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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 30 de abril de 2008, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con una capacidad para 762,72 UGM, ubicada en el polígono 7, parcela 126 y en el polígono 515, parcela 37, término municipal de Peñalba (Huesca), y promovida por Piensos Costa, S.A. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/06947).

Publicado el 27/11/2015 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 10 de julio de 2015 presenta escrito en este Instituto, D. Felipe Pérez de Ciriza Alegría, en representación de Piensos Costa, S.A., con CIF: A22031355, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, por la construcción de una nueva nave, en base a la modificación no sustancial, aprobada por este Instituto mediante Resolución de 3 de julio de 2015.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada por Resolución de 30 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 28 de abril de 2008 (Número Expte. INAGA 500301/02/ 2007/09240).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 19 de noviembre de 2013, se actualizó dicha autorización ambiental integrada (Número de Expediente INAGA 500601/02/2013/10515).

Tercero.- Por Resolución de 3 de julio de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se estima como modificación no sustancial la construcción de una nueva nave y el desmontaje de la estructura existente en la actualidad, sin incremento de capacidad (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/06082).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 30 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción con una capacidad para 762,72 UGM (1.280 hembras reproductoras y 3.156 plazas de cebo), ubicada en el polígono 7, parcela 126 y en el polígono 515, parcela 37, término municipal de Peñalba (Huesca), y promovida por Piensos Costa, S.A., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes, con capacidad para 1.280 plazas de reproductoras y 3.156 plazas de cebo, se corresponden con: una nave de gestación-cubrición, de 83,20 x 9,60 m; una nave de gestación, de 83,20 x 8,70 m; una nave para obtención del semen, de 36,60 x 10 m; laboratorio de 8,20 x 10 m; una nave de gestación, de 66 x 17,80 m; una nave de gestación, de 48,0 x 17,80 m; dos naves de cebo, de 66,12 x 16,06 m, cada una; una nave de maternidad-transición, de 141,80 x 12,76 m; una nave de cebo, de 105,40 x 11,40 m; una nave de cebo de 85 x 10,50 m; una nave de maternidad, de 89 x 18 m; una nave de reposición, de 29,84 x 9,44 m; almacén-caseta, de 11,40 x 6 m; porche cuba purín, de 15,20 x 5,80 m; porche almacén, de 7 x 7 m; caseta caldera de calefacción de 11 x 3,90 m; vestuarios-oficinas de 135 m²; deposito de agua de 2.000 m³; una fosa de purín para 11.286 m³ de capacidad; cuatro fosas de cadáveres con tratamiento bacteriano, con 60 m³ de capacidad, siete fosas de cadáveres, con una capacidad de 23,75 m³, lo que hace una capacidad total de 83,75 de purín para 11.286 m³ de capacidad; cuatro fosas de cadáveres con tratamiento bacteriano, con 60; un vado de desinfección a la entrada de la explotación y el vallado de toda la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 10 de noviembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS