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RESOLUCIÓN de la Alcaldía número 2018-2873, de 12 de septiembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la oposición para la funcionarización de la plaza de Maestro de Pintura del Ayuntamiento de Jaca.

Publicado el 24/10/2018 (Nº 206)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA

Texto completo:

Primero.- Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria regular el acceso a la función pública como funcionarios, para cubrir la plaza de maestro de pintura, del personal laboral afectado por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Legislación Aplicable.

El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Condiciones y requisitos de los aspirantes.

Para formar parte en las pruebas de selección, deberán poseer en la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a la plantilla de personal con un contrato de trabajo fijo, y estar en situación de "activo", y con una antigüedad de 2 años.

b) Estar desempeñando el puesto de trabajo de maestro de pintura del régimen laboral.

c) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) Comprometerse a realizar el juramento o promesa del cargo, tal y como se establece en el artículo 9 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Forma y plazo de presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaca, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Las bases íntegras se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", y "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" y Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Jaca.

A la instancia se acompañará:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y permisos de conducir.

b) La documentación compulsada acreditativa de los méritos que se aleguen para la Fase de Concurso.

Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En la relación de excluidos se indicará las causas que motivan dicha exclusión. La resolución se publicará en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes excluidos.

Finalizado el plazo de subsanación de defectos, se procederá a dictar resolución de Alcaldía declarando definitivamente aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En la misma resolución se hará constar el día, la hora y lugar en que habrá de realizarse la primera de las pruebas correspondientes y la composición del Tribunal. Calificador.

Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los posteriores anuncios se publicarán en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará constituido de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.2. Todos los componentes del Tribunal deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente convocatoria. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus componentes, siendo imprescindible en todo caso del Presidente y Secretario.

6.3. El Tribunal podrá nombrar asesores que colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Los asesores especialistas serán designados por la Alcaldía y estarán sujetos a idéntico régimen de abstención y recusación que el previsto para los miembros del Tribunal; podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.4. El órgano de selección estará compuesto por Presidente y cuatro vocales, actuando uno de ellos cono Secretario.

6.5. La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6.6. Los miembros suplentes nombrados para componer el Tribunal Calificador podrán actuar indistintamente con relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión en la que no podrá actuar alternativamente.

6.7. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Igualmente el Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan.

Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

El proceso de selección será el de oposición:

Fase oposición:

El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación del ejercicio se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.

Ejercicio: Consistirá en realizar una prueba de conocimientos tipo test, relacionada con el contenido del anexo a la Convocatoria, consistente en 50 preguntas durante un periodo máximo de una hora.

Tratándose de pruebas de promoción interna y conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y 24.4 del Pacto Funcionarial del Excmo. Ayuntamiento de Jaca, para la confección del ejercicio el Tribunal no tendrá en cuenta los temas 1 al 14 del anexo.

Calificación.

La calificación final será la puntuación de la fase de oposición.

Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique el nombramiento.

La plaza de personal laboral que queda vacía como consecuencia de la funcionarización del personal laboral que la cubría queda amortizada de manera automática.

Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas.

Jaca, 12 de septiembre de 2018.- El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas

I

Programa de la fase de oposición para cubrir, en propiedad, para la funcionarización de una plaza de maestro de pintura del Excmo. Ayuntamiento de Jaca, por el sistema de promoción interna.

La Constitución Española de 1978: significado y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La Corona. El Poder Legislativo.

3. El Poder Judicial.

4. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

5. Principios de actuación de la Administración Pública.

6. La organización de la Administración Pública en el ordenamiento español. El Gobierno y la

Administración del Estado.

7. El Estatuto de Autonomía de Aragón.

8. El acto administrativo: concepto, elementos. Fases del Procedimiento Administrativo.

9. El Régimen Local Español: evolución histórica, principios constitucionales y regulación jurídica.

10. La Provincia en el régimen local: organización provincial, competencias.

11.El Municipio: evolución histórica, el término municipal, la población, el empadronamiento.

12. Estructuras supramunicipales.

13. La función pública local y su organización

14. Deberes y derechos del personal al servicio de la Administración Local. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Seguridad Social.

15. Seguridad en los lugares de trabajo: Obligaciones empresariales. Condiciones generales en el trabajo. Condiciones ambientales, iluminación, servicios higiénicos y locales de descanso.

16. Protección individual: Equipos de protección individual. Obligaciones del empresario. Obligaciones del Trabajador. Utilización y mantenimiento de los E.P.I.s

17. Señalización y evacuación: Tipos de señalización. Colores de seguridad. Señales. Actuaciones en caso de emergencia.

18. Exposición a ruido, vibraciones y agentes químicos: Clases. Control de la exposición, medidas organizativas y técnicas. EPIs.

19.Maquinas: Principios básicos de Seguridad en Máquinas.

20. Carga física de Trabajo. Fatiga física o muscular. Carga Estática. Postura. Trastornos musculoesqueléticos

21. Andamios, Plataformas y otros elementos auxiliares. Condiciones que deben reunir.

22. Pinturas. Clases de pinturas.

23. Aditivos para mejorar las propiedades de la pintura, según condiciones de los paramentos.

24. Gomas y resinas. Modo de aplicación y precauciones

25. Barnices. Modo de aplicación y precauciones.

26. Tratamientos y acabados en fachadas, maderas y metales

27. Tratamientos y acabados en interiores. Sistemas Pladur, Anclaje, colocación.

28. Tratamientos y acabados en piscinas: vasos y vestuarios.

29. Productos de impermeabilización, drenajes y aislamiento acústico y térmico.

30. Señalización vial. Pinturas y Técnicas

31. La rotulación: Técnicas aplicables.

32. Suelos sintéticos y de losetas. Techos registrables. Descripción y modos de colocación.

33. Señalización de obras en viales públicos.

34. Medidas de longitud, superficie y volumen. Cálculo. Interpretación de Proyectos y Planos.

35. Organización de las obras. Medios humanos y materiales. Elementos auxiliares.

36. Maquinaria y herramientas frecuentes en Obras de Pintura. Mantenimiento y uso.