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ORDEN AGM/1245/2022, de 31 de agosto, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios previstos en la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2022.

Publicado el 08/09/2022 (Nº 175)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Los puntos 2 a 4 del apartado sexto de la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2022, establecen el presupuesto para la financiación de las subvenciones que en ella se contemplan:

"2. La dotación de crédito inicial para el año 2022 de las líneas de subvención contenidas en el apartado tercero es de doscientos treinta y tres mil trescientos diecisiete euros con noventa y un céntimos (233.317,91 €), con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón:

Doscientos mil euros (200.000 €) a la partida presupuestaria 14060/5332/ 770077/36008.

Treinta y tres mil trescientos diecisiete euros con noventa y un céntimos (33.317,91 €) a la partida presupuestaria 14060/5332/780079/36008.

3. Estas aplicaciones han sido consignadas en los anejos de transferencias de capital del capítulo presupuestario VII del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

4. En función de la demanda de las subvenciones, y siempre que existiera crédito disponible en alguna de las partidas presupuestarias señaladas en el apartado 2, podrán acordarse transferencias de créditos entre dichas partidas mediante la correspondiente modificación presupuestaria si fuera preciso, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022".

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y visto el informe de la comisión de valoración previsto en el punto 4 del apartado décimo de la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, emitido tras la valoración de las solicitudes presentadas realizada en la reunión de la referida comisión el 6 de julio de 2022, ha resultado que ninguna de las solicitudes destinadas a las actividades a realizar por los beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "familias e instituciones sin ánimo de lucro" (partida presupuestaria 14060/5332/780079/36008) ha superado la nota de corte, y por tanto han resultado ser inferior a la cuantía prevista inicialmente para este tipo de beneficiarios.

Por el contrario, las solicitudes destinadas a las actividades a realizar por los beneficiarios cuya naturaleza jurídica es la de "empresas privadas" (partida presupuestaria 14060/5332/770077/36008) han resultado ser superiores a la cuantía prevista inicialmente para este tipo de beneficiarios.

Estudiada la propuesta de la comisión de valoración, validada por la Junta Rectora del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido de acuerdo con el punto 4 del apartado décimo de la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, la distribución por tipología de entidad y aplicación presupuestaria sería la siguiente:

Doscientos treinta y tres mil trescientos diecisiete euros con noventa y un céntimos (233.317,91 €) a la partida presupuestaria 14060/5332/770077/36008.

Cero euros (0 €) a la partida presupuestaria 14060/5332/780079/36008.

Por lo tanto, es necesario adaptar las partidas presupuestarias previstas en esta convocatoria al tipo de entidades que serán perceptoras de la subvención. Por ello, procede realizar los siguientes ajustes, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y visto el apartado sexto de la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril:

Traspasar la totalidad del crédito de la partida presupuestaria 14060/5332/780079/36008 a la 14060/5332/770077/36008, quedando el crédito definitivo distribuido de la siguiente forma:

14060/5332/770077/36008: 233.317,91 euros.

14060/5332/780079/36008: 0 euros.

Esta modificación en la distribución del presupuesto de la convocatoria mediante los necesarios documentos de ajuste no supone un incremento del gasto total comprometido.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y visto el apartado sexto de la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2022, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico como Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por el Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, dispongo:

Primero.- Modificar la distribución de los créditos presupuestarios previstos en la Orden AGM/571/2022, de 20 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2022, de forma que el presupuesto definitivo destinado a otorgar las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las personas beneficiarias queda distribuido en la siguiente aplicación presupuestaria:

Doscientos treinta y tres mil trescientos diecisiete euros con noventa y un céntimos (233.317,91 €) en la partida presupuestaria 14060/5332/770077/36008.

Segundo.- Modificar la resolución aprobatoria del gasto de la convocatoria para el año 2022 en los términos referenciados.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Cuarto.- La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 31 de agosto de 2022.

El Consejero de Agricultura Ganaderíay Medio Ambiente,

P.S. La Consejera de Ciudadaníay Derechos Sociales,

(Decreto de la Presidencia de 6 de julio de 2022),

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA