuín Vicente