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ORDEN de 15 de mayo de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva y el Gobierno de Aragón por el que se formaliza la encomienda de gestión para la licitación y ejecución de la ampliación del Colegio Público "Foro Romano" en Cuarte de Huerva (Zaragoza).

Publicado el 25/05/2012 (Nº 100)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h5c00n12199 el convenio suscrito, con fecha 7 de mayo de 2012, por el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva y la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de mayo de 2012.

En Zaragoza, a 7 de mayo de 2012, intervienen:

La Excma. Sra. D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, actuando en representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón expresamente facultada por Decreto 107/2012, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la encomienda de gestión y se le autoriza para la firma del presente convenio.

El Ilmo. Sr. D. Jesús Pérez Pérez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cuarte de Huerva (provincia de Zaragoza), actuando en representación del mismo, expresamente facultado por Acuerdo plenario de 18 de abril de 2012, de la Corporación Municipal, por el que se le autoriza para la firma del convenio.

Todos los comparecientes, según intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para suscribir este convenio de colaboración a cuyo fin manifiestan:

A) Que dentro de la relación de infraestructuras y equipamientos de educación no universitaria programada por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón está prevista la ampliación en 9 unidades (3 de Infantil y 6 de Primaria) del Colegio Público "Foro Romano" en la localidad de Cuarte de Huerva (Zaragoza) y su puesta en funcionamiento al inicio del curso escolar 2013-2014 tal y como se recoge en el Plan de Infraestructuras Educativas 2012-2015 aprobado por el Gobierno de Aragón mediante Acuerdo de 7 de febrero de 2012.

B) Que el Excmo. Ayuntamiento de Cuarte de Huerva se compromete a colaborar a tal fin con el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas de cooperación con las administraciones educativas en la creación, construcción y mantenimiento de centros docentes públicos, en virtud del artículo 42.2.ñ) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, artículos 4 y 5 del Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de cooperación de las corporaciones locales con el Ministerio de Educación y Ciencia y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

C) Que el equipamiento programado para la localidad y municipio de Cuarte de Huerva se considera una actuación prioritaria como consecuencia del incremento del alumnado en la citada localidad, ya que en este momento obliga a la instalación de aulas modulares hasta un total de 8 necesarias al inicio del curso escolar 2012-2013 al objeto de poder cubrir todas las necesidades de escolarización.

D) Que el Excmo. Ayuntamiento de Cuarte de Huerva está dispuesto a colaborar en la construcción de la ampliación tal y como viene siendo tradicional en virtud de la vinculación existente entre la Administración local con la educativa cuya cooperación viene reflejada en el artículo 5. 3 del citado Real Decreto 2274/1993, que establece: "La gestión por las corporaciones locales podrá abarcar, las siguientes actuaciones, atendiendo a las circunstancias concurrentes: redacción de proyectos, construcción de nuevos centros docentes; ejecución de obras de reforma, mejora y sustitución; reparaciones, adaptaciones y transformaciones que sean necesarias en los actuales centros docentes públicos derivadas de la nueva ordenación académica; obras de conservación y reparación en los edificios de educación secundaria y adquisición de equipamiento...".

El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, posibilita que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de competencia de los órganos administrativos puedan ser encomendadas a otros órganos, aunque no pertenezcan a la misma administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Por su parte, el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, dispone que la encomienda de gestión a un órgano o un organismo público de otra administración se formalizará mediante la firma de un convenio que, en todo caso, deberá ser autorizado por acuerdo del Gobierno de Aragón, una vez comprobada la existencia de créditos presupuestarios suficientes.

E) Que el terreno en el que está proyectada la ejecución de la ampliación del centro escolar "Foro Romano" de la localidad de Cuarte de Huerva está dentro del recinto escolar del mismo que es de titularidad municipal, habiéndose acordado su puesta a disposición y entrega a favor del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de la Comunidad Autónoma afectado a la prestación de un servicio público educativo.

F) La normativa legal atribuye competencias en materia educativa a las Administraciones locales y establece expresamente la colaboración con la Administración Autonómica para la ejecución de obras de reforma, mejora y sustitución de edificios escolares y adquisición de equipamiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (artículo 25.2.n), por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (disposición adicional decimoquinta), así como por lo dispuesto en el artículo quinto del Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, sobre la cooperación de las entidades locales en la gestión de las construcciones escolares.

Que, por todo lo anterior, las partes intervinientes y en la condición con la que intervienen, están recíprocamente interesadas en la formulación del presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, para dar una eficaz satisfacción a las necesidades educativas derivadas del aumento de la población en el municipio de Cuarte de Huerva, encomienda al Excmo. Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, y esté acepta, la realización de cuantas actividades de carácter material, técnico o de servicios, sean precisas, incluida su financiación, para la ejecución de las obras de ampliación en 9 unidades (3 de Educación Infantil y 6 de Educación Primaria) en el Colegio Público "Foro Romano" y su puesta a disposición del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte para su procedente destino al uso educativo. Las actividades encomendadas se concretan en las siguientes:

- Licitar y construir las obras definidas en el proyecto de construcción para la ampliación en 9 unidades (3 de Educación Infantil y 6 de Educación Primaria) en el Colegio Público "Foro Romano", redactado por el arquitecto D. Miguel Angel Palasí Mallén que ya ha sido supervisado por los técnicos del Gobierno de Aragón.

- Contratar la coordinación de seguridad y salud necesaria para llevar a efecto la obra.

- Adquirir el equipamiento educativo homologado por el Gobierno de Aragón que se describe como anexo necesario para la puesta en uso de la actividad encomendada.

Segunda.- El importe máximo estimado de la presente encomienda asciende a la cantidad de 1.474.097,89 euros. Dicho importe ha sido obtenido en base a la información suministrada por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en función del proyecto redactado (1.456.040 euros, IVA incluido), el presupuesto asignado para contratar la coordinación de seguridad y salud (6.383,56, IVA incluido) y el equipamiento a adquirir (11.674,33, IVA incluido).

Tales cantidades incluyen todos y cada uno de los gastos y por todos los conceptos necesarios para la realización de las actuaciones encomendadas.

Tercera.- La actividad encomendada deberá estar ejecutada y en servicio, durante el primer trimestre del curso escolar 2012/2013, con arreglo a la siguiente programación:

- El plazo máximo de ejecución de las obras será de 5 meses y el equipamiento deberá adquirirse antes de la puesta en servicio de las obras al uso público.

- Si razones de interés público así lo aconsejan el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte podrá instar al Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, para que en su calidad de órgano de contratación, acuerde la ocupación efectiva y puesta en servicio para uso educativo de las obras ejecutadas aún sin el cumplimiento del acto formal de recepción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235.6 del TRLCSP.

- Una vez recibidas las obras por el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva como órgano de contratación de las mismas, tendrá lugar el acto de comprobación material de que las actuaciones se han llevado a cabo conforme a la encomienda de gestión al que serán convocados el representante del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y el de la Intervención General del Gobierno de Aragón.

- El pago de la encomienda tendrá lugar una vez se produzca la conformidad con la actividad encomendada.

Cuarta.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte abonará la cantidad total a la que asciendan los costes ejecutados en que efectivamente se haya incurrido con ocasión de la actuación objeto de la presente encomienda, hasta el límite máximo fijado.

Dicho abono se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18010 G/4211/760028/91002, del "Programa Educación Infantil y Primaria. Infraestructuras y Equipamiento", del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el ejercicio 2013.

El gasto estará condicionado a la existencia de crédito que para el ejercicio 2013 se autorice en la Ley de Presupuestos para dicho ejercicio, tal y como dispone el artículo 42.5 y 6 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A tal efecto, para poder tramitar el pago, se pondrán a disposición del Gobierno de Aragón las certificaciones de obra y actas emitidas con ocasión de la recepción de la obra y equipamiento, copia de las facturas abonadas y justificación del pago a los proveedores por parte del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva.

Quinta.- El Gobierno de Aragón pondrá a disposición del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva para la ejecución de la encomienda los siguientes recursos:

- Proyecto constructivo supervisado.

- Dirección facultativa necesaria para la ejecución de la obra.

- Prescripciones técnicas de los equipamientos a adquirir.

Así mismo, el Gobierno de Aragón nombrará un representante que formará parte de la mesa de contratación para la licitación de las obras y, posteriormente, realizará el seguimiento de la ejecución de las obras y adquisición del suministro con facultades de inspección de las mismas en todas sus fases de ejecución y de control del cumplimiento del convenio.

Sexta.- No podrá ejecutarse ninguna modificación de la obra contemplada en el proyecto sin la previa autorización del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y, si procediere la revisión del importe de la presente encomienda, la correspondiente aprobación por parte del Gobierno de Aragón.

Séptima.- Una vez concluidas las obras de edificación tendrá lugar la recepción de las mismas por el Ayuntamiento y la comprobación material de la inversión por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón, suscribiéndose al efecto la correspondiente acta.

El Excmo. Ayuntamiento de Cuarte de Huerva asumirá las obligaciones de conservación, vigilancia y mantenimiento del centro educativo ampliado, derivadas del cumplimiento de lo preceptuado en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Octava.- Esta encomienda no implica cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Novena.- Este convenio deberá inscribirse en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Décima.- Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio será de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de su conformidad, las partes, en la representación en la que actúan, firman el presente documento, en triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.