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ORDEN PIC/1350/2023, de 5 de octubre, por la que se modifica la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la organización de competiciones femeninas en la Comunidad Autónoma de Aragón, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 13/10/2023 (Nº 198)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y CULTURA

Texto completo:

Con fecha 15 de junio de 2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 113, la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la organización de competiciones femeninas en la Comunidad Autónoma de Aragón, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En dicha Orden se prevé, como plazo límite de justificación de las subvenciones concedidas, el día 16 de octubre de 2023.

No obstante, debido a diferentes vicisitudes que han ralentizado la instrucción del procedimiento, a fecha de finalización del plazo de justificación de las subvenciones, el procedimiento aún no estará resuelto.

Por ello, a la vista de la imposibilidad de resolver el procedimiento con anterioridad a la fecha de justificación prevista, resulta necesario modificar dicho plazo.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias legalmente atribuidas, dispongo:

Artículo 1. Modificación del apartado 5 del artículo 31 de la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la organización de competiciones femeninas en la Comunidad Autónoma de Aragón, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se modifica el apartado 5 de del artículo 31 de la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, que queda redactado de la siguiente manera:

"5. El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el 11 de diciembre de 2023. En ningún caso se admitirán justificaciones presentadas fuera de dicho plazo."

Artículo 2. Modificación del artículo 54 de la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la organización de competiciones femeninas en la Comunidad Autónoma de Aragón, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se modifica el artículo 54 de la Orden ECD/751/2023, de 6 de junio, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 54. Plazo para la justificación de la subvención.

El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día 11 de diciembre de 2023, en los términos y condiciones previstos en el artículo 31 de las bases reguladoras."

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 5 de octubre de 2023.

La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN