Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden AGM/898/2022, de 15 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para complementar en el año 2022, con cargo al convenio Fondo de Inversiones de Teruel 2021, las subvenciones concedidas al amparo de las Órdenes DRS/1074/2017, de 21 de julio, DRS/1983/2018, de 12 de noviembre, y AGM/131/2020, de 17 de febrero, por las que se convocan subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para los años 2018, 2019 y 2020.

Publicado el 23/06/2022 (Nº 120)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 633731

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/633731).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser personas beneficiarias aquellas a las que se les aprobó su solicitud de subvención en la línea de inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias) en la provincia de Teruel, convocada conforme a las órdenes de convocatoria mencionadas, y que hayan certificado inversión en el año 2021.

Segundo.- Objeto.

Esta Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para complementar las subvenciones concedidas en la línea de inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), correspondiente a inversiones realizadas en la provincia de Teruel, para el año 2022, al amparo de las Órdenes DRS/1074/2017, de 21 de julio, DRS/1983/2018, de 12 de noviembre y AGM/131/2020, de 17 de febrero, por las que se convocan subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para los años 2018, 2019 y 2020, de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER, en el marco de lo dispuesto en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2014-2020 (en adelante PDR) en su medida 4.2 Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas, y en el Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal, y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a excepción de las inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y la producción de biocarburante, así como la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración; en cuyo caso le será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, y de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras previstas en la Orden DSR/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Cuarto.- Cuantía de la subvención.

La cuantía total disponible es de 600.000 euros,con cargo a las siguuientes partidas del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2020: 14070 G/7121/770014/32221, por importe de 300.000 euros; y 14070 G/7121/770014/91221, por importe de 300.000 euros.

Quinto.- Presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de junio de 2022.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona Blasco.