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RESOLUCIÓN número 2024-0081 de 2 de abril de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Albarracín (Teruel), relativa a la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Albarracín del año 2024.

Publicado el 11/04/2024 (Nº 71)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ALBARRACÍN

Texto completo:

En cumplimiento del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como del artículo 237 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, se hace público que por decreto de Alcaldía de este Ayuntamiento, número 2024-0081, de 2 de abril de 2024, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2024, incluyendo la plaza que se detalla a continuación:

Personal funcionario.- Una plaza de Administrativo perteneciente a la escala de Administración General, subescala Administrativa, grupo C, subgrupo C1, sistema de selección oposición por turno libre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Teruel o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otra circunscripción, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Albarracín, 3 de abril de 2024.- El Alcalde, Daniel Úbeda Martí.