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ORDEN de 13 de marzo de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se convoca el Premio «Medio Ambiente de Aragón», para el año 2014.

Publicado el 24/03/2014 (Nº 58)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, establece como competencia de este departamento, en concreto de la Dirección General de Calidad Ambiental, el impulso y la coordinación en el desarrollo de acciones de educación ambiental.

Mediante Decreto 177/2013, de 5 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se regula el Premio «Medio Ambiente de Aragón» a las acciones en favor del medio ambiente, destinado a impulsar la conciencia ambiental de los ciudadanos aragoneses, mediante el reconocimiento público a una labor meritoria realizada en el campo del medio ambiente en Aragón.

El artículo 3 de dicho Decreto señala que la convocatoria pública del Premio «Medio Ambiente de Aragón» se realizará mediante orden del consejero con competencias en medio ambiente, actualmente, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que incluirá el objeto y ámbito de cada una de las modalidades de las que consta.

En virtud de lo anterior, se aprueba la convocatoria por la que se regirá el Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el año 2014 en todas sus modalidades, haciéndose también pública la composición del Jurado conforme a lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 5 del Decreto 177/2013, de 5 de noviembre.

Primero.- Objeto.

El objeto de esta orden es establecer la convocatoria por la que se regirá el Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el año 2014, en todas sus modalidades.

Segundo.- Candidaturas.

1. Podrán optar al Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades, todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad a favor del medio ambiente se desarrolle total o parcialmente en esta comunidad autónoma y que hayan destacado por su trayectoria o por un proyecto o actividad concreta en defensa de los valores ambientales y naturales en el entorno físico o cultural de Aragón, no habiendo incurrido en sanción por infracción o delito medioambiental.

2. Las candidaturas podrán ser presentadas por los propios candidatos o por otras personas, grupos de personas, entidades o instituciones, que avalen su trayectoria en el ámbito ambiental, importancia del proyecto o actuación para la defensa de los valores ambientales en nuestra comunidad autónoma, y el currículum del candidato o la entidad de que se trate.

3. Las candidaturas al Premio, en cualquiera de sus modalidades, irán dirigidas a la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, acompañándose de una memoria en la que se expongan los méritos y currículum de la persona o entidad que se propongan y de la documentación justificativa de los trabajos o actividades realizados.

Tercero.- Requisitos generales.

Los trabajos objeto de candidatura deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Los trabajos, estudios, o proyectos desarrollados deberán estar vinculados directa o indirectamente, con la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón.

b) Los trabajos presentados deberán haber sido desarrollados fundamentalmente a lo largo del año 2013, aun cuando continúen en la actualidad.

c) Los trabajos deberán contemplar temas ambientales que afecten a Aragón.

Cuarto.- Consideración preferente.

En razón de la aplicación temprana de medidas contempladas en el GIRA 2014-2019, en avanzada fase de aprobación y para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 22/2011,de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, así como al Plan Nacional de Prevención de Residuos, en los que se establece la prevención como la primera en la jerarquía de operaciones de gestión de residuos, en la presente convocatoria se considerarán preferentemente las candidaturas con proyectos de prevención de residuos, a fin de impulsar la conciencia ambiental en esta materia.

Quinto.- Modalidades.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 177/2013, de 5 de noviembre, se convocan las siguientes modalidades:

a) Premio «Medio Ambiente de Aragón 2014».

Este premio se otorgará a aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan distinguido a lo largo del año 2013 por la labor desarrollada en nuestra comunidad autónoma de reconocido prestigio, dirigida fundamentalmente a la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón o que mantengan especiales vínculos con nuestra comunidad autónoma.

b) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito académico.

Podrán optar al premio los Centros de Enseñanza Primaria, Secundaria o Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón a los que pertenezcan los estudiantes que hayan realizado sus trabajos dentro del objeto de esta convocatoria, de forma que impulsen la variable ambiental en la comunidad educativa, utilizando medios técnicos auxiliares con arreglo a sus correspondientes niveles curriculares.

Los trabajos deberán estar dirigidos por un profesor del centro en el que cursen sus estudios los alumnos, que presentará la solicitud como responsable y en representación del grupo acompañada de la autorización del director del centro escolar.

c) Premio Medio Ambiente de Aragón en el ámbito de la Innovación e Investigación.

Este premio está destinado a los Centros de Investigación y/o Departamentos Universitarios que hayan realizado sus trabajos dentro del objeto de esta convocatoria, especialmente en lo que se refiere a la prevención de residuos, aplicando la metodología científica y/o utilizando medios técnicos auxiliares y hayan sido desarrollados total o parcialmente dentro del año 2013.

Los trabajos deberán estar dirigidos por un investigador titular que presentará la solicitud como responsable y en representación del grupo, acompañada de la autorización del director del Departamento o Centro de Investigación.

d) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de la Administración Local.

Podrán optar a este premio todas las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón que a lo largo del año 2013 hayan realizado una labor de interés ambiental en su ámbito territorial, dentro del objeto de la presente convocatoria, más allá de la normativa y de los requerimientos ambientales vigentes.

e) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de las entidades sin ánimo de lucro.

Podrán optar a este premio todas las organizaciones o asociaciones vecinales, sindicatos o cualquier entidad, asociación, patronato o fundación sin ánimo de lucro, legalmente constituida e inscrita en su caso, en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se hayan distinguido por desarrollar acciones encaminadas al cumplimiento del objeto de esta convocatoria.

f) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de las Empresas.

Podrán optar a este premio todas las empresas, personas físicas o jurídicas, que desarrollen su actividad en Aragón y destaquen por sus actuaciones en favor de la preservación y difusión de los valores medioambientales, especialmente en lo que se refiere a la prevención de residuos, más allá de la normativa y de los requerimientos ambientales vigentes que le sean de aplicación. Quedarán excluidas todas aquellas actuaciones cuyo desarrollo forme parte del objeto de la actividad propia de la empresa y tenga carácter lucrativo.

Sexto.- Plazo y presentación de candidaturas.

1. Las candidaturas se presentarán según el modelo del anexo, adjuntando en sobre cerrado los trabajos o proyectos objeto de valoración, en cualquiera de las unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o bien a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

2. También pueden presentarse a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón haciendo uso del modelo oficial de solicitud que se halla disponible en la dirección electrónica http://www.aragon.es/OficinaVirtualTramites que recoge el Catálogo de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. La documentación que debe presentarse en dossier aparte y cerrado, se entregará directamente en el Servicio de Cambio Climático y Educación Ambiental.

3. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes desde la publicación de la presente orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

4. La presentación de candidaturas lleva consigo la aceptación por parte de quienes las formulen de las condiciones de la convocatoria del premio, así como de su otorgamiento.

Séptimo.- Documentación.

1. Junto a la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Breve memoria explicativa (aproximadamente una página) en la que se haga constar el proyecto o trabajo desarrollado, así como las razones por las que el candidato estima que es merecedor del premio al que aspira.

b) En dossier aparte y cerrado, se deberá presentar el trabajo o proyecto completo, en papel.

c) Para los centros escolares, se deberá presentar autorización del Director del centro correspondiente.

d) Para los Centros de Investigación o Departamentos Universitarios, se deberá presentar autorización del Director correspondiente.

e) Las entidades sin ánimo de lucro deberán aportar documento acreditativo de estar legalmente constituidas y registradas, en su caso.

f) En el caso de empresas, asimismo, se acompañará copia de la escritura de constitución y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente, así como una breve reseña de la actividad que desarrolla.

2. La presentación de la solicitud implica que el solicitante muestra su consentimiento para que se compruebe mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de la Administración General del Estado, que sus datos identificativos son correctos a los solos efectos de esta solicitud, salvo que deniegue tal consulta, en cuyo caso deberá aportar fotocopia compulsada del DNI.

Octavo.- Composición del jurado.

1. El jurado del Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades, examinará las propuestas recibidas. Estará presidido por el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que podrá delegar en la Directora General de Calidad Ambiental y, actuarán como vocales, los siguientes:

a) D.ª Loreto Beltrán Audera, en representación de las organizaciones empresariales con sede en Aragón.

b) D. Luis Clarimón Torrecillas, en representación de las organizaciones sindicales más representativas con sede en Aragón.

c) D. José Ángel Rupérez Rubio, en representación de las asociaciones no gubernamentales relacionadas con la defensa del medio ambiente con sede en Aragón.

d) D. José María Marín Jaime, en representación de la Universidad de Zaragoza.

e) D. Carlos Hué García, en representación del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

f) D.ª Marina Sevilla Tello, en representación del Departamento de Industria e Innovación.

g) D. Javier Navarro Espada, en representación del Departamento de Industria e Innovación.

h) D. Rogelio Silva Gayoso, en representación de la Administración Local.

i) D. Fernando Fidalgo Ciprés, en representación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

j) D. Ana Oliván Villobas, en representación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

k) D. Francisco Jordán de Urriés Arieta, en representación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

2. Actuará como Secretaria del jurado, con voz y sin voto, la Jefa de Servicio de Cambio Climático y Educación Ambiental.

Noveno.- Valoración de las candidaturas.

1. En una primera fase, el jurado procederá a la apertura de plicas y al análisis de las candidaturas presentadas. En esta fase de la valoración, los miembros del jurado podrán delegar sus tareas en personal especializado de su confianza.

2. En una segunda fase, el jurado designará los candidatos en todas y cada una de las modalidades.

3. En todo caso, se garantizará el carácter secreto de las deliberaciones.

Décimo.- Concesión.

1. El jurado apreciará libremente los méritos y trabajos de los candidatos propuestos y, por mayoría de votos de sus miembros, elevará propuesta de otorgamiento o de que sea declarado desierto el premio, en cualquiera de sus modalidades, al Gobierno de Aragón. En el caso de que no se produzca acuerdo por mayoría en la tercera votación se hará constar así en el acta, declarándose desierto el premio en cualquiera de sus modalidades.

2. El otorgamiento del Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades, se efectuará por acuerdo del Gobierno de Aragón conforme a la propuesta elevada por el jurado y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Undécimo.- Entrega.

La entrega de los Premios «Medio Ambiente de Aragón» en todas sus modalidades, consistente en un diploma acreditativo, se realizará en acto público el día 5 de junio de 2014, día Mundial del Medio Ambiente.

Zaragoza, 13 de marzo de 2014.

El Consejero de Agricultura,Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBON SOBRINO