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ORDEN PIC/1772/2023, de 22 de noviembre, por la que se modifica la Orden PIC/1462/2023, de 18 de octubre, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2023.

Publicado el 01/12/2023 (Nº 232)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y CULTURA

Texto completo:

En virtud de las competencias otorgadas por el ordenamiento jurídico, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte aprobó la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura, modificada por la Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre.

Esta Orden, en su artículo 16.4, contiene el plazo de justificación de la subvención concedida a los beneficiarios, al señalar que: "El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón" o desde la notificación al beneficiario, según se establezca en la convocatoria, y finalizará el día 30 de diciembre del año de la convocatoria, sin perjuicio de que en la misma se pueda establecer un plazo anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, relativo a la ampliación del plazo de justificación".

Con fecha 26 de octubre de 2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" la Orden PIC/1462/2023, de 18 de octubre, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2023. Dicha Orden, en el punto 6 del apartado decimosexto, señala: "El plazo de justificación de la subvención concedida se iniciará el día siguiente al que tenga lugar la notificación de la concesión al beneficiario y terminará el día 4 de diciembre de 2023".

Dada la cercanía del fin de plazo de justificación sin que se haya resuelto todavía la concesión de estas ayudas, y al objeto de no perjudicar a los solicitantes de las mismas, resulta necesario retrasar el plazo de justificación determinado en dicha convocatoria, y, por tanto, modificar el punto 6 del apartado decimosexto de la Orden PIC/1462/2023, de 18 de octubre, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2023.

En virtud de lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico, dispongo:

Primero.- Modificar el punto 6 del apartado decimosexto de la Orden PIC/1462/2023, de 18 de octubre, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2023, que queda redactado de la siguiente manera:

"El plazo de justificación de la subvención concedida se iniciará el día siguiente al que tenga lugar la notificación de la concesión al beneficiario y terminará el día 15 de diciembre de 2023".

Segundo.- Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 22 de noviembre de 2023.

La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN