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RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara aprobada la relación definitiva de participantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Resolución de 10 de mayo de 2013, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 04/05/2015 (Nº 82)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 7.4 de la Resolución de 10 de mayo de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 20 de mayo de 2013, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información y en virtud de la competencia establecida en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, tras la efectividad del traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud y de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelve:

Primero.- Hacer pública, como anexo I a esta resolución, la relación definitiva de los participantes aprobados en el proceso selectivo de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información convocado por Resolución de 10 de mayo de 2013.

Segundo.- Publicar la relación de plazas vacantes de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información que se ofertan a los aspirantes que han resultado aprobados, según anexo II.

Tercero.- Fijar de acuerdo con lo establecido en la base 7.4 de la Resolución de 10 de mayo de 2013, la fecha y el procedimiento para la elección de plazas, estableciéndose un acto público de llamamiento para dicha elección, que tendrá lugar el día 7 de mayo de 2015, en el Salón de Actos de los Servicios Centrales del Servicio Aragonés de Salud sito en la Plaza de la Convivencia número 2 de Zaragoza, en llamamiento único a las 10:30 horas.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en la base 7.6 de la Resolución de 10 de mayo de 2013, Los aspirantes deberán presentar en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el mismo día de celebración del acto centralizado, en los lugares señalados en la base 3.3, la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I. o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

d) La capacidad funcional se acreditará mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud.

e) La capacidad funcional de los aspirantes presentados a través del cupo de discapacitados se acreditará mediante certificación actualizada expedida por el órgano que expidió el certificado acreditativo de la discapacidad.

Quinto.- En cumplimiento de la doctrina jurisprudencial consolidada del Tribunal Supremo, STS 1599/2013 de 21 de marzo y STS 1904/2013 de 3 de abril, no podrán tener el nombramiento de superación de las pruebas de selección aquellos participantes en los procesos selectivos que ya posean con carácter fijo esa misma categoría profesional de personal estatutario de los servicios de salud.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 13 de abril de 2015

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud

ÁNGEL SANZ BAREA