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ORDEN PRI/65/2020, de 20 de enero, por la que se dispone la publicación del acto de adhesión del Instituto Aragonés de Fomento al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica, suscrito con fecha 9 de junio de 2015.

Publicado el 12/02/2020 (Nº 29)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2020/1/0003, el acto de adhesión suscrito, con fecha 23 de mayo de 2019, por el Director Gerente del Instituto Aragonés de Fomento, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado acto de adhesión, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 20 de enero de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ACTO DE ADHESIÓN DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, PARA LA PRESTACIÓN MUTUA DE SOLUCIONES BÁSICAS DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, SUSCRITO CON FECHA 9 DE JUNIO DE 2015

En Zaragoza, a 23 de mayo de 2019.

Don Ramón Tejedor Sanz, con D.N.I. ****5438** en calidad de Director Gerente del Instituto Aragonés de Fomento y en representación del mismo, facultado para la firma del presente documento por Acuerdo del Consejo de Dirección adoptado en su reunión de 8 de mayo de 2019, y por Acuerdo del Gobierno de Aragón en su reunión de 21 de mayo de 2019

EXPONE

Primero.- Que con fecha 9 de junio de 2015 se suscribió convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Aragón para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica. El convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para un aprovechamiento común de las soluciones tecnológicas básicas de administración electrónica. Ambas Administraciones tienen entre sus competencias la aplicación de las tecnologías de la información para el impulso, desarrollo e implantación de servicios electrónicos en línea, en beneficio de los ciudadanos, las empresas y administraciones.

Segundo.- Que las soluciones básicas de administración electrónica recogidas en el anexo del convenio están dirigidas a las administraciones, entidades de derecho público, instituciones públicas y las Entidades locales ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, que podrán adherirse al convenio con el fin de lograr su extensión para la mejora de los servicios digitales en todas las Administraciones de la Comunidad Autónoma.

Tercero.- Que dicha adhesión requiere Acuerdo del órgano correspondiente de la entidad solicitante, correspondiendo a la Dirección General responsable en materia de administración electrónica del Gobierno de Aragón informar de la adhesión al Ministerio competente en materia de administración electrónica de la Administración General del Estado, previamente a la utilización por parte de la entidad firmante de cada una de las funcionalidades.

Cuarto.- Que la adhesión no supondrá coste alguno para la entidad adherida.

Quinto.- Que, de conformidad con la cláusula undécima del mencionado convenio, se compromete a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que puedan surgir en su cumplimiento.

Sexto.- Que de conformidad con lo anterior el Instituto Aragonés de Fomento acordó con fecha 8 de mayo de 2019 la adhesión al convenio de Colaboración referenciado para dar cumplimiento a las obligaciones que, en materia de administración electrónica prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo autorizado por el Gobierno de Aragón en su reunión de fecha 21 de mayo de 2019, y por ello

DECLARA

Primero.- La adhesión al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Aragón para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica, suscrito el 9 de junio de 2015, para lo que adjunta el Certificado del Acuerdo del órgano competente.

Segundo.- Que con este documento de adhesión solicita el acceso por parte de la entidad al uso de todas o de alguna de las funcionalidades proporcionadas por las soluciones tecnológicas básicas de administración electrónica, incluidas en el citado convenio, que permiten la prestación de los servicios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- Que la entidad adherida realizará el tratamiento de los datos de carácter personal de acuerdo con la normativa aplicable en la materia y de acuerdo al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), que será de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018.

Cuarto.- Que la adhesión será efectiva desde la fecha de su recepción por parte de la Dirección General competente en materia de administración electrónica del Gobierno de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado tercero del expositivo, y su vigencia se supeditará a la duración del convenio prevista en la cláusula novena de éste.

Zaragoza, 23 de mayo de 2019.

El Director Gerente del Instituto Aragonés de Fomento, RAMÓN TEJEDOR SANZ