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RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 15 de noviembre de 2015, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de una explotación avícola de pavos para producción de carne con capacidad para 343 UGM, situada en el polígono 15, parcelas 255, 257, 258, 261 y 264, del término municipal de La Ginebrosa (Teruel), y promovida por Hermanos Esteban, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/03596).

Publicado el 07/09/2015 (Nº 173)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 15 de abril de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por D. José Manuel Esteban Izquierdo, en representación de Hermanos Esteban, S. C., con CIF: J44155331, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de este Instituto, de fecha 23 de marzo de 2015.

Antecedentes de Hecho

Primero.- Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 244, de 13 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/09809).

Segundo.- Mediante Resolución de 23 de marzo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por incremento de capacidad hasta 490 UGM y la construcción de nuevas instalaciones (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/01859).

Fundamentos Jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 15 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada para una explotación avícola de pavos para producción de carne, en el término municipal de La Ginebrosa (Teruel), promovida por Hermanos Esteban, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Actualizar la autorización ambiental integrada a Hermanos Esteban, S. C., con CIF: J-44155331, para una explotación avícola de pavos para producción de carne, con una capacidad de 490 UGM, ubicada en el polígono 15, parcelas 255, 257, 258, 261 y 264, del término municipal de La Ginebrosa (Teruel), con las coordenadas UTM en el huso 30 (ETRS89) de X = 740.201 - Y = 4.526.862 - Z = 584 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales:".

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Descripción de las instalaciones.

Las instalaciones existentes para el desarrollo de la actividad se corresponden con: ocho naves ganaderas para cebo de dimensiones interiores respectivas, de 90 x 12 m (nave 1), 80 x 12 m (nave 2), 100 x 10 m (nave 3), 100 x 12 m (nave 4), 100 x 10 m (nave 5), 100 x 10 m (nave 6), 100 x 12 m (nave 7) y 80 x 12 m (nave 8); tres estercoleros con un volumen de almacenamiento respectivo de 504 m³, 600 m³ y 924 m³; dos fosas de cadáveres con volumen total de almacenamiento de 44 m³, vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de agosto de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS